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¿El acuerdo de mediación laboral es jurídicamente vinculante?

Subjetividad jurídica:

La carta de mediación de conflictos laborales tiene efectos jurídicos. El tribunal arbitral realizará una mediación antes de dictar un laudo. La carta de mediación deberá ser firmada por el árbitro, sellada con el sello del Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales y entregada a ambas partes. El documento de mediación se vuelve legalmente vinculante una vez que es firmado por ambas partes.

Objetividad jurídica:

De acuerdo con lo establecido en las leyes, reglamentos y normas laborales, si se produce un conflicto laboral entre un empleador y un empleado, las partes pueden solicitar mediación, arbitraje , o iniciar litigio conforme a la ley, o podrán Resolver mediante negociación. Sin embargo, el acuerdo de mediación celebrado por la agencia de mediación (comité de mediación de la empresa, sindicato o departamento administrativo laboral) basado en los resultados de la negociación entre las dos partes no tiene el efecto legal de ejecución. Si una de las partes no cumple el acuerdo de mediación, la otra parte no puede solicitar su ejecución ante el Tribunal Popular. Sólo serán jurídicamente vinculantes los documentos de mediación emitidos por la Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales y el Tribunal Popular autorizados por el Estado con base en los resultados de la negociación de las partes durante los procesos de arbitraje y litigio. Si una de las partes no cumple el acuerdo de mediación emitido por el Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales y el Tribunal Popular, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular. La mediación de conflictos laborales se refiere a una actividad en la que el comité de mediación promueve el entendimiento mutuo y la acomodación, llega a un acuerdo mediante consultas democráticas y elimina los conflictos basándose en la determinación de los hechos, distinguiendo el bien del mal y aclarando las responsabilidades de conformidad con las leyes laborales nacionales y reglamentos, así como los reglamentos empresariales y los contratos de trabajo formulados de conformidad con la ley. La mediación de conflictos laborales es una actividad para resolver conflictos internos dentro de una empresa bajo los auspicios del comité de mediación de la empresa. Aunque la mediación no es un procedimiento necesario para manejar conflictos laborales, es la "primera línea de defensa" en el sistema de resolución de conflictos laborales y desempeña un papel muy importante en la resolución de conflictos laborales, especialmente para los empleados que esperan seguir trabajando en su empleador original. La mediación es el primer paso para resolver conflictos laborales. Tiene las ventajas de ser oportuno, fácil de comprender la situación y conveniente para que ambas partes en el conflicto participen en las actividades de mediación. Es una parte importante del sistema de solución de conflictos laborales de mi país. ¿Cuáles son las organizaciones de mediación laboral basadas en el conocimiento relevantes? (1) Comités de mediación de conflictos laborales empresariales (2) Organizaciones populares de mediación de base (3) Organizaciones establecidas en pueblos, ciudades y calles con funciones de mediación de conflictos laborales. El comité de mediación de conflictos laborales de empresa está compuesto por representantes de los trabajadores y representantes de la empresa. En caso de conflicto laboral, las partes pueden solicitar la mediación a las siguientes organizaciones de mediación: comités de mediación de conflictos laborales de empresa; organizaciones de mediación populares de base establecidas de conformidad con la ley; organizaciones establecidas en ciudades y calles con funciones de mediación de conflictos laborales; El comité de mediación de conflictos laborales de empresa está compuesto por representantes de los trabajadores y representantes de la empresa. Los representantes de los trabajadores son atendidos por miembros del sindicato o elegidos por todos los empleados, y los representantes de la empresa son designados por el responsable de la empresa. El director de la comisión de mediación de conflictos laborales de la empresa deberá ser un afiliado sindical o una persona recomendada por ambas partes. Los mediadores de las organizaciones de mediación de conflictos laborales deben ser ciudadanos adultos que sean justos y rectos, que tengan contacto con las masas, que estén entusiasmados con la mediación y que tengan cierto conocimiento jurídico, nivel político y nivel cultural. Las partes podrán solicitar por escrito u oralmente la mediación de conflictos laborales. Si la solicitud se hace verbalmente, la organización de mediación dejará constancia en el acto de la situación básica del solicitante, los asuntos en litigio, los motivos y el plazo para solicitar la mediación. Al mediar en conflictos laborales, uno debe escuchar atentamente las declaraciones de hechos y motivos de ambas partes, guiarlas con paciencia y ayudarlas a llegar a un acuerdo. Si se llega a un acuerdo mediante mediación, se preparará un acuerdo de mediación. El acuerdo de mediación deberá ser firmado o sellado por ambas partes. Entrará en vigor después de haber sido firmado por el mediador y sellado con el sello de la organización de mediación. Será vinculante para ambas partes y será ejecutado por ambas partes. Si la organización de mediación de conflictos laborales no logra llegar a un acuerdo de mediación dentro de los quince días siguientes a la fecha en que la organización de mediación de conflictos laborales recibe la solicitud de mediación, las partes podrán solicitar el arbitraje de conformidad con la ley.