Colección de citas famosas - Frases elegantes - ¿Tiene un médico asistente en ejercicio derecho a prescribir?

¿Tiene un médico asistente en ejercicio derecho a prescribir?

Un médico asistente autorizado en un consultorio médico no tiene derecho a recetar recetas siempre que sea un médico autorizado.

De acuerdo con las disposiciones de las "Medidas de gestión de recetas", los médicos asistentes en ejercicio registrados realizan de forma independiente actividades médicas generales en instituciones médicas de municipios, municipios étnicos, ciudades y aldeas, y pueden obtener los derechos de prescripción correspondientes en sitios de práctica registrados. Para que sean válidas, las recetas emitidas por instituciones médicas ordinarias deben estar firmadas o selladas con un sello especial por un médico en ejercicio en el lugar de práctica.

Por lo tanto, bajo la premisa de contar con un médico autorizado, la receta emitida por un médico asistente autorizado en la práctica clínica debe estar firmada o sellada con un sello especial por un médico autorizado en el lugar para que sea válida.

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Datos ampliados

Precauciones de los médicos al prescribir:

1. Los médicos deben, en función de las necesidades de tratamiento médico, prevención y atención sanitaria, seguir las especificaciones de diagnóstico y tratamiento y instrucciones del medicamento Prescribir las indicaciones, efectos farmacológicos, uso, posología, contraindicaciones, reacciones adversas y precauciones.

2. Al recetar, los médicos deben utilizar el nombre del medicamento genérico, el nombre del medicamento patentado del nuevo compuesto activo y el nombre del medicamento compuesto aprobado y publicado por el departamento de regulación de medicamentos.

3. Para estupefacientes e inyecciones de psicotrópicos de Clase I prescritos para pacientes ambulatorios con dolor oncológico (emergencia) y pacientes con dolor crónico moderado a severo, cada prescripción no deberá exceder de 3 dosis por día controladas y sostenidas; preparaciones de liberación, cada prescripción no deberá exceder una dosis de 15 días; para otras formas farmacéuticas, cada prescripción no deberá exceder una dosis de 7 días;

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