La cooperativa profesional de agricultores celebra una asamblea general de miembros. ¿Todos los participantes tienen que firmar el acta?
Todos los participantes deberán firmar el acta de la reunión.
Artículo 34 de la "Ley de Cooperativas Profesionales de Agricultores":
La conferencia de socios, el congreso de socios, la junta directiva y la junta de supervisores de una cooperativa profesional de agricultores deberán tomar decisiones sobre los asuntos tratados en las reuniones. Los socios, representantes de los socios, directores y supervisores que asistieron a la reunión firmarán el acta de la misma.
Información ampliada:
Con el fin de estandarizar la organización y el comportamiento de las cooperativas profesionales de agricultores, fomentar, apoyar y orientar el desarrollo de las cooperativas profesionales de agricultores, proteger los derechos e intereses legítimos de las cooperativas profesionales de agricultores y sus miembros, y promover Para modernizar la agricultura y las zonas rurales, se formuló la "Ley de Cooperativas Profesionales de Agricultores".
Artículo 30:
Cuando una cooperativa profesional de agricultores celebre una asamblea general de socios, el número de asistentes deberá alcanzar más de dos tercios del número total de socios. Las elecciones o resoluciones tomadas por la asamblea general de miembros deberán ser aprobadas por más de la mitad del número total de derechos de voto de los miembros de la sociedad para modificar los estatutos o para la fusión, escisión, disolución, así como el establecimiento; o la incorporación a una sociedad conjunta deberá ser aprobada por más de dos tercios del número total de derechos de voto de los miembros de la sociedad.
Artículo 31:
La reunión de socios de las cooperativas profesionales de agricultores se celebrará al menos una vez al año, y la convocatoria de la reunión estará estipulada en los estatutos. Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, se convocará a una asamblea general extraordinaria de socios dentro de los 20 días: propuesta de más del 30% de los socios; propuesta del supervisor ejecutivo o de la junta de supervisores; otras circunstancias previstas en los estatutos; .
Artículo 32:
Si una cooperativa profesional de agricultores tiene más de 150 socios, podrá constituir una asamblea representativa de los socios de conformidad con lo dispuesto en los estatutos. El congreso de miembros podrá ejercer parte o la totalidad de las facultades del congreso de miembros de conformidad con lo dispuesto en los estatutos. Si una conferencia de representantes de miembros se establece de conformidad con la ley, el número de representantes de miembros es generalmente el 10% del número total de miembros y el número mínimo es 51.
Enciclopedia Baidu_¿Ley de cooperativas profesionales de agricultores de la República Popular China?