Una vez alcanzado el acuerdo sobre daños laborales, ¿se requiere la firma del árbitro?
Si la mediación entre las dos partes tiene éxito durante el proceso de arbitraje laboral, se puede solicitar al árbitro que emita una carta de mediación arbitral, la cual deberá ser firmada y confirmada por ambas partes. efecto después de que el árbitro firme y selle el sello oficial. Si una de las partes no cumple, la otra parte será responsable. Puede acudir al tribunal para solicitar una orden de pago o ejecución.
"Ley de Mediación y Arbitraje de Conflictos Laborales"
Artículo 14 Si se llega a un acuerdo mediante mediación, se preparará un acuerdo de mediación.
El acuerdo de mediación deberá ser firmado o sellado por ambas partes. Surtirá efecto después de ser firmado por el mediador y sellado con el sello de la organización de mediación. Será vinculante para ambas partes y deberá cumplirse. por las partes.
Si no se llega a un acuerdo de mediación en el plazo de quince días desde la fecha en que la organización de mediación de conflictos laborales recibe la solicitud de mediación, las partes podrán solicitar el arbitraje de conformidad con la ley.
Artículo 15 Después de llegar a un acuerdo de mediación, si una de las partes no cumple el acuerdo de mediación dentro del plazo especificado en el acuerdo, la otra parte podrá solicitar arbitraje de conformidad con la ley.
Artículo 16 Si se llega a un acuerdo de mediación para el pago de atrasos de remuneraciones laborales, gastos médicos por accidentes de trabajo, compensaciones económicas o daños y perjuicios, y el empleador no cumple con el plazo especificado en el acuerdo , el empleado puede presentar el acuerdo de mediación al empleador de conformidad con la ley. El Tribunal Popular solicita una orden de pago. El tribunal popular emitirá una orden de pago de conformidad con la ley.