Análisis legal: Una citación es una notificación por escrito que se da al comienzo de procedimientos judiciales y litigios específicos. Hay varias maneras de entregar una citación: 1. La notificación directa, también conocida como notificación, se refiere al método en el que el tribunal popular envía a una persona especial para entregar los documentos del litigio directamente al destinatario para su firma. La entrega directa es el método de entrega más básico. En otras palabras, todo lo que pueda notificarse directamente debe notificarse directamente para evitar la demora del litigio y garantizar el buen progreso del proceso del litigio. 2. Notificación con gravamen significa que el destinatario se niega injustificadamente a entregar los documentos del litigio. El destinatario debe colocar los documentos del litigio en la residencia del destinatario y tener el efecto legal de la entrega. 3. Servicio encomendado significa que cuando el tribunal popular responsable de conocer casos civiles tiene dificultades para entregar directamente los documentos del litigio, encomienda a otros tribunales populares que actúen en su nombre de conformidad con la ley. La notificación por encargo y la notificación directa tienen el mismo efecto jurídico. 4. Notificación por correo significa que el tribunal popular entrega los documentos para ser notificados por correo certificado a través de la oficina de correos al destinatario. La práctica demuestra que la entrega por correo judicial suele ser un método de entrega cuando la residencia del destinatario está lejos del tribunal y es difícil realizar la entrega directamente. 5. La notificación se refiere a la forma en que el tribunal popular entrega los documentos del litigio a la unidad donde trabaja el destinatario para recogerlos y luego los transfiere al destinatario. Hay tres situaciones para la entrega: 1. Si la persona a ser atendida es un soldado, el servicio se prestará a través del órgano político del regimiento o superior. 2. Si el sujeto a ejecución se encuentra preso, el servicio se prestará a través de la prisión o reforma por el trabajo; 3. Si la persona a ser atendida se encuentra en reeducación laboral, el servicio se prestará a través del traslado de la otra parte a la unidad educativa laboral. Después de recibir el documento de litigio, la agencia o unidad que lo remita deberá entregarlo inmediatamente al destinatario para su firma, y el momento en que el destinatario firme el recibo de servicio será la fecha de entrega. 6. Aviso entregado. Un anuncio puede publicarse en el tablón de anuncios del tribunal, en la residencia original del destinatario o en un periódico. Sólo podrá utilizarse el aviso público cuando se desconozca el paradero del destinatario o no pueda realizarse la entrega por otros medios. El efecto jurídico de la notificación mediante aviso público es el mismo que el de otros métodos de notificación.
Base jurídica: “Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China”.
Artículo 84 La notificación de documentos litigiosos deberá tener acuse de recibo, debiendo el destinatario indicar la fecha de recepción, firma o sello en el acuse de recibo. La fecha de recepción firmada por el destinatario en el recibo de entrega será la fecha de entrega.
Artículo 85 Los documentos del litigio se entregarán directamente al destinatario. Si el destinatario es ciudadano, no se lo entregaré a su familiar adulto para que firme el recibo si el destinatario es una persona jurídica u otra organización, el representante legal de la persona jurídica o el responsable principal de la otra organización; o el responsable de la persona jurídica u organización El responsable deberá firmar el recibo si la persona a la que se debe notificar tiene un agente litigante, podrá enviarlo a su agente para que lo firme si la persona a la que se debe notificar designa un agente; al tribunal popular, lo enviará al agente para su firma. La fecha de entrega será la fecha en que el familiar adulto, persona jurídica u otra organización del destinatario sea responsable de recibir el documento, o la fecha en la que el agente litigante o el agente firme la recepción.