Colección de citas famosas - Frases célebres - ¿Cuál es la carga de trabajo físico semanal estipulada a nivel nacional en las escuelas intermedias?

¿Cuál es la carga de trabajo físico semanal estipulada a nivel nacional en las escuelas intermedias?

Las escuelas primarias y secundarias ordinarias, las escuelas intermedias agrícolas y las escuelas intermedias vocacionales deben organizar ejercicios entre clases todos los días y actividades deportivas extracurriculares al menos tres veces por semana para garantizar que los estudiantes tengan una hora de actividad física. todos los días (incluidas las clases de educación física).

Las escuelas secundarias profesionales y los colegios y universidades ordinarios deberán organizar a los estudiantes para la realización de diversas actividades deportivas extraescolares todos los días, excepto los días en que estén programadas clases de educación física y trabajo.

Los profesores de educación física deben calcular su carga de trabajo a la hora de organizar ejercicios de recreo (ejercicios matutinos), actividades deportivas extraescolares y extraescolares y competiciones deportivas.

Información ampliada:

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Artículo 1: Con el fin de garantizar el normal desarrollo de las labores de educación física escolar y promover la salud física y mental crecimiento de los estudiantes, se formula el presente reglamento.

Artículo 2: El trabajo de educación física escolar se refiere a la enseñanza de educación física, las actividades deportivas extraescolares, el entrenamiento deportivo extraescolar y las competiciones deportivas en las escuelas primarias y secundarias ordinarias, las escuelas medias agrícolas, las escuelas medias profesionales y las escuelas secundarias profesionales. y colegios y universidades ordinarios.

Artículo 3 Las tareas básicas del trabajo deportivo escolar son: mejorar la salud física y mental de los estudiantes y mejorar su condición física; permitir que los estudiantes dominen los conocimientos deportivos básicos y cultiven las habilidades y hábitos deportivos de los estudiantes; mejorar el nivel técnico deportivo de los estudiantes y servir al país Cultivar talentos deportivos de reserva brindar educación moral a los estudiantes, mejorar la disciplina organizacional y cultivar la valentía, la tenacidad y el espíritu emprendedor de los estudiantes;

Artículo 4 El trabajo de educación física escolar debe adherirse a los principios de combinar la popularización y la mejora, y combinar el ejercicio físico con la seguridad y la salud, llevar a cabo activamente diversas formas de actividades de acondicionamiento físico y prestar atención a heredar y llevar adelante. deportes nacionales tradicionales, prestar atención al aprendizaje de experiencias útiles en deportes escolares extranjeros y realizar activamente investigaciones científicas deportivas.

Artículo 5: El trabajo de educación física escolar debe estar abierto a todos los estudiantes y promover activamente los estándares nacionales de ejercicio físico.

Artículo 6: El trabajo deportivo escolar está bajo la dirección del departamento administrativo de educación, organizado e implementado por la escuela, y acepta la orientación del departamento administrativo deportivo.

Capítulo 2 Enseñanza de Educación Física

Artículo 7 Las escuelas organizarán e implementarán actividades de enseñanza de educación física de acuerdo con la normativa del departamento administrativo de educación.

Los cursos de educación física deben ofrecerse en todos los grados de las escuelas primarias y secundarias ordinarias, las escuelas medias agrícolas, las escuelas medias profesionales, las escuelas secundarias profesionales y en el primer y segundo grado de los colegios y universidades ordinarios. Los colegios y universidades ordinarios ofrecen cursos optativos de educación física a estudiantes de tercer grado o superior.

Artículo 8 La enseñanza de educación física debe seguir las leyes del desarrollo físico y mental de los estudiantes, y el contenido de la enseñanza debe cumplir con los requisitos del plan de estudios, así como con la edad, las características de género de los estudiantes y las condiciones geográficas y climáticas de la región.

Las formas de enseñanza de las clases de educación física deben ser flexibles y diversas, y los métodos de enseñanza deben mejorarse continuamente, las condiciones de enseñanza deben mejorarse y la calidad de la enseñanza debe mejorarse.

Artículo 9 La educación física es una materia de los exámenes de graduación y de ingreso a la universidad de los estudiantes. Los estudiantes que están exentos de clases de educación física o exámenes de educación física debido a una enfermedad o discapacidad deben presentar un certificado hospitalario, obtener la aprobación de la oficina (grupo) de investigación y enseñanza de educación física de la escuela y presentarse al departamento de asuntos académicos de la escuela para su registro, y registrarlo en el expediente de salud del estudiante.

Capítulo 3 Actividades deportivas extraescolares

Artículo 10 Las actividades deportivas extraescolares deben realizarse en función de la situación real, adaptadas a las condiciones locales y animadas.

Las escuelas primarias y secundarias ordinarias, las escuelas intermedias agrícolas y las escuelas intermedias vocacionales deben organizar ejercicios entre clases todos los días y actividades deportivas extracurriculares al menos tres veces por semana para garantizar que los estudiantes tengan una hora de actividad física. todos los días (incluidas las clases de educación física).

Las escuelas secundarias profesionales y los colegios y universidades ordinarios deben organizar a los estudiantes para la realización de diversas actividades deportivas extraescolares todos los días, excepto los días en que se organizan clases de educación física y trabajo.

Artículo 11 Las escuelas deben implementar concienzudamente actividades estándar de entrenamiento físico nacional y un sistema de atletas graduados entre los estudiantes.

Las escuelas pueden organizar diversas formas de actividades deportivas, como senderismo, acampadas y campamentos de verano (invierno) para los estudiantes, de forma planificada según las condiciones.

Capítulo 4 Entrenamiento y competición deportiva extraescolar

Artículo 12 Las escuelas deben llevar a cabo diversas formas de entrenamiento deportivo extraescolar sobre la base de la enseñanza de educación física y actividades deportivas extraescolares para mejorar El nivel de habilidad atlética del estudiante. Las escuelas primarias y secundarias ordinarias, las escuelas intermedias agrícolas, las escuelas intermedias vocacionales y las escuelas secundarias vocacionales calificadas pueden llevar a cabo capacitación para cultivar talentos deportivos destacados de reserva con la aprobación del departamento administrativo de educación provincial, y los colegios y universidades ordinarios con la aprobación del Nacional. Comisión de Educación.

Artículo 13 Las escuelas deben organizar clases culturales para los estudiantes que participan en entrenamiento deportivo después de la escuela, fortalecer la educación ideológica y moral y prestar atención a mejorar su nutrición. Para estudiantes con alto nivel deportivo y potencial de formación en colegios y universidades ordinarias, el período de estudios podrá ampliarse oportunamente previa aprobación de la Comisión Nacional de Educación.

Artículo 14 Las competiciones deportivas escolares implementarán los principios de eventos individuales pequeños y diversos, dispersos, enfoque popular y diligencia y frugalidad. La escuela celebra al menos una reunión deportiva a nivel escolar centrada en eventos de atletismo cada año escolar.

Artículo 15 Los Juegos Nacionales Escolares Secundarios se realizarán cada tres años y los Juegos Nacionales Universitarios cada cuatro años. En circunstancias especiales, el evento podrá adelantarse o posponerse con la aprobación de la Comisión Nacional de Educación.

La Comisión Nacional de Educación puede disponer que los estudiantes participen en competiciones deportivas estudiantiles internacionales según sea necesario.

Artículo 16 Las competiciones deportivas escolares deben implementar los sistemas y reglamentos nacionales de competición deportiva pertinentes y establecer un buen estilo de competición.

Capítulo 5 Profesores de educación física

Artículo 17 Los profesores de educación física deben amar el trabajo de educación física escolar, tener buen carácter ideológico y moral, alfabetización cultural y dominar las teorías y métodos de enseñanza de la física. educación.

Artículo 18 Las escuelas, dentro del número total de docentes aprobados por los departamentos administrativos de educación en todos los niveles, asignarán docentes de educación física de acuerdo con la proporción de horas de enseñanza de educación física en el plan de enseñanza y las necesidades de realización. realizar actividades deportivas extraescolares. A excepción de las escuelas primarias ordinarias, las escuelas deben tener una cierta proporción de profesoras de educación física femeninas en función del número de niñas de la escuela. En las escuelas que son responsables de cultivar talentos deportivos destacados de reserva, se debe aumentar en consecuencia el número de profesores de educación física.

Artículo 19 Los departamentos administrativos educativos y las escuelas de todos los niveles organizarán la capacitación adicional de los profesores de educación física de manera planificada. El empleo, el salario y los beneficios de los profesores de educación física deben recibir el mismo trato que los de los demás profesores. De acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, los departamentos pertinentes deben resolver adecuadamente la ropa de trabajo y las raciones de alimentos de los profesores de educación física.

Los profesores de educación física deben calcular su carga de trabajo a la hora de organizar ejercicios de recreo (ejercicios matutinos), actividades deportivas extraescolares y extraescolares y competiciones deportivas.

Las escuelas deben brindar la atención correspondiente a las profesoras de educación física que se encuentren embarazadas o en posparto de acuerdo con el "Reglamento de Protección Laboral de las Empleadas".

Capítulo 6 Sedes, Equipos, Equipos y Fondos

Artículo 20 El departamento administrativo superior de la escuela y la escuela deberán seguir las regulaciones nacionales o locales sobre diversas instalaciones, equipos y fondos deportivos escolares. . Los estándares de equipamiento se proporcionan gradualmente de manera planificada. El equipamiento deportivo escolar debe incluirse en el plan de suministro de material didáctico. Las escuelas recién construidas o renovadas deben planificarse, diseñarse y construirse de acuerdo con las normas pertinentes sobre el lugar y el equipo.

En las zonas urbanas donde las escuelas son relativamente densas, se deberían establecer e incorporar gradualmente a los planes de construcción urbana centros de actividad física para las escuelas primarias y secundarias. Los estadios (lugares) sociales y las instalaciones deportivas deben estar abiertos a los estudiantes de forma gratuita durante un período de tiempo determinado.

Artículo 21 La escuela debe formular un sistema de gestión y mantenimiento de instalaciones, equipos y equipos deportivos, y contar con personal dedicado responsable de la gestión.

Ninguna unidad o individuo podrá ocupar o destruir los recintos deportivos escolares ni dañar los equipos y equipos deportivos.

Artículo 22 Los departamentos administrativos educativos y las escuelas de todos los niveles, según las necesidades reales del trabajo deportivo escolar, incluirán fondos para deportes escolares en el presupuesto educativo anual aprobado y tomarán las disposiciones adecuadas.

Al organizar los fondos anuales para la educación escolar, los gobiernos populares locales de todos los niveles deben asignar una cierta cantidad de fondos deportivos para garantizar el desarrollo del trabajo deportivo escolar.

Los departamentos administrativos deportivos nacionales y locales de todos los niveles deben proporcionar el mayor apoyo financiero posible al trabajo deportivo escolar.

El Estado anima a diversas fuerzas sociales y particulares a realizar donaciones voluntarias para apoyar la labor deportiva escolar.

Capítulo 7 Estructura organizativa y gestión

Artículo 23 Los departamentos administrativos educativos de todos los niveles deben mejorar las instituciones de gestión del deporte escolar y fortalecer la orientación e inspección del trabajo deportivo escolar.

El trabajo de educación física escolar debe considerarse como un contenido básico en la evaluación del trabajo escolar. El trabajo de educación física en las escuelas primarias y secundarias ordinarias debe incluirse en el plan de supervisión.

Artículo 24 La escuela debe tener un director adjunto (decano) a cargo del trabajo de educación física. Al formular planes, resumir el trabajo y seleccionar estudiantes destacados, el trabajo de educación física debe incluirse como un contenido importante.

Artículo 25 Los colegios y universidades ordinarios, las escuelas secundarias vocacionales y las escuelas intermedias ordinarias más grandes pueden establecer departamentos de gestión deportiva correspondientes y dotarlos de cuadros y personal directivo de tiempo completo.

Los directores y consejeros deben considerar el trabajo deportivo escolar como parte de su trabajo, educar e instar a los estudiantes a participar activamente en actividades deportivas. El departamento de salud de la escuela debe cooperar con el departamento de gestión deportiva para hacer un buen trabajo en higiene deportiva. El departamento de asuntos generales debería proporcionar apoyo logístico para el trabajo deportivo escolar.

Las escuelas deben aprovechar plenamente el papel de organizaciones como la Liga Nacional Juvenil, los Jóvenes Pioneros, los sindicatos de estudiantes y las asociaciones deportivas de estudiantes universitarios y de secundaria en el trabajo deportivo escolar.

Capítulo 8 Recompensas y castigos

Artículo 26: Los departamentos de educación y administración deportiva de todos los niveles o escuelas deberán elogiar a las unidades e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en el trabajo deportivo escolar.

Artículo 27: Cualquier unidad o individuo que viole este reglamento y cometa cualquiera de los siguientes actos será ordenado por el departamento administrativo de educación local para realizar correcciones dentro de un límite de tiempo, y se entregará a la persona directamente responsable. educación crítica o castigo administrativo dependiendo de la gravedad del caso Castigo:

(1) No abrir o suspender las clases de educación física a voluntad;

(2) No garantizar que. los estudiantes tienen una hora de actividad física (incluidas clases de educación física) todos los días;

(3) Violar disciplinas y cometer fraude en competiciones deportivas;

(4) No resolver problemas físicos ropa de trabajo de los docentes de educación y raciones de alimentos de acuerdo con la normativa nacional.

Artículo 28 El gobierno popular local o el departamento administrativo de educación ordenará a cualquier unidad o individuo que viole estas regulaciones al ocupar o destruir instalaciones, equipos y equipos deportivos escolares que limpie y repare el lugar dentro de un límite de tiempo, y pagar una indemnización o reparar equipos y equipos.

Capítulo 9 Disposiciones complementarias

Artículo 29 Este reglamento no se aplica a las labores deportivas de las carreras deportivas de las escuelas superiores deportivas y de las escuelas superiores y universidades ordinarias.

El trabajo de educación física escolar en escuelas técnicas, escuelas de estudio y trabajo, escuelas de educación especial y escuelas de adultos se implementará con referencia a este reglamento.

Artículo 30 La Comisión Nacional de Educación y la Comisión Nacional de Deportes podrán formular medidas de ejecución de conformidad con el presente reglamento.

Artículo 31 El presente Reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación.

El "Reglamento provisional sobre educación física en colegios y universidades (borrador de prueba)" y el "Reglamento provisional sobre educación física en las escuelas primarias y secundarias (borrador de prueba)" emitidos por el antiguo Ministerio de Educación y el Comité Nacional de Deportes el 5 de octubre de 1979 fueron abolidos al mismo tiempo

Enciclopedia Baidu: Reglamento de trabajo deportivo escolar