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¿Qué constituye mala conducta en el derecho internacional?

Respecto a si un Estado puede convertirse en sujeto penal internacional y asumir responsabilidad penal internacional, existen tres teorías teóricas en el campo del derecho internacional. Una opinión es que los Estados, como sujetos de crímenes internacionales, pueden asumir responsabilidad penal internacional; la otra opinión es que los Estados, como sujetos de crímenes internacionales, pueden asumir responsabilidad penal internacional en determinadas circunstancias. Las dos teorías anteriores confunden la diferencia entre responsabilidad estatal y responsabilidad penal internacional y no pueden aclarar las sanciones penales contra los Estados. La tercera opinión es que los Estados no pueden convertirse en objeto de crímenes internacionales y no pueden asumir responsabilidad penal internacional. Esta visión niega la calificación de un Estado como sujeto de crímenes internacionales, lo que viola las normas consuetudinarias existentes del derecho internacional.

1. Panorama general de la teoría teórica de la responsabilidad penal del Estado en mi país

La teoría china de la responsabilidad penal del Estado está profundamente influenciada por las teorías occidentales. La mayoría de los académicos creen que los Estados pueden asumir la responsabilidad penal internacional. El autor la llama "teoría de la responsabilidad penal del Estado". Según las ocasiones específicas en que un Estado asume responsabilidad penal internacional, se divide otra doctrina, a saber, "la teoría de que un Estado asume responsabilidad penal internacional en ocasiones específicas". Además, algunos estudiosos defienden que los Estados no son objeto de crímenes internacionales y que los Estados no pueden asumir la responsabilidad penal internacional, es decir, la teoría de la "negación de la responsabilidad penal del Estado".

(1) Teoría de la responsabilidad penal nacional.

Esta teoría sostiene que los estados pueden asumir la responsabilidad penal internacional. Por ejemplo, algunos académicos creen que la responsabilidad penal en el derecho internacional incluye dos aspectos: uno es la responsabilidad penal del Estado y el otro es la responsabilidad penal del individuo. La responsabilidad penal del Estado es una forma especial de responsabilidad del Estado, que ha sido confirmada por la práctica judicial internacional y las opiniones de los académicos. Algunos académicos creen que, según el derecho internacional moderno, los estados también pueden convertirse en objeto de crímenes internacionales, y los estados deben asumir la responsabilidad penal internacional por los crímenes internacionales que cometen. Las formas de responsabilidad penal del Estado incluyen: restricciones a la soberanía, incluida la ocupación militar, el control militar, restricciones a las fuerzas armadas nacionales, etc. Reparaciones; sanciones internacionales, a saber, sanciones militares y no militares adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en virtud de los Artículos 41 y 42 de la Carta. Otros académicos creen que el proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado propuesto por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas en 1979 estipula que los Estados deben asumir la responsabilidad penal. Por tanto, los Estados pueden asumir la responsabilidad penal internacional.

En resumen, los países pueden asumir responsabilidad penal internacional. Sin embargo, esta teoría no puede explicar cómo los Estados asumen la responsabilidad penal internacional. Cabe señalar que los académicos antes mencionados creen erróneamente que la responsabilidad penal del Estado es una forma especial de responsabilidad del Estado, lo que ha sido confirmado por la práctica judicial internacional y las opiniones de los académicos. Este no es el caso. En primer lugar, la responsabilidad penal del Estado no es una forma especial de responsabilidad estatal, porque la forma de asumir la responsabilidad estatal es completamente diferente de la forma de asumir la responsabilidad penal internacional. En segundo lugar, no existe una práctica judicial internacional que demuestre que la responsabilidad penal del Estado es una forma especial de responsabilidad estatal, y mucho menos que un Estado pueda asumirla. En tercer lugar, si analizamos el derecho internacional contemporáneo, no existe ningún tratado o derecho consuetudinario que estipule que un Estado puede asumirla. El Estado puede asumir la responsabilidad penal internacional. Algunos académicos creen erróneamente que el proyecto de artículos sobre responsabilidad del Estado redactado por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas en 1979 estipula que los Estados deben asumir la responsabilidad penal. De hecho, el borrador sólo estipula que los Estados constituyen crímenes internacionales debido a su mala conducta internacional. Ninguno de los 50 artículos del proyecto estipula o se relaciona con la responsabilidad penal internacional de los Estados. Para las formas de responsabilidad penal estatal enumeradas por algunos académicos, no existe ninguna naturaleza de castigo, ni son todas formas de responsabilidad penal estatal, ni todas son formas de responsabilidad estatal.

(B) La teoría de la responsabilidad penal estatal en circunstancias concretas.

La teoría de "asumir la responsabilidad penal nacional en ocasiones específicas" es básicamente la misma que la teoría antes mencionada de "asumir toda la responsabilidad penal nacional", excepto que enfatiza "en ocasiones específicas" como condición que un Estado asuma la responsabilidad penal internacional. Esta teoría sostiene que un país comete un crimen internacional porque comete un crimen internacional específico, sometiendo así al país a responsabilidad penal internacional. Por ejemplo, algunos académicos creen que cuando un país comete el crimen internacional de lanzar una guerra de agresión, debería asumir responsabilidad penal internacional. Algunos estudiosos creen que un país puede convertirse en objeto de crímenes internacionales en dos situaciones: una es en el caso de crímenes de guerra, la otra es cuando un país no cumple con sus obligaciones internacionales estipuladas en la convención y su inacción constituye un crimen internacional; . Por tanto, en determinadas circunstancias, el Estado puede convertirse en sujeto de responsabilidad penal.

El "en una ocasión determinada" u ocasión específica aquí se refiere a la ocasión en que un país ha cometido un crimen internacional específico, especialmente el crimen más grave de guerra de agresión, y la ocasión en que la inacción constituye un crimen internacional. .

Este punto de vista es muy similar al Derecho Internacional Oppenheimer discutido anteriormente. Sin embargo, esta teoría tampoco puede explicar la forma en que los Estados asumen la responsabilidad penal internacional. Cabe señalar también que las llamadas "bajo ciertas circunstancias" o circunstancias específicas, es decir, las circunstancias bajo las cuales un país puede cometer un crimen internacional, no son arbitrarias ni específicas en teoría y deben medirse de acuerdo con. las disposiciones de los convenios internacionales y deben tener como base el derecho internacional. Porque la identificación de crímenes internacionales se aplica también al principio jurídico general y a la costumbre del derecho internacional de que "no es delito si no hay disposición expresa de la ley, y no hay pena si no hay disposición expresa de la ley".

En resumen, el autor cree que el punto de vista teórico antes mencionado de que los países pueden asumir responsabilidad penal internacional es que un país puede convertirse en objeto de crímenes internacionales, o puede convertirse en objeto de crímenes internacionales. en ocasiones concretas, y puede asumir responsabilidad penal internacional, porque se basa en el siguiente razonamiento: porque el Estado puede constituir un crimen internacional, el Estado es sujeto de un crimen internacional, ya que el Estado es sujeto de un crimen internacional; En el tema de la responsabilidad penal internacional, la conclusión es que el Estado puede asumir la responsabilidad penal internacional. No precisamente. En primer lugar, si un país puede cometer un crimen internacional debe determinarse de conformidad con el derecho internacional y deben existir disposiciones claras en las convenciones internacionales. Dado que un crimen internacional tiene elementos constitutivos, ¿cómo puede un país constituir un crimen internacional sin una convención internacional? En segundo lugar, la teoría anterior todavía no puede aclarar la cuestión de cómo aplicar las sanciones al Estado. Porque la naturaleza del país determina que el país no puede soportar ninguna sanción penal. En tercer lugar, las normas del common law sobre la responsabilidad del Estado prevén la responsabilidad internacional general por actos criminales del Estado. Para un país, incluso si constituye un crimen internacional, la forma de asumir la responsabilidad jurídica es la responsabilidad nacional, no la responsabilidad penal internacional. Estas dos responsabilidades legales y la forma en que se asumen son completamente diferentes.

(3) La teoría que niega la responsabilidad penal de los estados

Esta teoría sostiene que los estados no pueden constituir crímenes internacionales, ni pueden ser objeto de crímenes internacionales, ni pueden ser considerados responsables por responsabilidad penal internacional. Los Estados no pueden asumir responsabilidad penal internacional; sólo una persona es objeto de un crimen internacional. Por ejemplo, algunos académicos creen que los Estados son sujetos del derecho internacional, pero no sujetos de crímenes internacionales. Un país es una entidad abstracta, sin conciencia, y no hay ninguna cuestión de intención o negligencia, por lo que no cumple con los requisitos para crímenes internacionales. Por lo tanto, los Estados no pueden convertirse en objeto de crímenes internacionales. A partir de esta conclusión, los Estados no pueden asumir responsabilidad penal internacional. Algunos estudiosos creen que, como sociedad compuesta por todas las personas, es cuestionable acusar al país de cometer delitos y asumir responsabilidad penal según el lema "la sociedad no puede cometer delitos", incluido el pueblo en todo el sentido, incluso si el país no puede cometer delitos; Aunque el concepto de crímenes de Estado está establecido, la comunidad internacional aún no cuenta con los mecanismos básicos necesarios para juzgar y castigar a los países criminales. En circunstancias tan realistas, la Corte Penal Internacional no debería ni puede ejercer jurisdicción para juzgar a Estados como sujetos de responsabilidad penal por crímenes internacionales.

En resumen, esta teoría no sólo niega la calificación de un país para asumir responsabilidad penal internacional; también niega la calificación del país para ser sujeto de crímenes internacionales. La base de esta teoría es: porque el país no tiene los elementos para constituir un crimen, el país no puede convertirse en sujeto de crímenes internacionales, porque el país no es sujeto de crímenes internacionales, no puede asumir responsabilidad penal internacional;

Cabe señalar que la conclusión de que esta teoría niega la responsabilidad penal del Estado es indudablemente correcta pero la base teórica de esta conclusión es sesgada y contraria a las normas consuetudinarias existentes del derecho internacional, porque el derecho internacional consuetudinario; Ha confirmado que los Estados pueden ser objeto de crímenes internacionales. El Proyecto de Artículos sobre Responsabilidad del Estado redactado por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas entre 1943 y 1979 no es un tratado de derecho internacional, pero ha creado normas consuetudinarias de derecho internacional sobre la responsabilidad del Estado y ha sido aceptado por todos los países del mundo. El párrafo 2 del artículo 19 del proyecto estipula: “Cuando un país viole una obligación internacional que sea tan importante para proteger los intereses fundamentales de la comunidad internacional que toda la comunidad internacional reconozca que la violación de esa obligación es un crimen, las consecuencias resultantes Una conducta de injusticia internacional constituye un crimen internacional". Se puede ver que los países pueden constituir crímenes internacionales y convertirse en objeto de crímenes internacionales. Negar la calificación de un Estado como sujeto penal internacional es incompatible con las normas consuetudinarias existentes del derecho internacional. Sin embargo, cabe señalar que incluso si un país comete un crimen internacional, según las disposiciones del proyecto, el país debería asumir la responsabilidad nacional y no la responsabilidad penal internacional. La responsabilidad del Estado es también una responsabilidad jurídica, pero es esencialmente diferente de la responsabilidad penal internacional.

En segundo lugar, el Estado no puede asumir la responsabilidad penal internacional.

El autor cree que ni los académicos occidentales ni las teorías de los académicos chinos sobre la responsabilidad penal del Estado pueden aclarar completamente si el Estado puede convertirse en objeto de Crímenes internacionales. Si un Estado puede asumir responsabilidad penal internacional. Como sujeto de derecho internacional, el Estado debería poder convertirse en sujeto de crímenes internacionales; por el contrario, como sujeto de responsabilidad nacional, el Estado no puede ni puede convertirse en sujeto de responsabilidad penal internacional; Un Estado no puede asumir la responsabilidad penal internacional porque no puede asumir la forma de responsabilidad penal internacional: el castigo penal.

(1) El Estado no puede soportar el castigo y carece de capacidad para asumir la responsabilidad penal.

Los principios jurídicos generales de la legislación penal en diversos países indican que la pena penal es una manifestación de la responsabilidad penal. La denominada responsabilidad penal se refiere a la responsabilidad del autor por las consecuencias jurídicas de su conducta delictiva. Se refiere principalmente a las sanciones impuestas por los órganos judiciales nacionales a los delincuentes y a la conducta delictiva de conformidad con las leyes penales y otras normas jurídicas penales. La responsabilidad penal es la responsabilidad por las consecuencias jurídicas penales (penas) causadas por violaciones de obligaciones jurídicas penales (delitos). La responsabilidad penal es el castigo que impone el Estado a una persona que comete un delito de conformidad con la ley penal.

La responsabilidad penal está estrechamente relacionada con la relación entre delito y pena. La responsabilidad penal se sitúa entre el delito y la pena y desempeña un papel regulador en la relación entre delito y pena. Utilice una fórmula para expresarlo: delito → responsabilidad penal → castigo. La conducta delictiva es la base y premisa de la responsabilidad penal. Cuando una conducta delictiva conlleva responsabilidad penal, debe ser castigada. La forma de responsabilidad penal es el castigo. Por supuesto, en nuestro país la responsabilidad penal no va necesariamente acompañada de pena. Los delitos menores que no requieren pena también pueden quedar exentos de pena.

La conclusión general de la antigua Unión Soviética sobre el principio de responsabilidad penal es que la responsabilidad penal es esencialmente una relación jurídica expresada como castigo. La responsabilidad penal es un castigo. La responsabilidad penal es el proceso de aplicación y realización de las penas. En esencia, lo que encarna la responsabilidad penal es la aplicación y realización de la pena. La pena es la encarnación de la responsabilidad penal. Muchos estudiosos creen incluso que "responsabilidad penal" y "castigo" son sinónimos y que no hay diferencia entre ambos.

Atendiendo a los principios jurídicos generales y las prácticas del derecho internacional existentes en varios países del mundo, como forma de responsabilidad penal, el castigo se expresa específicamente como: privación de la vida (pena de muerte), privación de libertad ( cadena perpetua y prisión de duración determinada, o cadena perpetua) cadena perpetua y prisión de duración determinada) y multas. Entre ellos, la privación de la vida y la privación de libertad son los métodos de castigo más importantes, y en muchos países se aplican multas como castigo adicional. De esta manera, como país, además de las multas, ¿cómo podemos soportar la pena penal de privación de la vida y privación de libertad? Como entidad abstracta, el Estado mismo no tiene conciencia y no puede soportar el castigo de la privación de la vida (pena de muerte) y la privación de libertad (cadena perpetua y prisión de duración determinada).

El único castigo que un país puede permitirse es una multa. Algunos estudiosos creen que esta es la base para que el Estado asuma la responsabilidad penal. Pero como todos sabemos, cuando un país comete un crimen internacional grave, como un crimen de guerra, la multa simplemente no puede reflejar el principio de "el crimen es proporcional al castigo". El principio de "idoneidad del crimen y la pena" es un principio jurídico general del derecho internacional que generalmente está estipulado en los sistemas jurídicos de varios países y tiene el carácter de fuente de derecho internacional. Cuando constituye un delito internacional grave, es imposible reflejar este principio de derecho penal simplemente imponiendo multas al país. Por tanto, es evidente que el país no tiene la capacidad de asumir la responsabilidad penal internacional. Por otro lado, cuando un Estado asume la responsabilidad estatal por un crimen internacional, la compensación por las pérdidas es una forma de responsabilidad estatal. La "compensación por las pérdidas" como forma de responsabilidad jurídica del Estado es en sí misma un sustituto suficiente de una multa.

(B) La diferencia entre responsabilidad estatal y responsabilidad penal internacional

En el derecho internacional, la responsabilidad estatal y la responsabilidad penal internacional son ambas responsabilidades legales internacionales. Sin embargo, existen diferencias esenciales entre los dos. En primer lugar, desde la perspectiva del origen del derecho internacional, aunque las normas jurídicas internacionales de responsabilidad del Estado se han practicado en el derecho internacional, siguen siendo normas consuetudinarias del derecho internacional. El sistema jurídico internacional de responsabilidad penal internacional es una ley estatutaria expresamente estipulada en los tratados internacionales. En el derecho internacional, existen elementos claros del delito y formas de asumir la responsabilidad, y hay leyes a seguir. En segundo lugar, desde una perspectiva conductual, la premisa de la responsabilidad del Estado es la implementación de dos actos: los actos u omisiones ilícitos internacionales que violan obligaciones internacionales pueden ser atribuidos al Estado, o el Estado ha cometido un crimen internacional. Sin embargo, la responsabilidad penal internacional se basa en un único delito internacional, y debe existir un delito internacional expresamente estipulado en el derecho internacional. En tercer lugar, desde la perspectiva de la naturaleza y forma de la responsabilidad, la responsabilidad del Estado no tiene la naturaleza de sanciones penales según el derecho internacional. Sus formas de responsabilidad son: restricción de la soberanía, restauración del status quo original, compensación por pérdidas y disculpa. .

Sin embargo, la responsabilidad penal internacional tiene el carácter de sanciones penales y es un tipo de castigo penal, que puede manifestarse como pena de muerte, cadena perpetua, prisión de duración determinada y multas. Finalmente, desde la perspectiva del sujeto de responsabilidad, el sujeto de responsabilidad nacional debe ser el Estado, y los individuos no pueden convertirse en sujetos de responsabilidad nacional. Sin embargo, el cuerpo principal de la responsabilidad penal internacional es la responsabilidad individual estipulada en los tratados o artículos de derecho penal internacional vigentes. Cuando un Estado comete un crimen internacional, asume la responsabilidad en forma de responsabilidad estatal y no como castigo de responsabilidad penal internacional.

La idea de que los Estados pueden asumir la responsabilidad penal internacional siempre confunde responsabilidad penal estatal con responsabilidad estatal. Confundir las penas de responsabilidad penal internacional de los Estados con las formas de responsabilidad de los Estados. Por ejemplo, algunos académicos describen las formas de responsabilidad penal del Estado como: cese de la conducta criminal internacional, disculpa y garantía de no repetición del delito, compensación, multas, confiscación de bienes, sanciones internacionales, privación de la membresía de la comunidad internacional y restricción de soberanía. Algunos académicos creen que las formas de asumir la responsabilidad penal nacional incluyen sanciones penales: multas, restricciones a la soberanía y revocación de escaños en las Naciones Unidas y métodos de castigo no penales: sanciones económicas, órdenes de detener actos criminales, compensaciones y disculpas; Otros académicos creen que las formas de responsabilidad penal nacional incluyen: restricciones a la soberanía, incluida la ocupación militar, el control militar y restricciones a la compensación de las fuerzas armadas nacionales; sanciones internacionales, es decir, sanciones militares y no militares adoptadas por las Naciones Unidas; Consejo de conformidad con los Artículos 41 y 42 de la Carta.

Los llamados métodos de responsabilidad penal antes mencionados, excepto las multas, no tienen la naturaleza de sanciones penales, no son penas penales y no son formas de asumir responsabilidad penal internacional en absoluto. Puede verse que esta visión de ampliar arbitrariamente el alcance de la responsabilidad penal internacional confunde la diferencia esencial entre responsabilidad penal nacional y responsabilidad estatal.

(3) El Estado es el portador de las responsabilidades nacionales.

Los individuos tienen responsabilidad penal por crímenes internacionales, y los estados no tienen responsabilidad penal; sin embargo, esto no exime a los estados de la responsabilidad internacional general; Las normas del derecho internacional según las cuales los Estados asumen la responsabilidad internacional han evolucionado a través de muchos laudos arbitrales internacionales desde finales del siglo XIX, pero permanecen bajo el control del derecho consuetudinario. Por supuesto, como sistema de derecho internacional, la responsabilidad internacional de un Estado es también una responsabilidad jurídica internacional. Para distinguirla de la responsabilidad penal internacional, el autor denomina a este tipo de responsabilidad estatal responsabilidad internacional general. En el derecho internacional, la "responsabilidad del Estado", la "responsabilidad internacional" y la "responsabilidad jurídica internacional" son a menudo comunes y no existe una distinción especial.

De acuerdo con lo establecido en el proyecto de artículos sobre responsabilidad del Estado elaborado por la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas en 1979, el autor considera que la llamada responsabilidad del Estado se refiere a los actos u omisiones internacionales ilícitos de un país en violación de sus obligaciones internacionales, o por su implementación. Responsabilidad jurídica internacional por crímenes internacionales.

Según lo establecido en el borrador, el comportamiento responsable nacional incluye dos aspectos: En primer lugar, el comportamiento inapropiado internacional u omisión (es decir, omisión). Este tipo de comportamiento no necesariamente tiene que realizarse directamente en nombre del Estado. El comportamiento de otras agencias o individuos que representan al Estado que cumple con las disposiciones del proyecto puede atribuirse al Estado y convertirse en "comportamiento estatal" (. Capítulo 2 del proyecto). El segundo son los crímenes internacionales, es decir, los crímenes internacionales que deben cometerse en nombre del Estado (proyecto de artículo 19). Los Estados tienen responsabilidad jurídica internacional por las acciones antes mencionadas.

En cuanto a la forma de responsabilidad internacional, el artículo 1 del proyecto estipula que "un país asumirá la responsabilidad internacional por todo acto ilícito internacional cometido por ese país", pero el proyecto no especifica la forma específica de "responsabilidad internacional". No está prevista la denominada responsabilidad penal internacional del país. Por tanto, la forma de responsabilidad internacional sólo puede resumirse a partir de la práctica del derecho internacional. En concreto, se puede manifestar en los siguientes aspectos: Primero, restringir la soberanía. Por ejemplo, después de la Segunda Guerra Mundial, los aliados implementaron la ocupación militar y el control de Alemania y Japón. En segundo lugar, restaurar el status quo ante. Por ejemplo, junio de 1977 65438 + 19 de octubre, laudo arbitral en el litigio entre el gobierno libio y la empresa extranjera Dexak-Karasiastik. El fallo dijo que la compensación era una sanción normal por incumplimiento del contrato. En tercer lugar, compensar las pérdidas. En la "sentencia Nº 1928 sobre el caso de la fábrica de Chorzów" se establece que el principio de responsabilidad es restablecer el estatus original. Si no se puede restablecer el estatus original, se utilizará en su lugar una compensación monetaria. Cuarto, discúlpate. Como forma más leve de responsabilidad internacional, las disculpas a menudo ocurren entre Estados.

En resumen, con el desarrollo del derecho internacional hasta el día de hoy, se han formado normas jurídicas internacionales reconocidas por todos los países del mundo sobre las cuestiones de responsabilidad penal nacional y responsabilidad estatal: un país y sus individuos. representar al país, cuando la comisión de crímenes internacionales puede convertirse en objeto de crímenes internacionales.

Sin embargo, los individuos que representan al Estado tienen responsabilidad penal internacional directa por sus crímenes internacionales, que se reflejan específicamente en la pena de muerte, cadena perpetua, prisión de duración determinada, multas y otras penas; al mismo tiempo, el comportamiento criminal internacional de un individuo también puede; atribuirse al Estado, pero se considera un acto del Estado. Hacer que los países asuman responsabilidades internacionales. Sin embargo, los Estados no pueden asumir la responsabilidad penal internacional. La forma en que el Estado asume sus responsabilidades nacionales es limitando la soberanía, restaurando el status quo ante, compensando las pérdidas y pidiendo disculpas.

En tercer lugar, el principio de responsabilidad penal internacional individual y su práctica en el derecho internacional

Aunque tanto los Estados como los individuos son sujetos de crímenes internacionales, la práctica y la legislación del derecho internacional han demostrado que Los estados no pueden asumir la responsabilidad penal internacional, sólo los individuos. Porque sólo los individuos pueden soportar el castigo. Los individuos que representan a un Estado tienen responsabilidad penal internacional directa por sus crímenes internacionales; al mismo tiempo, el comportamiento criminal internacional de un individuo también puede atribuirse al Estado y considerarse como un acto del Estado. Por tanto, el Estado, como sujeto de responsabilidades internacionales, asume responsabilidades nacionales.

(A) Establecimiento del principio de responsabilidad penal internacional individual

Las primeras normas y prácticas jurídicas internacionales que estipulaban que los individuos tienen responsabilidad penal internacional se remontan al Tratado de Versalles. Según el artículo 227 del Tratado de Versalles, las potencias aliadas y los países participantes acusaron públicamente al ex emperador alemán Guillermo II de cometer crímenes que violaban gravemente la moral internacional y la dignidad del tratado, y establecieron una alianza de cinco naciones formada por Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia, Italia y Japón. El Tribunal Especial tiene la facultad de determinar la pena aplicable. Los artículos 228 y 229 del Tratado de Versalles también estipulan que Alemania reconoce el derecho de las potencias aliadas a juzgar a nacionales alemanes por crímenes de guerra y asume la obligación de entregar a los criminales a tribunales militares formados por las potencias aliadas. Sin embargo, debido a que Guillermo II huyó a los Países Bajos y fue protegido por el gobierno holandés, el juicio de los criminales de guerra finalmente fracasó. Sin embargo, el Tratado de Versalles estableció formalmente el principio de responsabilidad penal internacional individual, es decir, como autor de crímenes internacionales, un individuo, independientemente de su condición, ya sea que actúe en nombre o por cuenta de un país, deberá asumir una responsabilidad penal proporcional a su conducta delictiva.

(B) Práctica jurídica internacional de la responsabilidad penal internacional individual.

El establecimiento y las prácticas judiciales del Tribunal Militar Internacional para Europa y del Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente han reafirmado y confirmado una vez más el principio del derecho internacional de que los individuos tienen responsabilidad penal internacional.

El 8 de agosto de 1945, Estados Unidos, la antigua Unión Soviética, Reino Unido y Francia firmaron el "Acuerdo sobre el enjuiciamiento y castigo de los principales criminales de guerra de las potencias europeas del Eje" (en adelante denominado el Acuerdo) y su anexo "Carta Militar Internacional Europea de la Corte" (en adelante denominada la Carta). Se estableció el Tribunal Militar Internacional para Europa en Nuremberg, Alemania, y se juzgó a los criminales de guerra fascistas alemanes. Según el artículo 6 de la Carta, el Tribunal tiene competencia para juzgar y castigar a todas las personas que cometan delitos a título personal o como miembros de un grupo en interés de las Potencias del Eje. El infractor asumirá la responsabilidad personal. 1946 65438 + 1 de octubre, el Tribunal Militar Internacional emitió un veredicto en el que 12 criminales de guerra fueron sentenciados a la horca, 3 criminales de guerra fueron sentenciados a cadena perpetua y 4 criminales de guerra fueron sentenciados a entre 10 y 20 años de prisión. Tres fueron absueltos y otros dos murieron durante el juicio.

El 26 de julio de 1945, China, Estados Unidos y Gran Bretaña emitieron la "Declaración de Potsdam" de rendición de Japón. Más tarde, la antigua Unión Soviética también la adjuntó. La Declaración de Potsdam estipuló las condiciones que Japón debía aceptar para rendirse y decidió imponer severas sanciones legales a los criminales de guerra japoneses. El 19 de octubre de 1946, el Mando Supremo Aliado emitió el "Aviso especial sobre el establecimiento del Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente" (en adelante, el "Aviso") y su anexo "Estatuto del Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente". Extremo Oriente" (en adelante denominada la "Carta"). El Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente se estableció en Tokio, Japón, para juzgar a los criminales de guerra fascistas japoneses. Según el artículo 5 de la Carta, los tribunales tienen competencia para juzgar y castigar una amplia gama de delitos cometidos individualmente o como miembros de un grupo, de los que los individuos son individualmente responsables. El 29 de abril de 1946, el Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente aceptó oficialmente los cargos contra 28 criminales de guerra, entre ellos Tojo Hideki, y el juicio comenzó el 3 de mayo del mismo año. Como resultado, entre las 28 personas procesadas, excepto 2 que murieron durante el juicio y 1 que quedó incapacitada, 7 de las 25 personas restantes fueron condenadas a la horca, 16 a cadena perpetua y 2 a 20 años. y 7 años respectivamente.

El Tribunal Militar Internacional para Europa y el Tribunal Militar Internacional para el Lejano Oriente sostuvieron unánimemente en sus sentencias que los individuos pueden ser castigados por violar el derecho internacional. Los crímenes contra el derecho internacional los cometen individuos y no entidades abstractas. Por lo tanto, las disposiciones del derecho internacional sólo pueden aplicarse castigando a los individuos que cometen estos crímenes.

El 1 de febrero de 1946 65438+, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 95 (1), confirmando los principios del derecho internacional contenidos en la Carta del Tribunal Militar Internacional para Europa. De conformidad con una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas compiló la Carta del Tribunal Militar Internacional para Europa y los principios contenidos en sus sentencias de 1950. Uno de ellos es el principio de responsabilidad penal internacional individual.

La última práctica de la responsabilidad penal internacional individual en el derecho internacional contemporáneo

La práctica procesal y la legislación internacional del derecho internacional contemporáneo han reiterado una vez más el principio del derecho internacional de la responsabilidad penal internacional individual. El artículo 7, párrafo 1, del Estatuto del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia y el artículo 6, párrafo 1, del Estatuto del Tribunal Internacional para Ruanda estipulan claramente que todo individuo que planifique, incite, ordene, lleve a cabo, asista o incite a otros para planear, preparar o ejecutar los delitos previstos en el Estatuto requieren responsabilidad individual por sus actos delictivos.

En junio de 1991 estalló un conflicto armado interétnico en la antigua República Federativa Socialista de Yugoslavia. Con este fin, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó una resolución que declara que el derecho internacional humanitario es vinculante para todas las partes en la guerra y que las personas que violen el derecho internacional humanitario deben ser consideradas penalmente responsables. El 22 de febrero de 1993, el Consejo de Seguridad aprobó una resolución y decidió establecer el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia. Según lo dispuesto en el estatuto judicial, el ámbito de competencia son las personas físicas; se excluye la jurisdicción sobre personas jurídicas, entidades y países.

Después de que Ruanda declarara su independencia en julio de 1962, estallaron muchas veces conflictos étnicos entre tutsis y hutu. Estalla una guerra civil a gran escala en Ruanda. 1994 165438+El 8 de octubre, el Consejo de Seguridad aprobó una resolución y decidió establecer el Tribunal Internacional para Ruanda, responsable de procesar del 1994 al 1994 65438+febrero 365438+. Según las disposiciones del Estatuto del Tribunal, el ámbito de la jurisdicción personal son las personas físicas, es decir, los ciudadanos rwandeses que tienen responsabilidad penal por los delitos;

El 17 de julio de 1998, la comunidad internacional adoptó el Estatuto de la Corte Penal Internacional en una conferencia diplomática celebrada en Roma, Italia, el cual ya está en vigor. El artículo 25 del Estatuto de la Corte Penal Internacional estipula claramente que la Corte tiene competencia sobre las personas físicas que hayan cometido crímenes internacionales dentro de la competencia de la Corte; los individuos que cometan crímenes asumirán responsabilidad personal y serán sancionados de conformidad con las disposiciones del Estatuto; Estatuto. Al mismo tiempo, el estatuto también estipula que cualquier disposición sobre responsabilidad individual no afectará la responsabilidad del Estado según el derecho internacional. Se puede ver que el Estatuto de la Corte Penal Internacional estipula claramente el principio de que los individuos tienen responsabilidad penal estatal, pero no involucra ninguna cuestión de crímenes estatales y responsabilidad penal estatal.

En resumen, los sujetos penales internacionales se refieren a individuos o países que han cometido crímenes internacionales y deben asumir responsabilidad penal internacional de acuerdo con las normas del derecho penal internacional. El Estado es sujeto del derecho internacional y de los crímenes internacionales. Las acciones de un país siempre son planificadas y llevadas a cabo por sus representantes, incluso cuando ese país lanza una guerra de agresión. Sin embargo, como sujeto de derecho internacional, si un Estado constituye un crimen internacional en nombre de un individuo, su comportamiento personal será atribuido al Estado. Por lo tanto, el Estado debe asumir la responsabilidad internacional; el Estado no puede asumir la responsabilidad penal internacional porque no puede soportar el castigo. Como sujetos de crímenes internacionales, los individuos deben asumir la responsabilidad penal internacional si constituyen un crimen internacional. Sin embargo, los individuos sólo pueden ser objeto de crímenes internacionales y de responsabilidad penal internacional, no objeto del derecho internacional.