¿Es ilegal imitar la firma de una persona jurídica en un contrato laboral?
Es ilegal imitar la firma de una persona jurídica en un contrato laboral. Una firma imitada no puede representar el significado de la firma y no puede utilizarse como el verdadero significado de la persona jurídica ante la cual los trabajadores pueden quejarse. el departamento de inspección laboral donde se encuentra el empleador, o pueden ir a Solicitar arbitraje laboral ante el comité de arbitraje de disputas laborales donde se encuentra el empleador.
"Ley de Contrato de Trabajo"
Artículo 26 Son nulos o parcialmente nulos los siguientes contratos de trabajo:
(1) Por medio de fraude, coacción o aprovechamiento del peligro ajeno, haciendo que la otra parte celebre o modifique un contrato de trabajo en contra de su verdadera intención;
(2) El empleador se exime de responsabilidades legales y excluye los derechos de los trabajadores;
(3) ) Viola las disposiciones imperativas de leyes y reglamentos administrativos.
Si hay una disputa sobre la invalidez o invalidez parcial de un contrato laboral, será confirmada por la institución de arbitraje de disputas laborales o el tribunal popular.
Artículo 27 Si una parte del contrato de trabajo es nula, no afecta la validez de las demás partes, y las demás partes siguen siendo válidas.
Artículo 28: Si se confirma la invalidez del contrato de trabajo y el empleado ya ha trabajado, el empleador deberá pagarle una remuneración laboral. El monto de la remuneración laboral se determinará con referencia a la remuneración laboral de los trabajadores en puestos iguales o similares dentro de la unidad.