¿A qué departamento se debe presentar una denuncia penal?
Análisis jurídico: A qué departamento se debe presentar una denuncia penal: 1. Denuncia. Para apelar, se debe presentar una petición. La petición puede ser escrita por el propio demandante, o puede hacer que un abogado u otra persona la escriba en su nombre. Sin embargo, la queja debe indicar la información básica y la información de contacto de las partes involucradas, así como los hechos y motivos de la queja. 2. Sentencias, resoluciones y demás documentos judiciales originales de primera y segunda instancia. Si el caso ha sido revisado o vuelto a juzgar por el tribunal popular, irá acompañado de una notificación de rechazo, una decisión de nuevo juicio, una sentencia de nuevo juicio y un fallo. 3. Otros materiales relacionados. Si hay nuevas pruebas que demuestren que los hechos determinados en la sentencia o fallo original son efectivamente erróneos, se deben adjuntar al mismo tiempo los materiales de prueba pertinentes; si se presenta una solicitud al Tribunal Popular para que realice una investigación y recopilación de pruebas, se deben presentar las pistas pertinentes; adjunto. Si la apelación no cumple con las regulaciones, el tribunal popular notificará al demandante para complementar los materiales, si el demandante se niega a complementar los materiales sin razones justificables, no será revisado. En resumen, se debe presentar una denuncia penal ante el Tribunal Popular y también se deben presentar los anexos pertinentes junto con la denuncia. Tales como sentencias o fallos de primera y segunda instancia, avisos de desestimación de recursos, etc. Las apelaciones deben tener fundamentos legales y fácticos, no pueden hacer demandas irrazonables y no deben alterar el orden de la oficina. Las apelaciones deben realizarse paso a paso de acuerdo con los procedimientos prescritos por la ley.
Base jurídica: Artículo 296 de la "Ley de Procedimiento Penal" Los tribunales populares de todos los niveles recurrirán las sentencias y resoluciones jurídicamente efectivas dictadas por las partes, sus representantes legales y familiares cercanos. Registro y revisión. con cuidado.
Artículo 297 de la Ley de Procedimiento Penal: Previa revisión, el Tribunal Popular tramitará las denuncias que no se ajusten a lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Procedimiento Penal como cartas o visitas.
Artículo 298 de la "Ley de Procedimiento Penal": La aceptación y revisión de las denuncias son realizadas generalmente por los tribunales populares que dictan sentencias y fallos con fuerza jurídica. Si la apelación se presenta directamente ante el tribunal popular de nivel superior, si no ha sido revisada y tramitada por el tribunal popular que emitió una sentencia o fallo jurídicamente efectivo, el tribunal popular de nivel superior podrá presentarla ante el tribunal popular. para revisión y notificación al denunciante si el caso es difícil, complejo o importante, o si el recurso ha sido revisado y tramitado por el tribunal popular que ha emitido sentencia o fallo jurídicamente eficaz, y el recurso persiste, el del pueblo; El tribunal popular de nivel superior puede aceptar y revisar directamente el caso, o el tribunal popular de nivel inferior también puede solicitar que la apelación se transfiera al tribunal popular de nivel superior para su revisión y tramitación.