Colección de citas famosas - Frases célebres - En el mercado de licitaciones de Zhuhai, ¿cuáles son las condiciones y características restringidas a los postores? Por favor ayude a cualquier persona entusiasta en Zhuhai que esté familiarizada con este aspecto.

En el mercado de licitaciones de Zhuhai, ¿cuáles son las condiciones y características restringidas a los postores? Por favor ayude a cualquier persona entusiasta en Zhuhai que esté familiarizada con este aspecto.

Artículo 50

El postor es una persona jurídica u otra organización que responde a la licitación y participa en el concurso de licitación, salvo disposición legal en contrario. El postor deberá cumplir al mismo tiempo las siguientes condiciones:

(1) Cumplir con las condiciones de calificación de la oferta requeridas en los documentos de licitación;

(2) No estar dentro del plazo de vigencia de la sanción para descalificación de la licitación;

(3) No en un estado de suspensión de producción o negocio o quiebra;

(4) No en un estado donde la conducta legítima esté permitida por las leyes y regulaciones está restringido.

Cualquier afiliado del licitador, o cualquier persona jurídica y sus afiliados que hayan proporcionado estudios de factibilidad, estudio, diseño, consultoría de costos, supervisión y otros servicios al proyecto de construcción, no participarán en la construcción del Licitación de proyecto de construcción.

Si la unidad de supervisión y sus ingenieros de supervisión tienen afiliaciones u otros intereses con la unidad de diseño, unidad de construcción, unidad de suministro de equipos y materiales del proyecto de construcción, no participarán en la licitación de supervisión del proyecto de construcción. .

Los postores con afiliaciones tienen prohibido participar en licitaciones para el mismo proyecto de construcción al mismo tiempo.

Un mismo líder de proyecto o líder técnico relevante tiene prohibido participar en más de dos licitaciones de construcción de proyectos de construcción al mismo tiempo.

Artículo 51

Dos o más personas jurídicas u otras organizaciones podrán formar un postor conjunto y ofertar conjuntamente como un solo postor.

El licitador no obligará a los licitadores a formar un consorcio de licitadores para licitar.

Artículo 52

Cada proponente conjunto tendrá la capacidad correspondiente para emprender el proyecto de licitación. Si las regulaciones nacionales pertinentes o los documentos de licitación estipulan calificaciones para los postores, todas las partes del consorcio deberán tener las calificaciones correspondientes.

Para los postores de consorcios integrados por postores de la misma profesión o categoría, el nivel de calificación se determinará de acuerdo con la unidad con menor nivel de calificación.

Artículo 53

Todas las partes del consorcio postor deberán firmar un acuerdo de licitación firmado por los representantes legales o mandantes autorizados de todos los miembros del consorcio postor. El acuerdo estipula claramente las tareas de trabajo. y responsabilidades que cada parte pretende asumir.

El licitador del consorcio deberá presentar el mismo acuerdo de licitación al licitador. Si no se presenta el mismo acuerdo de licitación, el licitador negará al licitador del consorcio participar en la licitación.

Si un postor del consorcio gana la oferta, todas las partes del postor del consorcio firmarán conjuntamente un contrato con el licitador y asumirán responsabilidad solidaria ante el licitador por el proyecto ganador.

Después de que todas las partes de los postores del consorcio firmen un acuerdo de licitación, no podrán presentar ofertas para el mismo proyecto de licitación solos o como parte de otros postores del consorcio.

Artículo 54

Después de que los postores del consorcio pasen la revisión de calificación, cualquier cambio en la composición de los postores del consorcio deberá obtener el consentimiento por escrito del licitador antes de la fecha límite para licitar.

Si la competitividad del postor del consorcio después del cambio se reduce o contiene personas jurídicas u otras organizaciones que no han pasado la revisión de calificación por adelantado, el licitador puede negar al postor del consorcio participar en la licitación.

Artículo 55

Cada postor del consorcio deberá designar un patrocinador y autorizar al patrocinador para que sea responsable de albergar las etapas de licitación y ejecución del contrato en nombre de cada postor del consorcio, trabajo de coordinación. El patrocinador deberá presentar al licitador un documento de autorización firmado por los representantes legales o mandantes autorizados de todos los miembros del postor del consorcio.

Artículo 56

Los proponentes del consorcio deberán presentar un depósito de oferta a nombre del patrocinador.

Artículo 57

Los documentos de licitación del licitante deberán cumplir con los requisitos y condiciones sustanciales establecidos en los documentos de licitación.

Los documentos de desempeño y reputación presentados por el postor en los documentos de licitación también deben ir acompañados de información de contacto efectiva para consultas. Si el postor no adjunta la información de contacto válida requerida, se rechazarán los documentos de desempeño y crédito relevantes.

Artículo 58

El postor deberá presentar el depósito de la oferta de acuerdo con el tiempo, monto y método especificado en los documentos de licitación antes de la fecha límite para licitar.

Si el depósito de la oferta se presenta en efectivo, deberá transferirse mediante transferencia bancaria y deberá proceder de la cuenta del licitador. Si un postor no presenta un depósito de oferta según lo requerido, se considerará un documento de oferta inválido y no participará en las actividades de licitación.

Artículo 59

El licitador deberá entregar los documentos de licitación en forma sellada, en el lugar y persona designados de conformidad con lo establecido en los pliegos de condiciones, antes de la fecha límite para licitar. Ninguna unidad o individuo podrá abrir los documentos de licitación antes de la apertura de las ofertas.

El licitador se negará a aceptar los documentos de licitación entregados por el licitador después de la fecha límite de oferta, excepto los documentos que los documentos de licitación estipulen que pueden presentarse después de la fecha límite de oferta.

Artículo 60

El licitador podrá complementar, modificar, sustituir o retirar los documentos de licitación que hayan sido presentados antes de la fecha límite de presentación de ofertas. El contenido del complemento o modificación será el de composición. de los documentos de licitación.

El postor no complementará, modificará, reemplazará ni retirará los documentos de licitación después de la fecha límite de licitación, pero los documentos de licitación estipulan que algunos documentos pueden presentarse después de la fecha límite de licitación, y el postor y el comité de evaluación de ofertas Exigir al postor Salvo por los compromisos asumidos o la corrección de desviaciones menores.

Artículo 61

Los licitadores no coludirán entre sí en la licitación ni con el licitador, la agencia licitadora o los miembros del comité de evaluación de ofertas, y no permitirán que otras unidades o individuos utilizar al postor como postor nominal, no pujar por debajo del costo.

Artículo 62

Constituyen puja colusoria entre postores las siguientes conductas:

(1) Los postores acuerdan mutuamente el precio de la licitación;

(2) Los postores determinarán el postor ganador antes de participar en la licitación;

(3) Si el depósito de la oferta se presenta en efectivo, los depósitos de las ofertas de diferentes postores provendrán del mismo postor o. la misma cuenta;

(4) Diferentes postores confían a la misma organización o al mismo personal la preparación de solicitudes de precalificación o documentos de licitación;

(5) Solicitudes de precalificación o licitaciones documentos de diferentes postores Excepto por el formato y contenido prescritos, el formato y contenido de los documentos son iguales o sustancialmente similares;

(6) Las solicitudes de precalificación de diferentes postores o los errores y omisiones en los documentos de licitación son irrazonablemente consistentes;

(7) La parte de cotización de mercado de las ofertas de diferentes postores cambia regularmente;

(8) La existencia de la aplicación de precalificación de diferentes los licitantes o el equipo de gestión del proyecto u otros miembros indicados en los documentos de licitación. Personal idéntico;

(9) Otros comportamientos de licitación colusorios.

Artículo 63

Constituyen colusión entre el licitador y el licitador los siguientes actos: (1) La manipulación por parte del personal del licitador y de sus familiares cercanos. Licitar o participar en la licitación por cuenta de los licitadores. ;

(2) El personal del licitador y sus familiares cercanos violaron las regulaciones pertinentes al participar en la preparación de solicitudes de precalificación o documentos de licitación;

(3) Pre-calificación abierta del licitador solicitudes de calificación o documentos de licitación que violen las regulaciones antes de la revisión de precalificación o la apertura de ofertas, informar a otros licitantes sobre solicitudes de precalificación o documentos de licitación que violen las regulaciones, ayudar a los postores a cambiar o modificar las solicitudes de precalificación o documentos de licitación que violen las regulaciones regulaciones;

(4) El licitador y el postor acuerdan el precio de la oferta;

(5) El licitador determina de antemano el postor ganador;

( 6) Otras conductas de licitación colusoria.