¿Qué debo hacer si me hago pasar por la firma del préstamo de otra persona? ! ! !
Análisis Legal
Si alguien más se hace pasar por mí para firmar sin mi conocimiento, no lo ratificaré, no asumiré responsabilidad legal, la responsabilidad será del firmante si lo es; Aprobado, debo asumir la responsabilidad. La firma es un acto de agencia. Si no lo sé, no tengo autoridad para actuar en mi nombre y no asumo ninguna responsabilidad legal. Sin embargo, si sé que otra persona firmó en mi nombre y no lo negó, o que yo lo ratifiqué, la firma es vinculante para mí y debo asumir la responsabilidad legal. De acuerdo con las disposiciones legales pertinentes, el mandante asumirá la responsabilidad civil sólo si ha ratificado el acto sin la autoridad de la agencia, excedió la autoridad de la agencia o después de que la autoridad de la agencia haya sido terminada, y el actor asumirá la responsabilidad civil por el acto que ha no ha sido ratificado. Se considerará consentimiento el conocimiento de que otros han realizado actos civiles en mi nombre sin negarlo. Un contrato es inválido en cualquiera de las siguientes circunstancias: una de las partes celebra el contrato mediante fraude o coacción, perjudicando los intereses del país, conspira maliciosamente, perjudicando los intereses del país, del colectivo o de un tercero, ocultando fines ilegales; en formas legales; perjudicar los intereses públicos; violar las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos.
Base Legal
Artículo 171 de los "Principios Generales del Derecho Civil de la República Popular China"* * *El actor no tiene autoridad de agencia, excede la autoridad de agencia, o continúa actuando como agente después de la terminación de la autoridad de agencia. Si es una persona, no será eficaz contra el principal sin la ratificación del principal. La contraparte podrá instar al comitente para que lo ratifique dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si el mandante no hace declaración, se entenderá como negativa a ratificar. Antes de que se ratifique el acto realizado por el actor, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocarlo. La revocación se efectuará mediante notificación. Si el acto realizado por el actor no ha sido ratificado, la contraparte de buena fe tiene derecho a exigir al actor el cumplimiento de la deuda o a exigirle la reparación del daño sufrido. Sin embargo, el alcance de la compensación no excederá los beneficios que la contraparte pueda obtener al ser ratificada por el agente. Si la contraparte sabe o debería saber que el autor no tiene autoridad para actuar, la contraparte y el autor serán responsables por sus respectivas faltas.