¿Por qué el gobierno compra plazas en escuelas privadas?
El gobierno promueve una educación justa y compra títulos de escuelas privadas. ¿Por qué el gobierno quiere comprar títulos privados? Para decirlo sin rodeos, es para lograr el objetivo de reducir el número de estudiantes en escuelas privadas a menos del 5% como exige la Ley de Promoción Privada.
A largo plazo, se trata de promover la equidad educativa y permitir que más padres disfruten de servicios educativos públicos de alta calidad.
Títulos adquiridos por el gobierno: se refiere a estudiantes que estudian en escuelas privadas, pero parte o la totalidad de sus tasas de matrícula corren a cargo del gobierno local. Los estudiantes de escuelas públicas deben completar no y los estudiantes de escuelas privadas deben completar sí o no según la situación real.
Comprar un título de escuela privada significa que el gobierno subsidia la matrícula y otras tasas para los niños inmigrantes calificados que estudian en escuelas privadas de educación obligatoria, lo que se conoce como compra de un título.
"Compra de títulos por parte del gobierno" significa que el gobierno paga por la compra de títulos de algunas escuelas privadas de acuerdo con ciertos estándares de financiación. Los padres de estas escuelas privadas no pagan cuotas o pagan menos.
Cuando el gobierno compra títulos, ¿fomenta las escuelas privadas?
Esto no existe. Comprar un título no lo alienta a asistir a escuelas privadas.
El número de alumnos matriculados en colegios privados no aumentará. A juzgar por el número de planes de inscripción para escuelas privadas este año, el número de planes de inscripción para títulos adquiridos por el gobierno básicamente ha disminuido.
En cuanto al aumento en el número de personas que originalmente no planeaban ir a escuelas privadas debido a la compra de títulos académicos por parte del gobierno, es de hecho inevitable. Pero la cantidad total no aumentará y cada familia debe tratarla de manera racional y tomar decisiones basadas en las condiciones reales.
Entre ellos, existe una exigencia clara de reducir el número de alumnos en los centros privados en la etapa de educación obligatoria a menos del 5%.
En última instancia, el gobierno debe ajustar la oferta de plazas en las escuelas públicas ajustando la proporción de estudiantes en las escuelas privadas de educación obligatoria y comprando plazas en escuelas privadas de educación obligatoria.
Base Legal
"Reglamento para la Implementación de la Ley de la República Popular China sobre Promoción de la Educación Privada"
Artículo 5 Organizaciones sociales o individuos Además de las instituciones estatales, las escuelas privadas pueden funcionar de forma individual o conjunta. Si una escuela privada se gestiona de forma conjunta, se deberá firmar un acuerdo de gestión de escuela conjunta para aclarar los métodos de cooperación, los derechos y obligaciones de las partes y los métodos de resolución de disputas.
El Estado fomenta la creación de escuelas privadas de acuerdo con la ley mediante donaciones, creación de fundaciones, etc. Si una escuela privada se establece mediante donaciones u otros métodos y no hay un patrocinador, los derechos y responsabilidades del patrocinador en el proceso de gestión de la escuela serán realizados por el patrocinador.
Las empresas con inversión extranjera establecidas en China y las organizaciones sociales con partes extranjeras como controladores reales no pueden organizar, participar o controlar realmente las escuelas privadas que implementan la educación obligatoria; deberá cumplir con la Normativa nacional sobre inversión extranjera.
Artículo 6: Las organizaciones sociales o personas físicas que administren escuelas privadas deberán tener buen estatus crediticio. Para establecer una escuela privada, se puede realizar una inversión monetaria, o se pueden utilizar como propiedad no monetaria, como objetos físicos, derechos de uso de terrenos de construcción, derechos de propiedad intelectual, etc., que pueden valorarse en moneda y transferirse de conformidad con la ley. aporte de capital; sin embargo, se exceptúan las propiedades que no estén permitidas como inversión según las leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 7: Las escuelas públicas que implementen la educación obligatoria no podrán establecer ni participar en el establecimiento de escuelas privadas, ni podrán convertirse en escuelas privadas. A otras escuelas públicas no se les permite organizar o participar en el establecimiento de escuelas privadas con fines de lucro. Sin embargo, las escuelas públicas que implementan educación vocacional pueden atraer capital, tecnología, administración y otros factores de las empresas para establecer o participar en el establecimiento de escuelas privadas con fines de lucro que implementen educación vocacional.
Las escuelas públicas no utilizarán fondos financieros estatales para organizar o participar en el establecimiento de escuelas privadas, no afectarán las actividades docentes de las escuelas públicas y no participarán en la gestión de escuelas únicamente a través de la exportación de marcas, y ser aprobado por sus autoridades competentes. Las escuelas públicas que organizan o participan en el establecimiento de escuelas privadas sin fines de lucro no pueden obtener ingresos escolares en forma de honorarios de gestión o en forma encubierta.
Las escuelas privadas organizadas por escuelas públicas o que participen en el establecimiento de escuelas públicas tendrán estatus de persona jurídica independiente, tendrán campus, instalaciones de enseñanza y educación básica y maestros independientes de tiempo completo que estén separados de las escuelas públicas, y serán independiente de acuerdo con el sistema de contabilidad nacional unificado llevar a cabo la contabilidad, inscribir estudiantes de forma independiente y emitir certificados académicos de forma independiente.
Las escuelas públicas que organicen o participen en el establecimiento de escuelas privadas disfrutarán de los derechos e intereses de los organizadores de conformidad con la ley y cumplirán las obligaciones de gestión de activos de propiedad estatal de conformidad con la ley.