¿Qué debo hacer si recibo un aviso de preservación de propiedad?
(1) La identidad, dirección de servicio e información de contacto del solicitante y de la persona protegida.
(2) La solicitud y los hechos y motivos en que se fundamenta
(3) El monto de la conservación solicitada o el objeto de la controversia; p>(4) Información de claridad sobre la propiedad a preservar o pistas específicas sobre la propiedad a preservar;
(5) Información de la propiedad o certificados de crédito para proporcionar garantía para la preservación de la propiedad, o razones por las cuales no hay garantía se requiere;
(6) Otros asuntos que deben estipularse.
Base jurídica:
Artículo 101 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Si un interesado no solicita la conservación inmediatamente debido a la emergencia, le causará daños irreparables. daño a sus derechos e intereses legítimos, de existir daño, podrá solicitar medidas de preservación ante el tribunal popular donde se encuentre el bien a preservar, donde esté domiciliado el demandado, o tenga jurisdicción antes de presentar una demanda o solicitar arbitraje. El solicitante deberá aportar una garantía. Si no se aporta ninguna garantía, la solicitud será desestimada. Después de aceptar la solicitud, el Tribunal Popular debe dictar sentencia en un plazo de 48 horas; si se le ordena tomar medidas cautelares, ésta debe ejecutarse de inmediato. Si el solicitante no presenta una demanda o solicita arbitraje de conformidad con la ley dentro de los treinta días posteriores a la adopción de las medidas de preservación por parte del tribunal popular, el tribunal popular dará por terminada la preservación.