Reglamento sobre el momento de emisión de la orden de inicio de construcción
Subjetividad jurídica:
La construcción deberá iniciarse dentro de los tres meses siguientes a la emisión de la orden de inicio de construcción. Una orden de inicio es un documento escrito emitido por el director que permite el inicio de la construcción. La fecha en la que se emite la orden de inicio es la fecha de inicio real del proyecto. La unidad de construcción deberá comenzar la construcción dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recibir el permiso de construcción, si por alguna razón no puede comenzar la construcción a tiempo, deberá solicitar una extensión a la autoridad que expide la licencia; Objetividad jurídica:
El artículo 9 de la "Ley de Construcción" estipula que la unidad de construcción comenzará la construcción dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recepción del permiso de construcción. Si la construcción no puede iniciarse a tiempo por cualquier motivo, se solicitará una prórroga a la autoridad que expide la licencia; la prórroga se limitará a dos veces, cada vez que no exceda de tres meses; Si la construcción no comienza ni solicita una extensión o excede el límite de tiempo de extensión, el permiso de construcción será revocado automáticamente.