Colección de citas famosas - Colección de consignas - Cómo maneja el Tribunal Popular la incautación, el embargo y el embargo preventivo de bienes en los procesos penales

Cómo maneja el Tribunal Popular la incautación, el embargo y el embargo preventivo de bienes en los procesos penales

Artículo 1 Cuando el tribunal popular sella, embarga o congela los derechos muebles, inmuebles y otros derechos de propiedad de la persona sujeta a ejecución, dictará sentencia y la notificará a la persona sujeta a ejecución y a la persona que solicita la ejecución.

Si las medidas de sellado, detención o congelamiento requieren la asistencia de unidades o personas relevantes, el tribunal popular preparará un aviso de asistencia en la ejecución y lo enviará a la persona que asista en la ejecución junto con una copia de el fallo. La sentencia de precinto, detención o embargo y la notificación de asistencia a la ejecución adquieren efectos jurídicos desde el momento de su notificación.

Artículo 2 El tribunal popular podrá sellar, detener y congelar todos los bienes muebles propiedad del sujeto a ejecución, los bienes inmuebles registrados a nombre del sujeto a ejecución, bienes muebles específicos y otros derechos de propiedad.

Los edificios no registrados y los derechos de uso de la tierra se determinarán con base en los documentos de aprobación del derecho de uso de la tierra y otras pruebas relevantes.

Si un tercero confirma por escrito que el bien pertenece a la persona sujeta a ejecución, el tribunal popular podrá sellar, detener o congelar los bienes muebles en posesión del tercero o los bienes inmuebles, específicos bienes muebles y demás derechos reales registrados a nombre del tercero.

Artículo 3 Después de que el documento legal que sirve de base para la ejecución entre en vigor y antes de solicitar la ejecución, el acreedor podrá solicitar al tribunal popular con jurisdicción de ejecución la preservación de los bienes del deudor. El tribunal popular podrá dictar una decisión de preservación con referencia a las disposiciones del artículo 92 de la Ley de Procedimiento Civil, y la decisión de preservación se aplicará inmediatamente.

Artículo 4 Si se toman medidas de preservación de la propiedad antes del litigio, durante el litigio o el arbitraje, se convertirán automáticamente en medidas continuas de sellado, embargo y congelamiento después de entrar en los procedimientos de ejecución del artículo 29 de este Reglamento. Se aplicarán las disposiciones sobre el plazo para el precintado, la detención y el embargo.

Artículo 5 El Tribunal Popular no sellará, detendrá ni congelará los siguientes bienes de la persona sujeta a ejecución:

(1) Ropa, muebles, utensilios de cocina y vajillas. de la persona sujeta a ejecución y sus dependientes y otros elementos necesarios para la vida familiar;

(2) Gastos de subsistencia necesarios para la persona sujeta a ejecución y sus dependientes. Si existe un estándar mínimo de seguridad de vida local, los gastos de subsistencia necesarios se determinarán de acuerdo con este estándar;

(3) Artículos necesarios para que la persona sujeta a ejecución y sus dependientes completen la educación obligatoria;

(4) ) Invenciones u obras inéditas;

(5) Herramientas auxiliares y suministros médicos necesarios para los defectos físicos del sujeto a ejecución y de sus dependientes;

(6) Obtenido por la persona sujeta a ejecución medallas y otros artículos honoríficos;

(7) De conformidad con la "Ley de Procedimiento de la República Popular China para la Celebración de Tratados", la República Popular de China, el Gobierno de la República Popular China o sus departamentos gubernamentales celebran tratados con países extranjeros y organizaciones internacionales. Bienes exentos de embargo, incautación y congelamiento en tratados, acuerdos y otros documentos con naturaleza de tratado o acuerdo;

(8) Otros bienes cuya incautación, embargo o congelamiento esté prohibido según leyes o interpretaciones judiciales.

Datos ampliados

Las disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre la incautación, embargo y embargo de bienes durante la ejecución civil por parte del Tribunal Popular.

Artículo 20 Al sellar, detener o congelar los bienes del sujeto a ejecución, el albacea levantará acta en la que contendrá el siguiente contenido:

(a) El momento de la ejecución inicio y finalización de las medidas de implementación;

(2) La ubicación, tipo y cantidad de la propiedad;

(3) El custodio de la propiedad;

(4) Otros asuntos que deben registrarse.

El albacea y el custodio firmarán la transcripción. Si están presentes las personas señaladas en el artículo 224 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, las personas presentes también firmarán la transcripción.

Artículo 21 Los bienes del sujeto a ejecución serán sellados, detenidos o congelados en la medida en que sean suficientes para reembolsar el importe de los derechos del acreedor y los gastos de ejecución determinados en el documento legal. la cantidad es manifiestamente excesiva, no será sellada, retenida ni congelada.

Si se determina que la cantidad que excede el monto objetivo ha sido sellada, detenida o congelada, el tribunal popular levantará de inmediato la incautación, incautación o congelamiento de la parte de la propiedad que excede el monto objetivo. a petición del sujeto a ejecución o de oficio, pero los bienes no pueden dividirse, a menos que el sujeto a ejecución no tenga otros bienes disponibles para la ejecución o otros bienes sean insuficientes para pagar la deuda.

Artículo 22 El efecto de precintado y detención se aplicará a los embargos y frutos naturales de las cosas embargadas o embargadas.

Artículo 23 La eficacia del embargo de edificaciones sobre rasante y derechos de uso del suelo dentro del ámbito de su uso, salvo que el derecho de uso del suelo y la propiedad de las edificaciones sobre rasante pertenezcan al sujeto de ejecución. y otros.

Si la autoridad de registro de edificios sobre el suelo y los derechos de uso de la tierra no es la misma autoridad, el registro de sellado se manejará por separado.

Enciclopedia Baidu - Disposiciones del Tribunal Popular Supremo sobre la incautación, detención y congelación de bienes durante la ejecución civil por parte de los tribunales populares