Se ha firmado el acuerdo de mediación de divorcio. ¿Aún es necesario firmar para que la carta de mediación entre en vigor?
1. La carta de mediación se elabora sobre la base del acuerdo de mediación y sólo surtirá efecto después de ser firmada por ambas partes.
Ley de Procedimiento Civil (2012)
Artículo 97: Si se llega a un acuerdo mediante mediación, el Tribunal Popular preparará una carta de mediación. La carta de mediación deberá indicar los reclamos del litigio, los hechos del caso y los resultados de la mediación.
El acta de mediación será firmada por los jueces y el secretario, sellada con el sello del Tribunal Popular y notificada a ambas partes.
La carta de mediación adquiere fuerza jurídica tras ser firmada por ambas partes.
Interpretación Litigio Civil (2015)
Artículo 149: Si la carta de mediación adquiere efectos jurídicos después de ser firmada por las partes, la fecha de vigencia de la carta de mediación será la última recepción de del escrito de mediación prevalecerá la fecha firmada por el interesado.
En segundo lugar, no firmar un acuerdo de mediación no afectará la validez del acuerdo de mediación.
Artículo 151 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 98, apartado 1, inciso 4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si las partes acuerdan firmar o sellar la carta de mediación, ésta tendrá plenos efectos. Después de la revisión y confirmación por el Tribunal Popular, se hará constar en la transcripción o se adjuntará al documento de mediación, y surtirá efectos jurídicos con la firma o sello de las partes, jueces y secretarios.
En las circunstancias especificadas en el párrafo anterior, si las partes solicitan una carta de mediación, el tribunal popular podrá preparar una carta de mediación y enviarla a las partes después de su revisión y confirmación. Si las partes se niegan a aceptar el acuerdo de mediación, la validez del acuerdo de mediación no se verá afectada.