Colección de citas famosas - Colección de consignas - ¿Cuál es la pena por utilizar la firma de otra persona para defraudar bienes raíces?

¿Cuál es la pena por utilizar la firma de otra persona para defraudar bienes raíces?

Ley Penal

Artículo 224: El delito de fraude contractual; el delito de organización y dirección de esquemas piramidales, y cualquiera de las circunstancias siguientes. Por posesión ilícita, durante el proceso de suscripción y ejecución de un contrato, si la cantidad es relativamente elevada, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva, y concurrente o únicamente con multa. si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, se le impondrá una pena no inferior a tres años y diez años. También se le impondrá la siguiente pena de prisión de duración determinada, junto con una multa si la cantidad es especialmente elevada o no; Son otras circunstancias especialmente graves, la pena será de prisión fija no menor de diez años o cadena perpetua, y además será multa o decomiso de bienes:

(1) Utilizar una unidad ficticia o firmar un contrato a nombre de otra persona;

(2) usar letras falsificadas, alteradas, inválidas u otros certificados de derechos de propiedad falsos para una hipoteca;

(3) realizar una pequeña cantidad primero Contrato o ejecución parcial del contrato, engañando a la otra parte para continuar firmando y ejecutando el contrato sin la capacidad real de ejecutarlo;

(4) Después de recibir el pago, anticipo o propiedad garantizada de la otra parte ;

(5) Utilizar otros medios para defraudar a la otra parte en bienes.

En nombre de la venta de bienes, la prestación de servicios y otras actividades comerciales, las organizaciones y los líderes requieren que los participantes obtengan membresía pagando tarifas o comprando bienes y servicios, etc., y formen jerarquías en un orden determinado, directamente o indirectamente Quien utilice el número de personas desarrolladas como base para remuneración o descuento, induzca o coaccione a los participantes a continuar desarrollando esquemas piramidales en los que participen otros, defraude la propiedad y altere el orden económico y social, será sancionado con pena privativa de libertad de duración determinada de no mayor de cinco años o prisión penal, y además será multado si las circunstancias son graves, será sancionado con cinco años de prisión no menor de diez años y multa;