Las sanciones por dañar libros en la Sala de Lectura de las Colecciones Especiales de Libros Antiguos son las siguientes:
Sanciones específicas: 1. Si se desfiguran las portadas y contraportadas de libros y revistas y no se afecta el texto principal de los libros, se indemnizará el 10% del precio original.
En segundo lugar, si el texto de un libro o revista está levemente desfigurado, la compensación será del 20% del precio original del libro o publicación; si la desfiguración es más grave, la compensación será del 30%-50; % del precio original del libro o publicación periódica; si está gravemente desfigurado, la compensación se basará en el precio original del libro o publicación periódica.
3. Si se dañan o se pierden libros o publicaciones periódicas preciosas o libros y publicaciones periódicas descatalogados, el monto de la compensación se determinará en función del valor de los libros y publicaciones periódicas.