Colección de citas famosas - Frases motivadoras - ¿Qué estipula el artículo 72 de la nueva Ley de Tráfico?

¿Qué estipula el artículo 72 de la nueva Ley de Tráfico?

Artículo 72 La conducción de bicicletas, triciclos, bicicletas eléctricas y sillas de ruedas motorizadas para personas con discapacidad en la vía deberá cumplir con las siguientes normas:

(1) Debe tener 12 años o más para conducir una bicicleta o triciclo;

(2) Debe tener al menos 16 años para conducir bicicletas eléctricas y sillas de ruedas motorizadas para personas con discapacidad;

(3) Está estrictamente prohibido conducir en estado de ebriedad;

(4) Antes de girar, debe reducir la velocidad y enviar una señal, no realizar giros bruscos y bruscos y no obstaculizar el adelantamiento al adelantar al vehículo que va delante.

(5) No tirar; , trepar o ser remolcado por otros vehículos, y no quitar las manos del asa ni sujetar objetos.

(6) No está permitido correr en paralelo, perseguirse ni competir en enredos;

(7) No está permitido andar en monociclo o dos o más personas en bicicleta por la vía.

(8) No se permite conducir motorizados a personas sin discapacidad en miembros inferiores; sillas de ruedas para personas discapacitadas;

(9) No se permite que las bicicletas y triciclos estén equipados con dispositivos eléctricos;

(10) No se les permite aprender a conducir en la carretera No -vehículos motorizados.