Reglas detalladas de implementación del Reglamento de ascenso de rango en el servicio civil
"Medidas para la Gestión de Cargos, Rangos y Niveles de los Servidores Públicos"
Artículo 9 Los servidores públicos que sean promovidos a cargos directivos deberán reunir las calificaciones y de conformidad con las normas del "Partido y Cuadros dirigentes del gobierno" Se aplicarán el Reglamento sobre selección y nombramiento y las leyes, reglamentos y estatutos pertinentes. Entre ellas, las condiciones mínimas de permanencia para el ascenso a puestos de liderazgo a nivel de municipio y de sección son:
(1) Aquellos que son promovidos a puestos de liderazgo a nivel de municipio y de sección deben haber servido como diputados del municipio. líderes de nivel durante más de 2 años, o como líderes adjuntos a nivel municipal y de sección Un total de más de 2 años en puestos de liderazgo adjunto en los niveles tercero y cuarto y niveles equivalentes, o más de 2 años de experiencia acumulada como tercero. - y funcionario jefe de gabinete de cuarto nivel y rangos equivalentes, o funcionario jefe de gabinete de cuarto nivel y rangos jerárquicos equivalentes por más de 2 años.
(2) Aquellos que son promovidos a puestos de liderazgo adjunto a nivel de sección municipal deben haber servido como miembros de sección de primer nivel y rangos equivalentes durante más de 3 años.
Artículo 11: Una vez que los funcionarios públicos recién contratados aprueben el examen al final de su período de prueba, su rango y grado se determinarán de conformidad con las normas pertinentes.
Artículo 12 Para los servidores públicos que ingresan a la agencia por selección social, traslado, etc., su nivel se basará en el nuevo cargo de liderazgo y el primer grado del cargo, combinado con su cargo original, trabajo. experiencia y antecedentes culturales. Otras condiciones se determinarán con referencia al personal similar en la agencia.
Artículo 13 Luego de que un funcionario público sea ascendido a un puesto o rango de liderazgo, si el nivel original es inferior al nivel más bajo correspondiente al nuevo puesto o rango de liderazgo, será promovido al nivel más bajo correspondiente. al nuevo puesto o rango de liderazgo; el nivel original ha sido reemplazado por el nuevo puesto o rango de liderazgo. Aquellos cuyos puestos y rangos de liderazgo correspondan al rango correspondiente serán promovidos a un nivel sobre la base del nivel original, además de. siendo ascendido a investigadores de primer y tercer nivel, secretarios jefe de primer y tercer nivel y rangos equivalentes.
Artículo 14: Los funcionarios públicos cuyos resultados de evaluación anual acumulada durante cinco años sean todos competentes o superiores podrán ser promovidos a un nivel dentro del rango correspondiente de puestos y rangos de liderazgo.
Artículo 15: El rango de un funcionario público que ocupa un puesto de liderazgo se determinará después de que renuncie al cargo de liderazgo, y el funcionario público será reducido a un puesto de liderazgo si se determina que es incompetente. debido a evaluación anual, esté sujeto a ajustes o manejo organizacional, o sea sancionado, rango y nivel, se implementará de acuerdo con la normativa pertinente.