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El empleador demanda tras un arbitraje de conflicto laboral

Sí. Si el empleador no está satisfecho con el laudo arbitral una vez confirmada la relación laboral mediante arbitraje, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción del laudo arbitral. Los casos de conflictos laborales estarán bajo la jurisdicción del tribunal popular de base donde esté ubicado el empleador o donde se ejecute el contrato de trabajo. Si no está claro el lugar donde se realiza el contrato de trabajo, será competente el tribunal popular de base donde esté ubicado el empleador.

Después del arbitraje laboral, si la empresa apela ante los tribunales, los trabajadores deben responder con prontitud y escribir una respuesta por escrito para garantizar que el resultado del arbitraje es razonable y legal, pero el requisito previo también debe ser legal. Quien no esté satisfecho con el arbitraje puede presentar una demanda ante los tribunales.

1. ¿Qué debe hacer una empresa si apela ante el tribunal después del arbitraje laboral?

Si una de las partes no está satisfecha con el laudo del arbitraje laboral y demanda ante el tribunal, él o ella Puede firmarlo declarando que el premio es beneficioso para él/ella. Después de recibir los materiales de respuesta, puede responder activamente a la apelación y escribir una declaración de defensa para enfatizar que el premio es correcto.

Si la empresa no está satisfecha después del arbitraje laboral, se llevará a los tribunales. Después de la sentencia del tribunal de primera instancia, si ambas partes o una de las partes están insatisfechas, pueden apelar nuevamente a la segunda instancia. la sentencia será definitiva. Si las partes no están satisfechas con el laudo arbitral de disputas laborales, podrán presentar una demanda ante los tribunales dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción del laudo, a menos que el laudo sea efectivo según lo exige la ley.

2. ¿A qué cuestiones se debe prestar atención al preparar una declaración de defensa?

La declaración de defensa en el arbitraje de conflictos laborales es presentada al comité de arbitraje de conflictos laborales por el demandado en El caso de arbitraje de disputas laborales. Un documento legal que establece las opiniones y los hechos. Las cuestiones a las que se debe prestar atención al preparar una respuesta y una carta de defensa son:

1. El comité de arbitraje revisará la apelación dentro de los 7 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de arbitraje de conflictos laborales del demandante, y luego tomar una decisión sobre si aceptarlo o no. Si se decide aceptar el caso, se enviará un aviso de aceptación del caso y un aviso de respuesta al demandante y al demandado dentro de los 7 días siguientes a la fecha de la decisión. Al mismo tiempo, se enviará una copia de la queja. se notificó al demandado, quien deberá presentar una demanda dentro de un plazo determinado.

2. El demandado deberá presentar escrito de contestación y las pruebas pertinentes dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de copia de la demanda.

3. El demandado debe presentar una respuesta a las solicitudes, hechos y motivos de la denuncia y, al mismo tiempo, citar leyes, reglamentos, disposiciones políticas y pruebas pertinentes para refutar, a fin de explicar. El caso del denunciante. El reclamo no tiene racionalidad ni legitimidad.

4. La réplica es un derecho del demandado, es decir, puede ejercerlo o renunciar a él. Esto lo decide enteramente el propio demandado y nadie más puede interferir. También podrá elegir la modalidad de defensa, que puede ser defensa oral o defensa escrita. Podrá defenderse durante la etapa preparatoria del arbitraje o durante el arbitraje.

5. Si el declarante es de una organización, deberá constar el nombre completo de la organización, firmado por el representante legal o responsable principal y sellado con el sello oficial de la organización.

Base Legal

“Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales”

Artículo 48

Opiniones de los trabajadores sobre el artículo 47 de esta Ley Si no está satisfecho con el laudo arbitral estipulado en el artículo 1, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción del laudo arbitral.