Colección de citas famosas - Libros antiguos - ¿Es legal que el tomador y el asegurado firmen un contrato de seguro por la misma persona?

¿Es legal que el tomador y el asegurado firmen un contrato de seguro por la misma persona?

Después de que un viejo amigo se enteró de que había comprado una póliza de seguro para su hijo, le recordó que la póliza debe estar firmada por el asegurado para que sea efectiva. Sin la firma de su hijo, sería una póliza inválida. . Pero el asesor telefónico de la compañía de seguros le dijo que no se preocupara: no todas las pólizas de seguro requieren la firma del asegurado. El tío Zhang está un poco confundido. ¿Quién tiene razón? La respuesta a la pregunta anterior es muy clara. La póliza de seguro debe ser firmada por el propio tomador del seguro, sin embargo, si el tomador del seguro es una persona sin o con capacidad limitada para la conducta civil, la póliza puede ser firmada por su tutor, pero. no por nadie más. Si el asegurado no puede firmar por sí mismo debido a razones físicas como discapacidad, puede hacer que su vendedor designado firme en su nombre a través de procedimientos legales. Esta última cuestión es un poco más complicada y puede analizarse según las tres situaciones siguientes: En primer lugar, el tomador del seguro y el asegurado son la misma persona. No hay problema. La póliza debe estar firmada por el tomador, lo que significa que el asegurado la ha firmado. En segundo lugar, el tomador y el asegurado son dos personas, y la póliza no incluye responsabilidad por fallecimiento. En este caso, solo se requiere la firma del tomador del seguro, no siendo necesaria la firma personal del asegurado. En tercer lugar, el titular de la póliza y el asegurado son dos personas y la póliza contiene responsabilidad por indemnización por fallecimiento. En este caso, la póliza sin el consentimiento por escrito del asegurado y el reconocimiento del monto asegurado no es válida. La "Ley de Seguros" estipula: Un contrato que exija el fallecimiento como condición para el pago de las prestaciones del seguro será nulo sin el consentimiento por escrito del asegurado y el reconocimiento del importe del seguro. Las pólizas de seguro emitidas de conformidad con un contrato que exige la muerte como condición para el pago de los beneficios del seguro no podrán transferirse ni pignorarse sin el consentimiento por escrito del asegurado. Sin embargo, los seguros de vida adquiridos por los padres para sus hijos menores no están sujetos a esta norma. Cabe mencionar que no es el mismo concepto el consentimiento por escrito del asegurado para ser asegurado y el reconocimiento del monto del seguro, que la suscripción de la póliza de seguro. El tomador del seguro que firma la póliza no sólo es responsable de la autenticidad del contenido de la póliza, sino que también tiene la obligación de pagar la prima del seguro. Después de comprender los principios anteriores, en la situación del Sr. Zhang, sólo necesitamos averiguar si su póliza tiene responsabilidad por indemnización por fallecimiento. Si es así, su hijo mayor (el asegurado) debe firmar personalmente la póliza de seguro. para firmar.

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