Una explicación popular de la diferencia entre prenda hipotecaria y gravamen
Las propiedades que pueden utilizarse para hipoteca según la ley incluyen:
(1) Edificios y otros anexos de terrenos;
2. tierra Derecho de uso;
③¿Uso? Los derechos de gestión contratados de terrenos baldíos y otros terrenos obtenidos mediante licitación, subasta, negociación pública, etc.;
(4) Equipos de producción, materias primas, productos y productos semiacabados;
(5) El deudor hipotecario deberá cumplir con la ley El derecho a utilizar los montes áridos, acequias, cerros y playas contratados e hipotecados con el consentimiento del contratante;
⑹Transporte;
(7) Otros no prohibidos por leyes y reglamentos administrativos Propiedad: propiedad de la tierra; derechos de uso de tierras de propiedad colectiva, como tierras cultivadas, granjas, colinas privadas e instalaciones educativas privadas, instalaciones médicas y otras instalaciones de bienestar público; de escuelas, jardines de infancia, hospitales y otras instituciones públicas y grupos sociales; los derechos de propiedad y uso son bienes poco claros o en disputa que han sido sellados, detenidos y supervisados por la ley;
Los bienes que se pueden pignorar incluyen: Prenda mobiliaria, que se refiere a cosas distintas a los inmuebles. Los bienes inmuebles se refieren a terrenos, edificios, árboles y otros objetos fijos en el terreno y equipamientos fijos de los edificios. Los objetos de los derechos de prenda son: letras de cambio, pagarés, cheques, bonos, certificados de depósito, recibos de almacén y conocimientos de embarque, acciones, derechos exclusivos de marcas, derechos de patentes, derechos de autor y otros derechos de propiedad que puedan ser transferidos de conformidad; con la ley, así como otros derechos que puedan pignorarse conforme a la ley (como los derechos sobre rentas inmobiliarias).
Los bienes susceptibles de ser utilizados como gravamen se refieren a los bienes muebles que el deudor posee legalmente bajo un contrato de custodia, contrato de transporte o contrato de procesamiento.
2. Conceptos diferentes
La hipoteca se refiere a un acuerdo escrito entre el deudor hipotecario y el acreedor de no transferir la posesión del inmueble hipotecado y de utilizar el inmueble como garantía de los derechos del acreedor. Cuando el deudor no cumple con sus deudas, el acreedor tiene derecho a recibir el pago prioritario del precio del inmueble con descuento o de la subasta o venta del inmueble de conformidad con la ley.
Prenda significa que el deudor o un tercero transfiere la posesión de un bien al acreedor, y éste retiene el bien como garantía para que el primero realice un determinado pago o cumpla una obligación.
Gravamen significa que el acreedor toma posesión legal de la propiedad del deudor, retiene la propiedad antes de que se paguen los reclamos resultantes y vende la propiedad gravada de acuerdo con la ley después de un cierto período de tiempo, obteniendo así el producto del precio El derecho a la prioridad de pago.
3. Características diferentes
La hipoteca se refiere a la propiedad de la que el acreedor no transfiere la posesión al deudor ni a un tercero como garantía de los derechos del acreedor. Cuando el deudor no cumpla con sus deudas, se pagará en primer lugar el producto de los descuentos, remates o ventas de bienes. Características de la hipoteca: El bien hipotecado no ha sido transferido, y la hipoteca ha sido constituida, y el bien hipotecado aún se encuentra en posesión del deudor o de un tercero (deudor hipotecario). El acreedor hipotecario ejerce el derecho de prioridad a ser reembolsado si el deudor no cumple con sus deudas.
Prenda significa que el deudor o un tercero transfiere su bien mueble o certificado de propiedad al acreedor para su posesión y utiliza el bien como garantía de los derechos del acreedor. Cuando el deudor no cumple con sus deudas, el acreedor tiene derecho a recibir pago prioritario del precio del inmueble en descuento, subasta o venta. Características de la prenda de bienes muebles: El deudor o un tercero (el pignorante) debe transferir sus bienes muebles al acreedor para su posesión. El deudor o el tercero que proporciona los bienes muebles es el propietario del bien mueble. La prenda de bienes muebles debe basarse en el incumplimiento por parte del deudor de la premisa de la deuda. La prenda incluye la prenda de bienes muebles y la prenda de derechos.
Un gravamen es el derecho a embargar los bienes muebles de otra persona antes de que se pague la deuda. Este derecho a poseer y embargar bienes muebles ajenos está estipulado por la ley (limitado a los contratos de custodia, contratos de transporte, contratos de procesamiento y contratos de corretaje), por lo que el gravamen es una garantía real jurídica generalmente pactada por las partes;