Reglamento de la República Popular China sobre divulgación de información gubernamental
Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de garantizar que los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones obtengan información gubernamental de conformidad con la ley, mejorar la transparencia de la labor gubernamental, promover la administración de acuerdo con la ley y dar plena Aprovechar el impacto de la información gubernamental en la producción, la vida y la vida económica y social de las personas. Este reglamento está formulado para cumplir la función de servicio de las actividades. Artículo 2 El término "información gubernamental" mencionado en este Reglamento se refiere a la información producida u obtenida por agencias administrativas en el desempeño de sus funciones y registrada y conservada en una forma determinada. Artículo 3 Los gobiernos populares en todos los niveles fortalecerán el liderazgo organizacional del trabajo de divulgación de información del gobierno.
La Oficina General del Consejo de Estado es el departamento encargado de la divulgación de información gubernamental a nivel nacional y es responsable de promover, orientar, coordinar y supervisar la divulgación de información gubernamental a nivel nacional.
La oficina general (oficina) del gobierno popular local a nivel de condado o superior u otros departamentos competentes para la divulgación de información gubernamental determinados por el gobierno popular local a nivel de condado o superior son responsables de promover, orientar , coordinar y supervisar el trabajo de divulgación de información gubernamental en sus respectivas regiones administrativas. Artículo 4 Los gobiernos populares en todos los niveles y los departamentos gubernamentales populares a nivel de condado o superior establecerán y mejorarán el sistema de trabajo de divulgación de información gubernamental de sus propias agencias administrativas y designarán agencias (en adelante denominadas colectivamente agencias gubernamentales de divulgación de información) para que sean responsables. para el trabajo diario de divulgación de información gubernamental de sus propios organismos administrativos.
Las responsabilidades específicas de la agencia de divulgación de información gubernamental son:
(1) Asumir específicamente los asuntos de divulgación de información gubernamental de esta agencia administrativa;
(2) Mantener y actualizar la información gubernamental divulgada por esta agencia administrativa;
(3) Organizar la preparación de la guía de divulgación de información gubernamental, el directorio de divulgación de información gubernamental y el informe anual de divulgación de información gubernamental de esta agencia administrativa;
( 4) Realizar una revisión de confidencialidad de la información gubernamental que se divulgará;
(5) Otras responsabilidades relacionadas con la divulgación de información gubernamental especificadas por esta agencia administrativa. Artículo 5: Los organismos administrativos observarán los principios de justicia, equidad y conveniencia para el pueblo al divulgar información gubernamental. Artículo 6: Los organismos administrativos deberán divulgar la información gubernamental de manera oportuna y precisa. Si los organismos administrativos descubren información falsa o incompleta que afecte o pueda afectar la estabilidad social o alterar el orden de gestión social, deberán divulgar información gubernamental precisa en el ámbito de sus funciones para aclararla. Artículo 7: Los organismos administrativos establecerán y mejorarán los mecanismos de coordinación de divulgación de información gubernamental. Si una agencia administrativa divulga información gubernamental que involucra a otras agencias administrativas, se comunicará y confirmará con la agencia administrativa correspondiente para garantizar que la información gubernamental divulgada por la agencia administrativa sea precisa y consistente.
Si la divulgación de información gubernamental por parte de agencias administrativas requiere aprobación de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, no se divulgará sin aprobación. Artículo 8: Los organismos administrativos no divulgarán información gubernamental sin poner en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social. Capítulo 2 Alcance de la divulgación Artículo 9 Las agencias administrativas divulgarán proactivamente información gubernamental que cumpla con uno de los siguientes requisitos básicos:
(1) Que involucren los intereses vitales de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones;
(2) Necesita ser ampliamente conocido o participado por el público;
(3) Reflejar la estructura organizacional, funciones, procedimientos de trabajo, etc. de esta agencia administrativa;
(4) Otros que deban ser revelados voluntariamente de acuerdo con las leyes, reglamentos y regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 10 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior y sus departamentos, de conformidad con las disposiciones del artículo 9 de este Reglamento, determinarán el contenido específico de la información gubernamental que se divulgará proactivamente dentro de su respectivo ámbito de responsabilidades y se centrarán en divulgar la siguiente información gubernamental:
(1) Reglamentos administrativos, reglas y documentos normativos;
(2) Planes nacionales de desarrollo económico y social, planes especiales, planes regionales y políticas relacionadas; p>
(3) Información estadística sobre el desarrollo económico y social nacional;
(4) Presupuesto fiscal e informe de cuentas finales;
(5) Partidas, bases y normas para cargos administrativos;
(6) Catálogo, estándares y estado de implementación de proyectos de adquisiciones centralizadas del gobierno;
(7) Asuntos de licencias administrativas, bases, condiciones, cantidad, procedimientos, plazos y todo materiales que deben presentarse al solicitar una licencia administrativa Catálogo y estado de procesamiento;
(8) Estado de aprobación e implementación de importantes proyectos de construcción;
(9) Políticas de alivio de la pobreza y educación , atención médica, seguridad social y promoción del empleo, etc. Medidas y su implementación;
(10) Planes de contingencia, información de alerta temprana y respuesta a emergencias públicas**
( 11) Protección del medio ambiente, público ** *Supervisión e inspección de higiene, seguridad de la producción, alimentos y medicamentos, y calidad de los productos.
Artículo 11 La información gubernamental clave divulgada por el gobierno popular a nivel de ciudad distrital, el gobierno popular a nivel de condado y sus departamentos también incluirá el siguiente contenido:
(1) Asuntos importantes de las zonas urbanas y rurales construcción y administración;
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(2) La construcción de empresas de bienestar social;
(3) La expropiación o adquisición de terrenos, la demolición de viviendas y la emisión y uso de compensaciones y subsidios;
(4) Gestión, uso y distribución de fondos y materiales tales como ayuda de emergencia, cuidados especiales, ayuda y donaciones sociales. Artículo 12 El gobierno popular del municipio (ciudad), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de este Reglamento, determinará el contenido específico de la información gubernamental que se divulgará proactivamente dentro del alcance de sus funciones y se concentrará en divulgar la siguiente información gubernamental:
( 1) Implementación de políticas nacionales sobre trabajo rural;
(2) Ingresos y gastos financieros, gestión y uso de diversos fondos especiales;
(3 ) Municipios (pueblos) El estado de revisión del plan general de uso de la tierra y el uso de los terrenos residenciales;
(4) La expropiación o adquisición de tierras, la demolición de viviendas y la emisión y uso de compensaciones y subsidios;
(V ) Los derechos y deudas de los acreedores, la situación financiera y laboral del municipio (pueblo);
(6) La distribución de fondos y materiales como ayuda de emergencia, cuidados especiales , ayuda y donaciones sociales;
(7) Contratación, arrendamiento, subasta, etc. de empresas colectivas municipales y otras entidades económicas municipales;
(8) Implementación de políticas de planificación familiar .