Mis compañeros de clase y yo compramos material didáctico en Taobao para nuestro propio estudio. ¿Se considera esto una infracción? ¿Es ilegal?
Análisis Legal
El derecho de autor se divide en derechos personales y derechos de propiedad. Se supone que los derechos de autor protegen la expresión de una idea, no la idea en sí. Después de un cierto período de tiempo, los derechos de propiedad de la obra expirarán, pero ésta pertenecerá al dominio público y cualquiera podrá utilizarla libremente. El objeto del derecho de autor es una obra, que se refiere a un logro intelectual en los campos de la literatura, el arte, la ciencia, etc., que es original y puede copiarse de alguna forma tangible. Si ocurre una de las siguientes circunstancias, se puede determinar como infracción de derechos de autor: 1. La parte infractora tiene hechos de infracción y publica el trabajo del autor original en Internet u otros canales sin el permiso del autor original 2. La parte infractora no participa; en la creación de la obra y firma la obra. Titular de los derechos de autor; 3. Plagiar el trabajo de otras personas; 4. Distorsionar o alterar las obras de otras personas; 5. Tratar las obras creadas en colaboración con otros como obras creadas de forma independiente sin el permiso del co; -autor; 6. Arrendar obras ajenas sin consentimiento. Por lo tanto, la compra de material didáctico para el aprendizaje no se vende ni difunde y no constituye una infracción.
Base Legal
El artículo 10 de la "Ley de Derecho de Autor de la República Popular China" incluye los siguientes derechos personales y derechos de propiedad: (1) Derecho de publicación, es decir, el derecho a decidir si una obra se hace pública; (2) Firma (3) El derecho a modificar, es decir, el derecho a identificar al autor y firmar la obra; (3) El derecho a modificar, es decir, el derecho a; modificar o autorizar a otros a modificar la obra; (4) El derecho a proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho a proteger la obra contra distorsiones o alteraciones; 5) El derecho de reproducción, es decir, el derecho a realizar; una o más copias de la obra mediante impresión, copia, frotamiento, grabación, grabación de video, copia, reproducción, digitalización, etc. (6) El derecho de distribución, es decir, el derecho de venderla o donarla al derecho de; el público a proporcionar originales o copias de obras; (7) Derechos de alquiler, es decir, el derecho a otorgar licencias temporales a otros para utilizar originales o copias de obras audiovisuales y software de computadora, excepto cuando el software de computadora no sea el objeto principal del arrendamiento; (8) Derecho de exhibición, es decir, el derecho a exhibir públicamente el original o copia de una obra artística o fotográfica; (9) Derecho de interpretación, es decir, el derecho a representar públicamente una obra y difundir públicamente la interpretación de la obra; en diversas formas (10) Derecho de proyección, es decir, derechos de reproducción pública en bellas artes, fotografía, obras audiovisuales, etc. A través de proyectores, proyectores de diapositivas y otros equipos técnicos; (11) Derechos de reproducción, es decir, el derecho a reproducir o reproducir públicamente obras por medios cableados o inalámbricos, y a reproducirlas ante el público a través de altavoces u otras herramientas similares que transmitan símbolos, sonidos; , e imágenes, pero excluyendo los derechos especificados en el Ítem 12 de este párrafo (12) Derechos de difusión de redes de información, es decir, el derecho a proporcionar al público medios alámbricos o inalámbricos para que el público pueda obtener la obra. en el momento y lugar de su elección; (13) derechos de filmación, es decir, el derecho a fijar la obra en un soporte mediante la filmación de obras de audio y video; (14) derechos de adaptación, es decir, el derecho a cambiar la obra; y crear nuevas obras originales (15) El derecho de traducción, es decir, el derecho de convertir una obra de un idioma a otro (16) El derecho de compilación, es decir, el derecho de seleccionar u organizar una obra o fragmentos de; una obra en una nueva obra; (17) Los derechos de autor deben ser otros derechos que disfruten las personas. El titular de los derechos de autor podrá permitir que otros ejerzan los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo anterior y reciban una remuneración de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley. El titular de los derechos de autor podrá, de conformidad con el acuerdo o las disposiciones pertinentes de esta Ley, transferir total o parcialmente los derechos especificados en los puntos (5) a (17) del párrafo 1 de este artículo y recibir una remuneración.