Colección de citas famosas - Colección de consignas - ¿Es ilegal hacerse pasar por una firma?

¿Es ilegal hacerse pasar por una firma?

Es ilegal hacerse pasar por la firma de otra persona. Si otra persona se hace pasar por mí para firmar sin mi conocimiento, y si yo no lo ratifico, no seré responsable legalmente y la persona que firmó en mi nombre asumirá la responsabilidad. Si se ratifica, asumiré la responsabilidad. Firmar en nombre de otra persona es un acto de agencia. Si la persona no conoce la firma, es un agente no autorizado y la persona no tiene responsabilidad legal. Sin embargo, si sé que otra persona firmó en mi nombre sin negarlo, o si es ratificado por mí, la firma será vinculante para mí y seré responsable legal.

1. Elementos del delito de suplantación de identidad:

1. El objeto de este delito es el orden normal de gestión de la sociedad, y el objeto de la infracción son los derechos de los demás a la educación, al trabajo y al trato;

2. El aspecto objetivo es que el perpetrador se haga pasar por el nombre de otra persona, obtenga avisos de admisión, falsifique archivos, registros de hogares, etc. en nombre de otros o robe los intereses de otras personas, para disfrutar de la educación que otros deben recibir y la condición de estudiante. , puesto de trabajo, identidad y trato que reciben;

3. El tema de este delito es un tema general. Principalmente personal relevante que domine la docencia, la gestión del estado de los estudiantes y la gestión del registro de hogares;

4. El aspecto subjetivo de este delito es la intencionalidad.

2. Normas de sentencia para el delito de suplantación de identidad:

1. Robar o suplantar la identidad de otra persona para reemplazar las calificaciones de admisión a la educación superior, las calificaciones de contratación de funcionarios públicos y los beneficios de colocación laboral de otras personas. , será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión preventiva o vigilancia penal, y también multa;

2 El que organice o instruya a otros a cometer los actos mencionados en el párrafo anterior. será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior;

3. Si un funcionario del Estado comete los hechos previstos en los dos párrafos anteriores y constituyan otros delitos, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el Castigo simultáneo por varios delitos.

Base jurídica: “Ley Penal de la República Popular China”

Artículo 280-1 El delito de utilización de documentos de identidad falsos y sustracción de documentos de identidad se refiere al delito de utilización de identidad falsa. documentos y robar documentos de identidad de acuerdo con el estado En actividades que estipulan que se requiere prueba de identidad, cualquier persona que utilice tarjetas de identificación de residente, pasaportes, tarjetas de seguro social, licencias de conducir y otros documentos falsificados, alterados o robados de otras personas que puedan usarse para demostrar su identidad conforme a la ley estará sujeto a detención o vigilancia penal si las circunstancias son graves. También se le podrá imponer una multa o una multa. Si la conducta prevista en el párrafo anterior se comete y constituye al mismo tiempo otros delitos, el infractor será condenado y castigado conforme a las disposiciones sobre penas más severas.

Artículo 280-2 Quien sustraiga o asuma la identidad de otra persona y sustituya el título de acceso a la enseñanza superior, el título de contratación de funcionario público o el tratamiento de colocación en el empleo obtenidos por otra persona, será castigado con pena privativa de libertad de duración determinada de no mayor a tres años, detención penal, o control e imposición de multas. Quien organice o encargue a otros la comisión de los actos mencionados en el párrafo anterior será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si un funcionario del Estado comete los hechos previstos en los dos párrafos anteriores y constituyan otros delitos, será sancionado conforme a las disposiciones de pena concurrente para varios delitos.