Colección de citas famosas - Mensajes de felicitación - Medidas de la República Popular China* * y las Aduanas de la República Popular China sobre la imposición de impuestos de importación sobre el equipaje y los artículos postales personales de los pasajeros entrantes (1994)

Medidas de la República Popular China* * y las Aduanas de la República Popular China sobre la imposición de impuestos de importación sobre el equipaje y los artículos postales personales de los pasajeros entrantes (1994)

Artículo 1 Con el fin de satisfacer las necesidades razonables de las personas que importan artículos para uso personal y simplificar los procedimientos de cálculo de impuestos, estas Medidas se formulan de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Aduanas y el Reglamento de Derechos de Importación y Exportación. Artículo 2 A menos que se disponga lo contrario, la aduana impondrá derechos de importación sobre el equipaje de los pasajeros, los envíos postales personales y otros artículos de uso personal (en adelante, artículos de uso personal sujetos a impuestos) de acuerdo con la tabla de tasas del impuesto de importación para el equipaje de pasajeros entrante y los artículos personales. envíos postales.

Los impuestos a la importación mencionados en estas Medidas incluyen derechos de aduana, impuesto al valor agregado e impuesto al consumo.

Los conceptos imponibles de uso personal mencionados en estas Medidas no incluyen los automóviles, motocicletas y sus accesorios y accesorios. Los derechos de importación de automóviles, motocicletas y sus accesorios y accesorios de uso propio sujetos a impuestos se aplicarán de conformidad con los "Aranceles de Importación y Exportación de la República Popular China" y las Aduanas de China y otras reglamentaciones fiscales pertinentes.

La tabla de tipos impositivos de importación para el equipaje de pasajeros entrante y los envíos postales personales (en adelante, la tabla de tipos impositivos) es parte integral de estas Medidas. Los ajustes a las tasas impositivas en la tabla de tasas impositivas serán aprobados por la Comisión de Aranceles Aduaneros del Consejo de Estado y anunciados e implementados por la Administración General de Aduanas. Artículo 3 Son contribuyentes del impuesto de importación: los pasajeros que introducen al país elementos imponibles para su propio uso, el personal de los servicios de transporte, los destinatarios de envíos postales importados y los destinatarios de elementos imponibles importados para su propio uso por otros medios.

Los contribuyentes pueden gestionar ellos mismos los procedimientos de pago de impuestos o encomendar a otros la gestión. Los agentes que acepten la encomienda para gestionar los procedimientos de pago de impuestos deberán observar las disposiciones de estas Medidas para sus clientes. Artículo 4 La Administración General de Aduanas formulará el "Tabla de Clasificación Arancelaria para Equipajes de Pasajeros y Envíos Postales Personales de Entrada" (en adelante, la "Tabla de Clasificación Arancelaria") con base en la tabla de tipos impositivos.

La aduana clasifica los artículos gravables para uso personal según la tabla de clasificación arancelaria y determina la tasa impositiva aplicable. Si las mercancías importadas no están específicamente enumeradas en la tabla de clasificación arancelaria, podrán ser clasificadas y gravadas por la aduana de acuerdo con el alcance enumerado en la tabla de clasificación arancelaria. Artículo 5 Los impuestos a la importación se perciben sobre una base ad valorem. Artículo 6 Para los artículos sujetos a impuestos para uso personal, los derechos de importación serán percibidos por la aduana de acuerdo con el tipo impositivo efectivo y el valor pagado en la fecha de emisión del certificado de pago de derechos.

El monto del impuesto de importación es el precio pagado con derechos multiplicado por la tasa del impuesto de importación.

Los contribuyentes deberán pagar el impuesto antes de que la aduana libere los artículos sujetos a impuestos para uso personal. Artículo 7 Una vez liberados los elementos imponibles para uso personal, la aduana compensará el impuesto al contribuyente dentro de un año a partir de la fecha de cumplimentación y emisión del certificado de pago del impuesto si la aduana descubre que el impuesto ha sido evadido; deberá realizar el pago al contribuyente dentro del año siguiente a la fecha en que las mercancías sean liberadas y paguen un impuesto vencido. Si un contribuyente viola las regulaciones y causa un pago insuficiente u omisión, la aduana puede recuperar el monto dentro de los tres años a partir de la fecha del acto ilegal.

Si la aduana descubre o confirma que el impuesto ha sido pagado en exceso, deberá reembolsarlo inmediatamente. El contribuyente también podrá solicitar la devolución a la aduana dentro del año siguiente a la fecha del pago del impuesto. Artículo 8 Cuando surge una disputa fiscal entre un contribuyente y la aduana, primero pagará el impuesto de acuerdo con el monto del impuesto aprobado por la aduana y luego solicitará una reconsideración por escrito a la aduana dentro de los 30 días a partir de la fecha en que la aduana emita un certificado de pago de impuestos. La aduana no aceptará solicitudes vencidas.

La aduana deberá tomar una decisión de reconsideración dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de reconsideración y notificará al contribuyente. Si un contribuyente no está satisfecho con la decisión de reconsideración, podrá solicitar la reconsideración a la Administración General de Aduanas dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación aduanera. Luego de recibida la solicitud de reconsideración, la Administración General de Aduanas deberá tomar una decisión de reconsideración dentro de los 30 días y notificar al contribuyente.

Si un contribuyente aún no está satisfecho con la decisión de revisión de la Administración General de Aduanas, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la decisión de revisión. Artículo 9 La Comisión Arancelaria del Consejo de Estado es responsable de la interpretación de estas Medidas. Artículo 10 Estas Medidas entrarán en vigor el 6 de julio de 1994.

Tabla de tipos de impuestos de importación para equipaje de pasajeros entrantes y envíos postales personales

Nº de impuesto Nombre de la mercancía Tipo de impuesto de importación 1 Los libros, periódicos, publicaciones periódicas y vídeos educativos están exentos de impuestos.

Diapositivas, cintas y vídeos originales

Anticonceptivos y productos farmacéuticos

Oro, plata y sus manufacturas

Alimentos 2 Textiles y 50% de productos terminados

Aparatos eléctricos (excluidos microordenadores y cámaras fotográficas)

Cámaras de fotos, bicicletas, relojes, relojes y sus accesorios y complementos.

Cosméticos 3 Cámaras 100% 4 Tabaco y alcohol 200% Artículos no incluidos en la columna 5 o superiores al 20%.

Equipaje de pasajeros y envíos postales personales

Tabla de clasificación de impuestos de importación

Descripción:

Artículos que no se enumeran específicamente en esta tabla. Los artículos deben ser clasificados de acuerdo con los siguientes principios:

1. Cuando no se pueda determinar la función principal de los bienes mecánicos y eléctricos, deberán clasificarse en el código tributario con la tasa impositiva más alta entre los códigos tributarios que pueden clasificarse. según las diversas funciones de los bienes.

2. En el apartado 9 del apartado 2 del Código Tributario, debe clasificarse como máquina una máquina combinada formada por el ensamblaje de dos o más máquinas entre sí, o una máquina con dos o más funciones complementarias o alternas. con funciones primarias.

3. Si una máquina compuesta por diferentes partes independientes (ya sea separadas o conectadas por cables u otros dispositivos) tiene claramente las funciones enumeradas en el Ítem 2 y 9 después de combinarse, se procederá a su clasificación funcional.

4. Si las funciones y usos principales de los elementos mecánicos y eléctricos son los mismos que los correspondientes a los números impositivos 1, 2 y 3 de la tabla, deberán tributar en los números impositivos 1, 2. , y 3, en caso contrario deberán tributar en los números 1, 2 y 3. Tributación en el N° 5.

5. Las partidas que no puedan clasificarse según los cuatro conceptos anteriores deberán clasificarse en el quinto epígrafe tributario.

Nº 1: Libros, periódicos, publicaciones periódicas, películas, diapositivas, cintas de audio originales, cintas de vídeo, anticonceptivos, medicamentos y alimentos para la enseñanza. Libre de impuestos

101 Semillas de cultivos: incluidas semillas de cereales, colza, semillas de pastos, semillas de flores y otras semillas para plantar.

102 Alimentos

103 Medicamentos especiales designados por el Ministerio de Salud, vacuna contra la fiebre aftosa, vacuna contra el ántrax humano, suero de ántrax humano, vacuna antiviral contra la esclerosis diseminada.

104 Libros y periódicos, publicaciones, partituras musicales, gráficos, mapas, vídeos y diapositivas educativos, cintas y vídeos originales para la enseñanza, globos terráqueos, modelos anatómicos, modelos de esqueleto humano, carteles educativos.

105 Pastillas anticonceptivas, pastillas anticonceptivas.

106 Oro, plata y sus manufacturas, joyas bañadas en oro.

Segundo lugar: Textiles y productos manufacturados, electrodomésticos, cámaras fotográficas, bicicletas, relojes, relojería y sus accesorios, complementos y cosméticos. La tasa impositiva es del 50%.

201 Algodón (incluido el algodón en rama, las semillas de algodón y los desechos de algodón), kapok, lino, algodón de seda, algodón artificial, algodón sintético.

El algodón, el cordel, la lana, la seda, el rayón y otros materiales se utilizan para fabricar hilo, seda, estambre y cuerda.

Algodón, lino, lana, seda, textiles y prendas de punto de fibras sintéticas y artificiales, cuero.

Se utiliza una variedad de materiales en prendas de vestir, pañuelos para la cabeza, bufandas, corbatas, sombreros, guantes, calcetines, pañuelos, ropa de cama, toallas, toallas de baño, manteles, cortinas y otros productos textiles, así como productos de cuero. .

Bicicletas y triciclos, accesorios y complementos para los vehículos mencionados.

Una amplia gama de relojes, relojes de bolsillo, cronómetros y complementos y complementos.

Despertadores, relojes de sobremesa, relojes de pared, relojes de sobremesa y accesorios y complementos de relojería.

208 cámaras, cámaras de cine, proyectores de películas, pantallas, proyectores de diapositivas, cámaras fotográficas, lentes de cámara, lupas, películas varias, rollos de película, papel fotográfico, cajas de espejos, linternas, bombillas de flash, filtros de color, Exposición medidor, exposímetro, parasol, busto, anillo de lente, visor, disparador automático, trípode, etc.

Aparatos y equipos eléctricos: incluidos receptores de televisión, grabadoras de vídeo (reproductores de vídeo), refrigeradores, lavadoras, grabadoras y reproductores de vídeo, combinadores de grabaciones (reproductores de vídeo), tocadiscos, aires acondicionados, fotocopiadoras, y otros aparatos eléctricos (otros códigos impositivos) (excepto los enumerados) y accesorios para los artículos anteriores.

210 Perfumes y cosméticos: incluidos perfumes diversos, polvos, aguas de tocador, cosméticos y utensilios especiales para maquillaje, belleza y manicura.

Tercer lugar: Cámaras fotográficas y sus accesorios y complementos. El tipo impositivo es del 100%

Cuarto lugar: tabaco y alcohol. El tipo impositivo es del 200%

401 Tabaco y bebidas alcohólicas: productos que incluyen tabaco y sucedáneos del tabaco, como cigarrillos, puros, tabaco cortado, etc. ; Líquidos bucales diversos, vinos sanitarios y vinos medicinales (los vinos medicinales aptos para uso externo se clasifican en el nº 5)

Quinto: Artículos no incluidos en la lista anterior. La tasa impositiva es del 20%

501 dispositivos médicos: incluidos diversos instrumentos y aparatos médicos, quirúrgicos y dentales; equipos de tratamiento mecánico y masaje; aparatos ortopédicos terapéuticos y otros aparatos para fracturas; repuestos; audífonos y otros dispositivos usados ​​e implantados en el cuerpo humano para compensar defectos físicos o discapacidades, muletas para pacientes, sillas de ruedas para pacientes, otros equipos médicos, accesorios y accesorios para los equipos mencionados;

502 Instrumentos de medición: incluidos calibradores a vernier, tarjetas decimétricas, medidores de espesor de precisión, medidores de dientes en espiral, teodolito, niveles, medidores planos, medidores ortogonales, reglas de curvas universales, trazadores, reglas de cálculo, microscopio, balanza, barómetro , multímetro, osciloscopio, manómetro de precisión, etc.

Medicamentos y productos terminados: incluyendo tabletas, píldoras, inyecciones, polvos, ungüentos y preparaciones para el tratamiento y la prevención, tabletas antibacterianas, píldoras, inyecciones, polvos, proteínas hidrolizadas, plasma artificial y medicamentos de patente china, en polvo. , pasta, pastillas, pulpa, agua, aceite medicinal, materias primas farmacéuticas y productos químicos.

Materiales medicinales animales y especias: cuerno cilíndrico (cuerno ancho), cuerno de serpiente, bezoar, dátil de mono, bálsamo de caballo, nudo de hierba de vaca, nudo de hierba de cabra, pene de venado, pene de lobo marino, hiel de serpiente y otros. bilis de animales, tallos de serpientes, quillas, placas de tortuga, huesos de sepia, astas de terciopelo, astas de seda, peces con garras manchadas, escorpiones enteros, ciempiés, insectos vivos y pingüinos.

505 botánicos y especias: incluyendo cardamomo, cardamomo, nuez moscada, Amomum villosum, canela, aceite de citronela, clavo, aceite de clavo, hierbabuena, aceite de menta, gastrodia elata, Morinda officinalis, Eucommia ulmoides, acónito, Borneol, ciruela de ébano, canela, ámbar, cártamo, azafrán, flor real, efedra, dendrobium, etc. Fritillaria, angélica, regaliz, poria, ruibarbo, baya de goji, angélica. Astrágalo, Codonopsis pilosula, Adenophora adenophora. Tianqi (Panax notoginseng). Sichuan Unido. Madera de agar, cáscara de mandarina, tallo de frijol, raíz de cilantro, champiñón morado, té picante y otros botánicos y especias.

Materias mineromedicinales: incluyendo cinabrio, cinabrio, bórax, rejalgar, salitre y otras materias mineromedicinales.

Pesticidas: incluyendo herbicidas, insecticidas y fungicidas.

Bebidas: incluyendo té, café, agua mineral y otras bebidas envasadas y concentrados en polvo, cristales y líquidos de bebidas.

509 Productos tónicos: asta de ciervo, ginseng americano, ginseng rojo, ginseng de piedra, ginseng blanco y diversos ginseng cortados y molidos, otros productos para la salud, tónicos y sus polvos, cristales y líquidos.

510 Equipos para el procesamiento automático de datos y sus componentes: incluidos los microordenadores y sus memorias externas, dispositivos y componentes de entrada y salida.

511 máquinas de escribir: incluidas las manuales, las eléctricas, las procesadoras de texto, las teletipos, las máquinas de escribir y sus accesorios y accesorios.

512 Equipos deportivos: Equipos y sus accesorios y accesorios utilizados para actividades deportivas en general, gimnasia, competiciones, natación y otras actividades al aire libre, tales como aviación, modelos de navegación, equipos de fitness, tenis de mesa, ajedrez varios, y tableros de ajedrez, escopetas, balas, etc.

513 Utensilios de Cocina: Incluye diversos utensilios de cocina, vajillas, hornillos y utensilios de cocina, como picadoras de carne manuales, cuchillos de cocina, hornos microondas, hornos eléctricos, cocinas eléctricas, campanas extractoras, lavavajillas, arroceras y picadoras y licuadoras de alimentos, exprimidores de frutas o verduras, cocinas de gas, encendedores de gas, cocinas de queroseno, etc.

514 instrumentos musicales: entre ellos diversos instrumentos de cuerda de teclado, instrumentos de cuerda, acordeones, instrumentos de viento, instrumentos de percusión, instrumentos electroacústicos, metrónomos, diapasones y varios tubos de afinación. , así como accesorios y accesorios para los instrumentos antes mencionados.

515 Productos diversos de caucho y plástico: como termos, telas de caucho, láminas, tuberías, anillos, láminas verdes, esponjas, llantas, correas de máquinas, flores de plástico, productos de vidrio orgánico, etc.

516 herramientas de corte: incluidos cabezales de corte de aleación, fresas, brocas helicoidales, hojas de sierra y otras herramientas y herramientas de corte.

517 Herramientas: Incluye diversas herramientas portátiles, manuales y eléctricas, como gatos, martillos, herramientas de reparación de relojes, cepillos para madera, sierras de mano, hachas, cinceles, alicates, empacadoras, taladros eléctricos, etc.

518 Herramientas agrícolas: incluidos pulverizadores agrícolas y cortadoras de césped. Tijeras de jardinería, hoces, azadas, palas, arados, rastrillos, picos, etc.

519 Papelería: utensilios y materiales diversos de escritura, álbumes de fotos, álbumes de sellos, calendarios impresos, lupas, utensilios de dibujo, pinturas para pintar, utensilios de encuadernación, ábaco, manivela, sacapuntas eléctrico, calculadora electrónica, Diccionarios electrónicos, copia de placas de acero y otros artículos de papelería.

Zapatos y botas: incluye zapatos, botas, capelladas, suelas, tacones, cordones, betún, talco para zapatos, cuero de caucho y plástico, etc.

521 muebles: incluyendo sofás, muebles modulares, armarios, alacenas, escritorios, mesas, sillas, camas, colchones y cojines de diversos materiales.

Productos varios: incluyendo flores, plántulas, lubricantes, pinturas, artículos de decoración de interiores, alcohol, bolsas de viaje, maletines, juguetes varios, artes de pesca, aspiradoras, ventiladores eléctricos, planchas eléctricas y máquinas para encerar pisos. afeitadoras y cortadoras de pelo eléctricas, secadores de pelo, cargadores, enchufes eléctricos, interruptores, convertidores de CA, lámparas, teléfonos, máquinas de fax, humidificadores, electrodomésticos.

Pequeño telescopio portátil, gafas y accesorios, productos de lavado, productos para el cuidado del cabello, horquillas, máquinas de coser, máquinas de tejer suéteres, etc. Joyería; arte, coleccionables y antigüedades.

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