Colección de citas famosas - Colección de consignas - Recibo de notificación de arbitraje laboral

Recibo de notificación de arbitraje laboral

Recepción del servicio

?Laoren Zhongzi [20] No.

Causa de acción del destinatario

Unidad de servicio

Lugar de entrega

Emisor del documento de servicio Fecha de recepción por el repartidor Firma o sello del destinatario

Año, mes, día y hora

Año, mes, día y hora

Año, mes, día y hora

Año, mes, día y hora

Observaciones

Explicación “Certificado de Entrega”

1. Base del Documento

“Reglas de Arbitraje de Controversias Laborales y de Personal”

Artículo 23 El comité de arbitraje deberá dar respuesta a la notificación de los documentos de arbitraje. El destinatario deberá registrar la fecha de recepción y firmar o sellar el recibo de entrega. La fecha de recepción firmada por el destinatario en el recibo de entrega será la fecha de entrega.

Para el cálculo del plazo de arbitraje y el método de notificación de los documentos arbitrales, el comité de arbitraje podrá remitirse a las disposiciones pertinentes del litigio civil sobre el cálculo del plazo y el método de notificación.

2. Ámbito de uso del documento y problemas resueltos

Este documento es un formato de documento para que el comité de arbitraje lo complete al momento de entregar varios documentos de arbitraje.

3. Requisitos de llenado de documentos y asuntos que requieren atención

1. Para el método de notificación de los documentos de arbitraje, el comité de arbitraje puede referirse a las disposiciones pertinentes de los litigios civiles sobre el método de servicio.

2. La notificación de los documentos arbitrales se entregará directamente a la persona a la que se debe notificar. Si el destinatario es ciudadano y no se encuentra presente, el documento deberá ser entregado a su familiar adulto que viva con él para su firma, si el destinatario es una persona jurídica u otra organización, el documento deberá ser firmado por el representante legal del mismo; persona jurídica, la persona principal a cargo de la otra organización, o la persona jurídica, Organizar a la persona responsable de recibir el paquete para que firme por él, si el destinatario tiene un agente, puede enviarlo a su agente para que lo firme; si el destinatario ha designado un destinatario, el destinatario puede firmar por él. Será la fecha de entrega la fecha en que el familiar adulto, persona jurídica u otra organización encargada de recibir el documento, que conviva con el destinatario, encomiende a un agente o cobrador la firma del recibo de entrega.

3. Si la persona a ser notificada o los miembros adultos de su familia que viven con ella se niegan a recibir el documento de arbitraje, la persona que la notifica deberá invitar a representantes de las organizaciones o unidades de base pertinentes a estar presentes, explique la situación y escriba un documento en el recibo de notificación. El motivo y la fecha del rechazo serán registrados, firmados o sellados por la persona que entrega el documento y el testigo, y el documento de arbitraje se considerará entregado si lo es. dejado en el domicilio de la persona a ser notificada.

4. Si resulta difícil entregar los documentos de arbitraje directamente, puede confiar a otro comité de arbitraje para que los entregue en su nombre o enviarlos por correo. Si se entrega por correo, la fecha de recepción indicada en el acuse de recibo será la fecha de entrega.

5. Si se desconoce el paradero del destinatario, o la entrega no puede efectuarse por otro medio antes especificado, la entrega se hará mediante anuncio público. Transcurridos sesenta días desde la fecha de emisión del anuncio, se tendrá por enviado el cupón.

6. Cuando se entregue el anuncio, se deberán hacer constar en las observaciones los motivos y el proceso. ;