El contrato laboral no fue firmado ni sellado por la empresa.
1. ¿Es válido el contrato de trabajo si no está firmado y sellado por la unidad?
Un contrato de trabajo sin la firma o sello del empleador no es válido. Lo que requiere el contrato es la firma o sello de ambas partes. La firma y el sello tienen el mismo efecto jurídico. Pero si se trata de una persona jurídica, lo mejor es tener un sello de persona jurídica. Si la unidad sólo coloca un sello pero no firma, siempre que el representante legal de la unidad desempeñe sus funciones y firme en nombre de la unidad, en lugar de celebrar un contrato en su propio nombre para sus propios asuntos, entonces el contrato es válido para la unidad.
Si el contrato celebrado por la empresa no está firmado y sellado, es una situación en la que el contrato no ha sido firmado. Aunque según la ley el empleador puede reclamar el doble del salario por un contrato no firmado, el empleador puede firmarlo en cualquier momento.
El contrato estaba firmado y sellado, imposibilitando a los trabajadores aportar pruebas. Por lo que se recomienda que los trabajadores requieran la firma y sello del empleador.
En segundo lugar, ¿es necesario tener un sello de empresa a la hora de firmar un contrato laboral?
Normalmente es el sello de persona jurídica de la empresa o sello de contrato.
Si las partes celebran un contrato en forma de contrato, el contrato quedará establecido cuando todas las partes firmen, sellen o tomen las huellas dactilares. Antes de firmar, sellar o tomar huellas dactilares, una de las partes ha cumplido con sus obligaciones principales, y el contrato queda establecido cuando la otra parte lo acepta.
Los contratos se celebrarán por escrito según lo estipulado por las leyes, los reglamentos administrativos o lo acordado por las partes. Si las partes no lo hacen por escrito, pero una parte ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra las ha aceptado, se forma un contrato.
Después de que el empleador firma un contrato laboral con sus empleados, la empresa solo necesita colocar el sello de empresa y el sello de persona jurídica o firma de persona jurídica. Por supuesto, al firmar un contrato laboral se debe anotar la fecha bajo la firma. La Oficina del Trabajo puede saber que el empleador y el empleado han firmado un contrato laboral al mismo tiempo.
3. ¿Qué debo hacer si el empleador no me da un contrato laboral?
Es ilegal que un empleador firme un contrato laboral con una empresa y rechace trabajadores. Los informes se pueden presentar al departamento de inspección laboral local. La celebración de un contrato de trabajo seguirá los principios de legalidad, equidad, igualdad, voluntariedad, consenso y buena fe. Un contrato de trabajo celebrado de conformidad con la ley es vinculante y el empleador y el empleado deben cumplir las obligaciones estipuladas en el contrato de trabajo.
Para establecer una relación laboral se debe celebrar un contrato laboral por escrito. Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, se debe celebrar un contrato laboral escrito dentro de un mes a partir de la fecha de empleo. Si el empleador y el empleado celebran un contrato laboral antes del empleo, la relación laboral se establece a partir de la fecha del empleo.
Un contrato de trabajo sin la firma o sello de la unidad no es válido. Al firmar un contrato laboral también se puede utilizar el sello de persona jurídica de la empresa. Los contratos laborales deben celebrarse por escrito. Los contratos de trabajo celebrados oralmente no tienen ningún efecto jurídico. Este contrato entra en vigor después de que ambas partes firmen el texto del contrato laboral, teniendo cada empleador y empleado una copia.