¿Qué debo hacer si no pago mi deuda?
Solicite al tribunal que reanude la ejecución de la sentencia original.
Si el deudor aún no cumple el acuerdo de ejecución transaccional después de firmar el acuerdo de ejecución transaccional o la carta transaccional, entonces de acuerdo con el artículo 236 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, las partes deberán cumplir la sentencia o resolución civil legalmente efectiva. . Si una de las partes se niega a cumplir, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular, o el juez puede transferir la ejecución a la persona sujeta a ejecución. Es decir, si la otra parte se niega a cumplir, la parte puede solicitar al Tribunal Popular que reanude la ejecución de la sentencia original.
Puedes demandar por separado y añadir responsabilidad por incumplimiento de contrato.
En el primer método, no es difícil ver que dado que no hay costo de incumplimiento del contrato, la persona sujeta a la ejecución puede incumplir el contrato a voluntad, lo que reduce en gran medida la fuerza vinculante del acuerdo de conciliación. sobre la persona objeto de ejecución, lo que evidentemente viola la equidad en principio.
A este respecto, la Corte Suprema también ha emitido regulaciones relevantes, es decir, cuando el demandado no cumple con el acuerdo de conciliación, la persona que solicita la ejecución puede optar por solicitar la reanudación de la ejecución, o puede optar por presentar nuevamente una demanda, en este momento podrá solicitar que el demandado asuma la responsabilidad correspondiente por incumplimiento de contrato y asuma obligaciones mayores que las determinadas en el documento legal original vigente.