¿Cuál es la pena por utilizar la firma de otra persona para defraudar bienes raíces?
Artículo 224: El delito de fraude contractual; el delito de organización y dirección de esquemas piramidales, y cualquiera de las circunstancias siguientes. Por posesión ilícita, durante el proceso de suscripción y ejecución de un contrato, si la cantidad es relativamente elevada, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y concurrente o únicamente con multa. si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, se le impondrá una pena no inferior a tres años y diez años. También se le impondrá la siguiente pena de prisión de duración determinada, junto con una multa si la cantidad es especialmente elevada o no; Son otras circunstancias especialmente graves, la pena será de prisión fija no menor de diez años o cadena perpetua, y además será multa o decomiso de bienes:
(1) Utilizar una unidad ficticia o firmar un contrato a nombre de otra persona;
(2) usar letras falsificadas, alteradas, inválidas u otros certificados de derechos de propiedad falsos para una hipoteca;
(3) realizar una pequeña cantidad primero Contrato o ejecución parcial del contrato, engañando a la otra parte para continuar firmando y ejecutando el contrato sin la capacidad real de ejecutarlo;
(4) Después de recibir el pago, anticipo o propiedad garantizada de la otra parte ;
(5) Utilizar otros medios para defraudar a la otra parte en bienes.
En nombre de la venta de bienes, la prestación de servicios y otras actividades comerciales, las organizaciones y los líderes requieren que los participantes obtengan membresía pagando tarifas o comprando bienes y servicios, etc., y formen jerarquías en un orden determinado, directamente o indirectamente Quien utilice el número de personas desarrolladas como base para remuneración o descuento, induzca o coaccione a los participantes a continuar desarrollando esquemas piramidales en los que participen otros, defraude la propiedad y altere el orden económico y social, será sancionado con pena privativa de libertad de duración determinada de no mayor de cinco años o prisión penal, y además será multado si las circunstancias son graves, será sancionado con cinco años de prisión no menor de diez años y multa;