Artículo 110 de la Ley de Procedimiento Penal
El artículo 110 de la "Ley de Procedimiento Penal" estipula que toda unidad o individuo que descubra hechos delictivos o presuntos delincuentes tiene el derecho y la obligación de denunciar el caso o denunciarlo ante el órgano de seguridad pública, la Fiscalía Popular o el Tribunal Popular.
Cuando nuestros tribunales conocen casos penales, tienen leyes procesales estrictas. Las leyes procesales de los casos penales generalmente se refieren a la ley procesal penal. Porque hay muchas cuestiones involucradas en el proceso de litigio del caso. Por ello, el texto completo de la Ley de Procedimiento Penal de nuestro país es muy detallado. Sin embargo, lo que les presentaré a continuación es lo que establece el artículo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
1. ¿Cuáles son las disposiciones del artículo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal?
Artículo 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Cualquier unidad y cuando los particulares descubren delito hechos o sospechosos de un delito, tienen el derecho y la obligación de denunciar el caso o denunciarlo ante los órganos de seguridad pública, la Fiscalía Popular o el Tribunal Popular.
Las víctimas tienen derecho a denunciar o acusar a los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares o los tribunales populares de hechos delictivos o de sospechosos de delitos que infrinjan sus derechos personales o patrimoniales.
Los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares o los tribunales populares aceptarán informes, acusaciones e informes. En los asuntos que no sean de su competencia, el caso se trasladará a la autoridad competente para su tratamiento, y se notificará al denunciante, denunciante y denunciante en los asuntos que no sean de su competencia y se deberán tomar medidas de emergencia, medidas de emergencia; se tomará primero y luego se transferirá a la autoridad competente.
Si el delincuente se entrega al órgano de seguridad pública, a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular, se aplicará lo dispuesto en el apartado 3.
2. Otras disposiciones relevantes de la Ley de Procedimiento Penal
"Ley de Procedimiento Penal"
Artículo 111 Los informes, acusaciones e informes podrán formularse por escrito o presentarse. oralmente. Los miembros del personal que acepten informes orales, acusaciones e informes de denuncia de irregularidades anotarán transcripciones, que serán firmadas o selladas por el denunciante, acusador o denunciante después de haber sido leídas correctamente.
El personal que acepte acusaciones o informes deberá explicar al acusador o denunciante la responsabilidad legal por acusaciones falsas. Sin embargo, siempre que los hechos o las pruebas no sean inventados, incluso si los hechos de la acusación o el informe son inconsistentes, o incluso se acusan erróneamente, deben distinguirse estrictamente de las acusaciones falsas.
El órgano de seguridad pública, la fiscalía popular o el tribunal popular garantizarán la seguridad del reportero, acusador, denunciante y sus familiares cercanos. Si el denunciante, acusador o denunciante no está dispuesto a revelar su nombre y la conducta de denunciar, acusar o denunciar, deberá mantener su secreto.
Artículo 112 El tribunal popular, la fiscalía popular o el órgano de seguridad pública revisarán con prontitud los materiales de las actas, acusaciones, informes y entregas según el ámbito de su competencia, y considerarán que existen hechos delictivos que requieran Responsabilidad penal Cuando se considere que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son evidentemente menores y no procede perseguir la responsabilidad penal, no se archivará la causa y se notificarán al acusador las razones por las que no se presentó la causa. . Si el acusador no está satisfecho, podrá solicitar la reconsideración.
Artículo 113: Si la Fiscalía Popular considera que los órganos de seguridad pública no han abierto un expediente a investigación en un caso que debe ser abierto a investigación, o la víctima considera que los órganos de seguridad pública no han abierto un expediente caso para investigación en un caso que deba abrirse para investigación, la Fiscalía Popular informará del caso a la Fiscalía Popular. Si el caso se archiva, la Fiscalía Popular deberá exigir al órgano de seguridad pública que explique los motivos por los que no se archiva el caso. Si la Fiscalía Popular considera que las razones del órgano de seguridad pública para no presentar un caso son insostenibles, notificará al órgano de seguridad pública para que presente el caso, y el órgano de seguridad pública archivará el caso después de recibir la notificación.
Artículo 114: Para los casos de acusación particular, la víctima tiene derecho a presentar la demanda directamente ante el Tribunal Popular. Si la víctima muere o queda incapacitada, el representante legal de la víctima y sus familiares cercanos tienen derecho a presentar una demanda ante el Tribunal Popular. El Tribunal Popular aceptará el caso de conformidad con la ley.
El artículo 110 de la "Ley de Procedimiento Penal" estipula las fuentes de materiales para la presentación de causas penales, la aceptación y procesamiento de materiales para la presentación de causas, y cualquier unidad e individuo tiene el derecho y la obligación de informar a la seguridad pública Las agencias gubernamentales, las fiscalías populares o los tribunales populares denuncian casos o denuncian hechos delictivos descubiertos o sospechosos de delitos.