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¿Qué trámites y documentos se necesitan para nombrar un abogado?

Para confiar un abogado, debe llevar su documento de identidad y el libro de registro del hogar a un bufete de abogados para que se encargue de los procedimientos de asignación. Si el despacho de abogados cree que puede aceptar el empleo, firmará un contrato de trabajo de abogado con el cliente, seguirá los procedimientos de encomienda, aclarará los derechos y obligaciones del cliente y del despacho de abogados, indicará el nombre del abogado encargado por el despacho de abogados que se ocupará del caso, y hacer que lo firmen el cliente y el despacho de abogados y sellarlo e indicar la fecha de celebración del contrato.

Los materiales que las partes deben traer al nombrar abogado son:

1. Pruebas de identidad o calificaciones de la parte.

2. documentos relacionados con el caso Materiales;

3. Documentos que prueben los hechos de la infracción y las consecuencias del daño

4.

Cómo firmar un contrato para encomendar a un abogado la actuación de agente

El nombramiento se refiere al acto jurídico civil realizado por el agente en nombre del mandante con base en la encomienda de el director. Los bufetes de abogados generalmente ofrecen un acuerdo de agencia y todo lo que necesita hacer es revisar el contenido y completar los espacios en blanco del acuerdo con su situación específica.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: Artículo 33 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Además de ejercer el derecho a defenderse, los sospechosos e imputados de un delito podrán confiar a una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.