Reglamento de notarización de la Región Autónoma de Mongolia Interior
La notarización, como se menciona en estas regulaciones, se refiere a las actividades de las instituciones notariales nacionales para certificar la autenticidad y legalidad de actos jurídicos y hechos y documentos legalmente significativos basados en las solicitudes de ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones. Artículo 3 Los órganos administrativos judiciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son las autoridades competentes para la certificación notarial. Artículo 4 El notario observará los principios de autenticidad y legalidad en el tratamiento de los asuntos notariales.
La notaría se ocupa de los asuntos de notarización de forma independiente de conformidad con la ley, y ninguna unidad o individuo puede interferir. Capítulo 2 Instituciones Notariales y Notarios Artículo 5 La Notaría es una institución de certificación constituida de conformidad con la ley para ejercer la potestad notarial estatal.
La constitución, modificación y extinción de una notaría estará sujeta a la aprobación de los órganos administrativos judiciales de la comunidad autónoma de conformidad con la normativa nacional correspondiente.
No existe afiliación entre notarios. Artículo 6 El notario aplica el sistema de responsabilidad del director. El director de la notaría será seleccionado entre aquellos que hayan obtenido el título de notario y será aprobado por el departamento competente del gobierno popular del mismo nivel. Artículo 7 La notaría deberá desempeñar sus funciones de conformidad con la ley y prohibir las siguientes conductas:
(1) manejar asuntos de notarización más allá de su autoridad;
(2) participar en actividades notariales actividades por medios indebidos;
(3) Violar los procedimientos legales para la certificación notarial
(4) Malversar o apropiarse indebidamente de fondos y materiales en depósito en garantía;
(5) Deliberadamente; emitir documentos falsos; certificar documentos ante notario;
(6) Otros actos ilegales. Artículo 8 Por notario se entiende una persona que se especializa en la actividad notarial en una notaría y ha obtenido un certificado de práctica notarial de conformidad con la ley. Artículo 9 Los notarios deberán respetar las leyes y reglamentos, respetar las disciplinas profesionales y la ética profesional, mantener la confidencialidad para las partes y prohibir las siguientes conductas:
(1) Emitir notarizaciones que violen hechos y leyes;
(1) Emitir notarizaciones que violen hechos y leyes;
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(2) Transferir la culpa o rechazar la certificación notarial sin razones justificables;
(3) Emitir un certificado de notarización sin autorización en violación de los procedimientos;
(4) Solicitar por aceptar sobornos o buscar beneficios indebidos;
(5) Otros actos ilegales. Capítulo 3 Alcance de la notarización Artículo 10 Las partes podrán solicitar a la notaría la certificación de los siguientes actos jurídicos:
(1) La celebración, modificación o terminación de un contrato o acuerdo;
(2) Encomienda, garantía, donación y constitución, modificación o revocación de testamento;
(3) Declaración de inventario, división, transmisión, herencia y abandono de derechos reales y sucesorios;
(4) Adopción El establecimiento y disolución de relaciones y la reclamación de hijos;
(5) Emisión y cotización de valores, endoso de letras, negativa a aceptar y negarse a pagar;
(6) Premios, exámenes, concursos, Subastas y otras actividades;
(7) Recurso de derechos de acreedor o reconocimiento del deudor;
(8) Establecimiento; cambio y terminación de otras actividades legales. Artículo 11 Las partes podrán solicitar ante notario la certificación de los siguientes hechos y documentos jurídicamente significativos:
(1) Propiedad, derechos de herencia, derechos de marca, derechos de patente, reputación de la que gozan los ciudadanos, personas jurídicas o derechos de otras organizaciones y otros derechos civiles;
(2) Parentesco y estado civil;
(3) Circunstancias de nacimiento, supervivencia, residencia, muerte, si la persona ha sido sancionada penalmente , etc. ;
(4) Identidad, educación, experiencia, título profesional, cargo, nacionalidad;
(5) Calificaciones, estatutos, solvencia, créditos y deudas, y representante legal de personas jurídicas y otras organizaciones Cualificaciones en inventario, evaluación y liquidación de bienes;
(6) Copias, resúmenes, traducciones y fotocopias de documentos concordantes con los originales;
(7) Documentos y certificados Si la fecha, firma y sello son auténticos;
(8) Otros hechos y documentos con significado jurídico.
Artículo 12 Los interesados deberán solicitar a la notaría la legalización de los siguientes actos y documentos jurídicos: (1) Compraventa, hipoteca, donación, división, herencia y permuta de casas;
(2) Contratos de préstamo en forma de garantías, hipotecas y prendas;
(3) Arrendamientos, empresas conjuntas, subastas, fusiones y transferencias de derechos de propiedad de empresas estatales;
(4) Empresa asambleas de accionistas y acuerdo de participación;
(5) Licitaciones para proyectos de construcción grandes y medianos;
(6) Lotería y otras actividades de venta abiertas al público;
(7) Económicas Las actividades involucran actos legales de países extranjeros y Hong Kong, Macao y Taiwán;
(8) Otras leyes y regulaciones estipulan que se requiere certificación notarial y las partes acuerdan que la certificación notarial es un requisito importante para el establecimiento de actos jurídicos.
La notaría debe tramitar los asuntos que deban ser notariados con sencillez y prontitud de acuerdo con los requisitos especiales de plazos para asuntos de notarización. Artículo 13 A petición de las partes, la notaría se ocupará de los siguientes asuntos jurídicos relacionados con la notarización:
(1) Inventario de herencias, custodia de testamentos u otros documentos;
(2) Sellar las muestras;
(3) Responder consultas legales y redactar documentos legales relacionados con la notarización;
(4) Mediar disputas que surjan de la ejecución del contrato notarial ;
(5) Servir como consultor notarial para agencias estatales, empresas e instituciones, grupos sociales, otras organizaciones e individuos.