Normas básicas para la instalación de salas de salud escolares
Los estándares básicos para la instalación de salas de salud escolares son los siguientes:
1. Requisitos de personal de las salas de salud:
1. con más de 600 estudiantes las escuelas deben estar equipadas con personal técnico y profesional de la salud. El personal profesional y técnico de la salud debe poseer un certificado de calificación de profesional de la salud.
2. Las escuelas no internadas con menos de 600 estudiantes deben estar equipadas con profesores de salud o técnicos profesionales de la salud. Actualmente, los profesores de atención de la salud están contratados por profesores con cualificación docente.
3. Los técnicos profesionales de la salud y los profesores de salud deben recibir conocimientos profesionales de la salud escolar y capacitación en habilidades de primeros auxilios, y obtener los certificados correspondientes.
2. Instalaciones y equipamiento de la sala de salud:
1. El área de construcción de la sala de salud debe ser superior a 15 metros cuadrados, y contar con tabiques funcionales que satisfagan las necesidades de trabajo de salud escolar.
2. La sala de atención médica debe contar con el siguiente equipamiento básico: caja de luz para optometría, báscula de palanca, tallímetro y tallímetro, regla para medir escritorio y silla, esfigmomanómetro, estetoscopio, termómetro, botiquín de primeros auxilios, lengua. depresor, cama de observación, mesa de exploración, taburete de exploración, torniquete, cubo de basura, etc.
La sala de salud debe realizar cuidados de salud preventivos escolares, educación para la salud, prevención y control de enfermedades comunes e infecciosas, e inspecciones diarias de salud escolar bajo la guía de profesionales de la salud, y no debe realizar actividades médicas. sin autorización. Si una sala de salud realiza actividades de diagnóstico y tratamiento sin obtener una "Licencia de Práctica de Institución Médica", constituirá una práctica médica ilegal y deberá asumir las responsabilidades legales correspondientes.