Colección de citas famosas - Frases elegantes - ¿Pueden participar representantes del licitador en el comité de evaluación de ofertas?

¿Pueden participar representantes del licitador en el comité de evaluación de ofertas?

En el comité de evaluación de ofertas podrán participar representantes del licitador.

Si observamos las leyes, reglamentos y normas de mi país con respecto a la composición de los comités de evaluación de ofertas, la mayoría de ellos tienen disposiciones claras sobre la composición de los comités de evaluación de ofertas y no existen restricciones a la participación de los postores en la evaluación de ofertas. comités:

El artículo 37 de la "Ley de Licitaciones y Licitaciones" estipula claramente: "La evaluación de las ofertas será responsabilidad del comité de evaluación de ofertas establecido por el postor de conformidad con la ley. Para proyectos que requieran licitación De acuerdo con la ley, el comité de evaluación de ofertas estará integrado por representantes del postor y expertos técnicos y económicos pertinentes en un número impar superior a cinco personas, entre los cuales los expertos técnicos y económicos no podrán ser inferiores a dos tercios del número total. de miembros.

El artículo 9 de las "Disposiciones provisionales sobre el Comité de Evaluación de Ofertas y los Métodos de Evaluación de Ofertas" también estipula: "El Comité de Evaluación de Ofertas. Estará compuesto por representantes que estén familiarizados con los negocios relevantes de el licitador o el organismo licitador encargado por éste, así como los expertos técnicos y económicos pertinentes. El número de miembros será impar de cinco o más, entre los cuales los expertos técnicos y económicos no serán inferiores a dos tercios del total. número de miembros. ”

Por lo tanto, el licitador puede nombrar representantes para participar en el comité de evaluación de ofertas, que es el derecho civil otorgado al licitador por ley. Ninguna unidad o individuo puede restringir o excluir ilegalmente representantes del nombramiento del licitador. participar en la evaluación de la oferta.

:Comité de Evaluación de la Oferta

El Comité de Evaluación de la Oferta se refiere a la autoridad temporal establecida por los representantes del licitador (comprador) y los expertos técnicos y económicos relevantes en la licitación. y las actividades de contratación pública. Es responsable de evaluar los documentos de licitación. Revisar y proporcionar opiniones de revisión.

El comité de evaluación de ofertas se establece de conformidad con la ley y es responsable de las actividades de evaluación de ofertas, recomendando a los postores seleccionados. el licitante o determinar directamente el ganador de la oferta de acuerdo con la autorización del licitador. La lista de miembros del comité de evaluación de ofertas generalmente se determinará antes de la apertura de la oferta. La lista de miembros del comité de evaluación de ofertas se mantendrá confidencial antes de la apertura de la oferta. Se determina el resultado ganador de la oferta.

Si hay una persona a cargo del comité de evaluación de ofertas, la persona a cargo del comité de evaluación de ofertas deberá ser miembro del comité de evaluación de ofertas. el comité de evaluación de ofertas será elegido o determinado por el comité de invitación a ofertas y tendrá los mismos derechos de voto que los demás miembros del comité de evaluación de ofertas.

Los miembros expertos del comité de evaluación de ofertas serán seleccionados de la lista. de expertos o agentes de licitación proporcionados por los departamentos pertinentes del gobierno popular a nivel provincial o superior. Los expertos en evaluación de ofertas pueden determinarse mediante selección aleatoria o determinación directa para proyectos de licitación que son particularmente complejos en tecnología, tienen altos requisitos profesionales o. tienen requisitos nacionales especiales, pueden ser seleccionados al azar. Si el experto identificado es incompetente, esto puede ser determinado directamente por el licitador.