¿Qué velocidad no puede ser inferior a la velocidad en el carril central?
Si hay más de 3 carriles en el mismo sentido, la velocidad mínima en el carril más a la izquierda es de 110 kilómetros por hora, y la velocidad mínima en el carril central es de 90 kilómetros por hora. Si la velocidad del vehículo indicada en la señal de límite de velocidad en la carretera no coincide con las normas de velocidad del vehículo para los carriles mencionados anteriormente, el vehículo se conducirá a la velocidad indicada en la señal de límite de velocidad en la carretera. Los límites de velocidad de los tres carriles de la autopista se cuentan desde la izquierda. Los límites de velocidad generales son los siguientes: La carretera más a la izquierda: el límite de velocidad del carril más a la izquierda es de 110 km/h a 120 km/h. Carretera intermedia: el límite de velocidad en la carretera intermedia es de 90 km/h a 110 km/h. Carretera del extremo derecho: El límite de velocidad para este carril en la carretera del extremo derecho es de 60 km/h a 90 km/h. Hay 2 carriles en el mismo sentido: la velocidad mínima en el carril izquierdo es de 100 kilómetros por hora. Peatones, vehículos no motorizados, tractores, vehículos mecánicos especiales de ruedas y turismos articulados. No se permite la entrada a la carretera a remolques con remolque completo y otros vehículos de motor con una velocidad de diseño inferior a 70 kilómetros por hora. La velocidad máxima de los turismos pequeños que circulen por las carreteras no excederá los 120 kilómetros por hora, la de otros vehículos de motor no excederá los 100 kilómetros por hora y las motocicletas no excederán los 80 kilómetros por hora.
Base jurídica: "Ley de Seguridad Vial de la República Popular China" Artículo 67 Peatones, vehículos no motorizados, tractores, vehículos de ruedas con mecánica especial, turismos articulados y remolques completos Automóviles y otros vehículos de motor con una velocidad máxima diseñada de menos de 70 kilómetros por hora no pueden ingresar a la autopista. La velocidad máxima indicada en las señales de límite de velocidad en las carreteras no excederá los 120 kilómetros por hora.