Código internacional de protección de buques de la República Popular China
(1) Buques de pasajeros; p>
(2) Buques de carga de más de 500 tonelaje bruto;
(3) Buques para fines especiales de más de 500 tonelaje bruto;
(4) Móviles en alta mar dispositivos de perforación.
Los buques a los que se aplican estas normas se denominarán en adelante buques.
Estas reglas no se aplican a los barcos militares ni a los barcos utilizados únicamente para asuntos gubernamentales. Artículo 3 El Ministerio de Comunicaciones es responsable de las labores nacionales de protección de los buques. La Administración de Seguridad Marítima de la República Popular China es responsable de desempeñar específicamente las responsabilidades de las agencias de protección de buques de los estados contratantes estipuladas en el Convenio SOLAS y el Código PBIP.
Los organismos de gestión marítima establecidos por el Ministerio de Transporte en las zonas costeras desempeñarán las siguientes funciones de conformidad con estas normas:
(1) Responsable de la formación de los oficiales de protección de los buques y Los oficiales de seguridad de la compañía, y Aquellos que aprueben la capacitación y evaluación de seguridad del buque recibirán los certificados de capacitación correspondientes;
(2) Dentro del alcance de las responsabilidades legales, recibir información sobre seguridad marítima del buque de acuerdo con los procedimientos prescritos y tomar acciones correspondientes;
(3) Proporcionar la información de seguridad correspondiente a los barcos que han ingresado a las aguas territoriales de China o han informado planes para ingresar a las aguas territoriales de China, notificar a los departamentos pertinentes sobre la información de seguridad y tomar las acciones correspondientes de acuerdo con deberes legales;
(4) Implementación de la supervisión y gestión de la protección del buque, inspeccionar el registro resumido continuo del buque, el "Certificado internacional de protección del buque", el "Certificado internacional provisional de protección del buque", los dispositivos de alarma de seguridad, los simulacros de seguridad y otros asuntos de protección del buque especificados en estas reglas, inspeccionar el plan de protección del buque aprobado y su La validez del contenido revisado;
(5) Supervisión y gestión de los guardias de seguridad del buque y de los guardias de seguridad de la empresa;
(6) Otras obligaciones de protección del buque estipuladas por la República Popular China y la Administración de Seguridad Marítima de China. Artículo 4 El significado de los siguientes términos en estas reglas es:
(1) Los buques para fines especiales se refieren a los buques mecánicos autopropulsados que transportan más de 12 personas especiales (incluidos pasajeros) de acuerdo con las necesidades funcionales de el buque, incluido el siguiente Tipo:
1. Buques dedicados a investigaciones científicas, reconocimientos y reconocimientos;
2 Buques utilizados para la formación de personal marítimo;
4. Otros buques procesadores de recursos biológicos marinos que no se dediquen a la pesca.
5. órdenes 1 a 4 de aproximación a otros barcos.
(2) Las actividades de interfaz entre buques y puertos se refieren a las actividades interactivas entre buques y puertos durante los intercambios de personal, la carga y descarga de carga o la recepción de servicios portuarios.
(3) Las actividades de barco a barco se refieren al traslado de artículos o personal de un barco a otro y no tienen nada que ver con las instalaciones portuarias.
(4) Los incidentes de seguridad se refieren a cualquier comportamiento o situación sospechosa que amenace la seguridad de los buques, las instalaciones portuarias, las actividades de interfaz buque-puerto y las actividades de los buques.
(5) Punto de contacto de seguridad se refiere al punto de contacto anunciado por el Ministerio de Transporte y establecido en la agencia de administración marítima directamente dependiente del Ministerio de Transporte. Este punto de contacto permite a los buques y a las empresas buscar asesoramiento o asistencia de las autoridades marítimas sobre cuestiones de seguridad de los buques e informar cualquier inquietud de seguridad relacionada con otros buques, movimientos o comunicaciones.
(6) Nivel de seguridad se refiere a la clasificación de niveles de riesgo que pueden dar lugar a accidentes de seguridad o incidentes de seguridad.
(7) Declaración de seguridad se refiere a un acuerdo escrito entre un buque y sus instalaciones portuarias u otros buques que realicen actividades, estipulando sus respectivas medidas de seguridad.
(8) "Plan de protección del buque" se refiere al plan formulado para garantizar que se tomen medidas a bordo para proteger al personal, la carga, las unidades de transporte de carga, los materiales del buque o los buques de la amenaza de incidentes de seguridad.
(9) Oficiales de protección del buque se refiere al personal a bordo designado por la compañía para ser responsable de la seguridad del buque. El Oficial de Protección es responsable ante el Capitán y sus responsabilidades incluyen implementar y mantener el plan de protección del barco y servir de enlace con la seguridad de la compañía y la protección de las instalaciones portuarias.
(10) Oficial de protección de la empresa se refiere a la persona designada por la empresa para realizar la evaluación de la protección del buque, formular y presentar el plan de protección del buque, implementar y mantener el plan de protección del buque aprobado y comunicarse con los guardias de seguridad de las instalaciones portuarias y Persona de contacto de los guardias de seguridad del buque.
(11) Los oficiales de protección de las instalaciones portuarias se refieren al personal designado para ser responsable de la formulación, implementación, revisión y mantenimiento de los planes de protección de las instalaciones portuarias, y para actuar de enlace con los oficiales de protección de los buques y los oficiales de protección de las empresas.
(12) Empresa se refiere a la empresa naviera que asume las responsabilidades y obligaciones de la gestión de la seguridad y la prevención de la contaminación, incluidos los propietarios, operadores, gestores y fletadores de buques. Capítulo 2 Nivel de protección del buque Artículo 5 El nivel de protección del buque se divide en tres niveles, de menor a mayor, a saber, nivel de seguridad 1, nivel de seguridad 2 y nivel de seguridad 3.
El Nivel de Seguridad 1 se refiere al nivel mínimo de medidas de seguridad preventivas que se deben mantener siempre.
El nivel de seguridad 2 es un nivel en el que se deben mantener medidas de seguridad protectoras adicionales apropiadas durante un período de tiempo debido al mayor riesgo de incidentes de seguridad.
El nivel de seguridad 3 se refiere a un nivel en el que se deben mantener medidas de seguridad especiales adicionales durante un tiempo limitado cuando un incidente de seguridad es probable o inminente (aunque es posible que los objetivos específicos aún no se hayan determinado).