Colección de citas famosas - Frases elegantes - ¿Qué debo hacer si el documento de licitación solo tiene la firma del responsable de la unidad pero no el sello de la unidad?

¿Qué debo hacer si el documento de licitación solo tiene la firma del responsable de la unidad pero no el sello de la unidad?

No son válidos los documentos de licitación que solo cuenten con el sello de la unidad pero sin la firma del representante legal.

Artículo 51 del "Reglamento para la Aplicación de la Ley de Licitaciones y Licitaciones de la República Popular China": En cualquiera de las siguientes circunstancias, el comité de evaluación de ofertas rechazará la oferta:

1, Los documentos de licitación no fueron sellados por la unidad licitadora y firmados por el responsable de la unidad;

2 El consorcio licitador no presentó el mismo acuerdo de licitación;

3. El oferente no cumplió con las calificaciones nacionales O especificadas en los documentos de licitación;

4. El mismo oferente presenta dos o más documentos de licitación o cotizaciones de licitación diferentes, excepto cuando los documentos de licitación sean diferentes. requerir la presentación de ofertas alternativas;

5. El precio de la oferta es inferior al costo o superior al límite máximo de oferta establecido en los documentos de licitación;

6. no responder a los requisitos y condiciones sustanciales de los documentos de licitación;

7. Los licitantes han cometido actos ilegales tales como colusión en las licitaciones, fraude y soborno.

1. El documento de licitación no está sellado por la unidad de licitación.

El documento de licitación no está sellado por la unidad de licitación significa que el documento de licitación no incluye el contenido que debe ser sellado. con el sello oficial de conformidad con las disposiciones del documento de licitación. El sello oficial se estampará en la página de la oferta (generalmente la carta de la oferta). El "sello" aquí debe entenderse como la colocación del sello oficial de la unidad. El llamado sello oficial se refiere al sello de firma realizado por organismos estatales, grupos sociales, empresas e instituciones a nombre de sus propias personas jurídicas. Nuestro país cuenta con un sólido sistema de gestión de sellos oficiales, y el acto de grabar, falsificar o alterar sellos oficiales de forma privada puede constituir un delito. Los sellos especiales para contratos, finanzas, impuestos, facturas, licitaciones y otros negocios, después de ser autorizados mediante poder estampado con el sello oficial, tienen el mismo efecto jurídico que el sello oficial dentro del ámbito empresarial correspondiente. Estampar el sello oficial y la firma del responsable en el documento de licitación no requiere que cada página del documento de licitación deba estar estampada con el sello oficial y la firma del responsable, pero generalmente se refiere a sellar el sello oficial y Firma del responsable en la carta de oferta. Esto se debe a que la carta de oferta es la parte más importante del documento de oferta. La carta de oferta generalmente incluye los términos de compromiso del postor sobre asuntos importantes como la aceptación de las reglas de licitación y la firma de un contrato de acuerdo con los documentos de licitación y los documentos de licitación después de ganar la licitación. La carta de oferta está sellada. El sello oficial y la firma del responsable se considerarán como la aceptación por parte del postor de estos términos de compromiso si la carta de oferta no está sellada con el sello de la unidad de oferta y firmada por el responsable. de la unidad, carecerá de base para la evaluación de la oferta y el comité de evaluación de la oferta tiene derecho a rechazar la oferta. Por supuesto, si los pliegos de licitación dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.

2. El pliego de condiciones no está firmado por el responsable de la unidad

El pliego de condiciones no está firmado por el responsable de la unidad Significa que la oferta. El documento no tiene que estar firmado por el responsable de la unidad de acuerdo con lo establecido en los documentos de licitación. La página de contenido (generalmente la carta de oferta) debe estar firmada o sellada con su nombre y sello. El “responsable de la unidad” aquí se refiere al representante legal de la unidad o al responsable principal que ejerce la autoridad en nombre de la unidad según lo estipulan las leyes y reglamentos administrativos. El alcance de los documentos en los documentos de licitación firmados por el responsable de la unidad es el mismo que el alcance del sello oficial, que generalmente se refiere a la firma del responsable en la carta de oferta. La firma del responsable de la unidad suele ser una firma personal, pero si el responsable de la unidad tiene un sello de nombre, el sello de nombre y la firma personal tienen el mismo efecto legal.

3. Aplican términos

En circunstancias normales, sólo si el documento de licitación carece tanto del sello oficial como de la firma del responsable, se cumplirán las condiciones para rechazar la oferta. Si cualquiera de los dos está presente, la oferta no podrá ser rechazada. Es decir, si se ha puesto el sello oficial pero no hay firma del responsable, o el responsable ha firmado pero al mismo tiempo no se ha puesto el sello oficial, la oferta no podrá ser invalidada. Por supuesto, las disposiciones de los pliegos de condiciones pueden ser más estrictas que las disposiciones de la ley si los pliegos de condiciones estipulan claramente que el sello oficial y la firma del responsable deben estar presentes al mismo tiempo, y la falta de cualquiera de ellos. rechaza el pliego de condiciones, se seguirá lo dispuesto en el pliego de condiciones.

Base legal:

De acuerdo con el "Reglamento sobre la implementación de la Ley de Licitaciones y Licitaciones de la República Popular China",

Artículo 33 Los licitadores deben participar en el proceso de licitación de conformidad con la ley. La licitación de proyectos sujetos a licitación no está restringida por región o departamento, y ninguna unidad o individuo puede interferir ilegalmente.

Artículo 34: No podrán participar en la licitación las personas jurídicas, otras organizaciones o personas físicas que tengan interés en el licitador y puedan afectar la equidad de la licitación.

El responsable de la unidad es la misma persona o diferentes unidades con relaciones de participación o gestión, y no podrá participar en licitaciones de un mismo tramo de licitación o de un mismo proyecto de licitación sin dividir las secciones de licitación.

Será nula cualquier oferta que viole lo dispuesto en los dos primeros párrafos.

Artículo 35 Si un licitador retira un documento de oferta presentado, deberá notificarlo por escrito al licitador antes de la fecha límite de oferta. Si el postor ha cobrado un depósito de oferta, deberá devolverlo dentro de los 5 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación de retiro por escrito del postor.

Si el licitador retira el documento de licitación después de la fecha límite de presentación de ofertas, el licitador no podrá reembolsar el depósito de la oferta.

Artículo 36 El licitador rechazará los documentos de licitación presentados por los solicitantes que no hayan superado el examen de precalificación, así como los documentos de licitación que se entreguen fuera de plazo o no estén sellados de acuerdo con los requisitos del documentos de licitación.

El licitador deberá registrar verazmente el tiempo de entrega y el estado de sellado de los documentos de licitación y mantenerlos archivados para referencia futura.

Artículo 37 El licitante deberá indicar si acepta la oferta de consorcio en el anuncio de precalificación, anuncio de licitación o invitación a licitación.

Si el licitador acepta una oferta de consorcio y realiza una precalificación, el consorcio deberá formarse antes de presentar los documentos de solicitud de precalificación. Si el consorcio aumenta, disminuye o cambia de miembros después de la precalificación, la oferta no será válida.

Si cada parte del consorcio oferta individualmente en el mismo proyecto de licitación en su propio nombre o participa en otra licitación del consorcio, las ofertas correspondientes no serán válidas.

Artículo 38 Si un licitador sufre cambios importantes como fusión, escisión, quiebra, etc., el licitador deberá notificarlo inmediatamente al licitador por escrito. Si un postor ya no cumple con las calificaciones especificadas en los documentos de precalificación o en los documentos de licitación o si su oferta afecta la equidad de la licitación, su oferta no será válida.

El artículo 39 prohíbe a los licitadores coludirse entre sí en la licitación.

Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, los postores están en connivencia entre sí en la licitación:

(1) Los postores negocian el contenido sustancial de los documentos de licitación, como el precio de la oferta;

(2) Los postores acuerdan cuál es el postor ganador;

(3) Los postores acuerdan que algunos postores abandonarán la oferta o ganarán la oferta;

(4) Pertenecen al mismo grupo Licitantes que son miembros de asociaciones, cámaras de comercio y otras organizaciones que ofertan en colaboración de acuerdo con los requisitos de la organización;

(5) Otras acciones conjuntas tomadas por los licitadores para ganar la oferta o excluir a postores específicos.

Artículo 40 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, se considerará que los licitadores han coludido entre sí en la licitación:

(1) Los documentos de licitación de diferentes licitadores son preparados por la misma unidad o individuo;

(2) Diferentes postores confían a la misma unidad o individuo para manejar los asuntos de licitación;

(3) Los miembros de la gestión del proyecto indicados en los documentos de licitación de diferentes los licitadores son la misma persona;

(4) Los documentos de licitación de diferentes licitadores son inusualmente consistentes o los precios de las ofertas son regularmente diferentes;

(5) Los documentos de licitación de diferentes licitadores son mezclados entre sí;

(6) Los depósitos de ofertas de diferentes postores se transfieren de las cuentas de la misma unidad o individuo.

El artículo 41 prohíbe la colusión entre licitadores y postores en las licitaciones.

Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, el licitador y el postor se confabulan en la licitación:

(1) El licitador abre los documentos de licitación antes de la apertura de la oferta y filtra información relevante a otros licitadores;

(2) El licitador filtra directa o indirectamente información como la oferta mínima y los miembros del comité de evaluación de ofertas al licitador;

(3) El licitador expresa o implica que el postor baja o aumenta el precio de la oferta;

(4) El licitador instruye al postor a cambiar o modificar el documento de licitación;

(5) El licitador expresamente o. implícitamente proporciona conveniencia para que un postor específico gane la oferta;

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(6) Otros comportamientos de colusión entre el licitador y el postor para ganar la oferta de un postor específico.

Artículo 42: La licitación utilizando calificaciones y certificados de calificación obtenidos mediante transferencia o arrendamiento, etc., entra en la categoría de licitación a nombre de otros según lo estipula el artículo 33 de la Ley de Licitaciones y Subastas.

Si un postor tiene alguna de las siguientes circunstancias, constituye un acto de fraude en otras formas según lo estipulado en el artículo 33 de la Ley de Licitaciones y Licitaciones:

(1) Utilización de documentos falsos. o materiales alterados Certificado de licencia;

(2) Proporcionar estado financiero o desempeño falso;

(3) Proporcionar currículums y certificados de relaciones laborales falsos de líderes de proyecto o personal técnico clave;

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(4) Proporcionar un estado crediticio falso;

(5) Otros actos de fraude.

Artículo 43 Los postulantes que presenten los documentos de solicitud de precalificación deberán observar la Ley de Licitaciones y las disposiciones de este Reglamento en materia de postores.