Colección de citas famosas - Libros antiguos - ¿El Acuerdo de asignación de propiedad del hermano sólo es legalmente vinculante si se firma?

¿El Acuerdo de asignación de propiedad del hermano sólo es legalmente vinculante si se firma?

El acuerdo de asignación de bienes raíces de los hermanos solo es válido si se firma ante notario, será más vinculante legalmente. Un acuerdo de división de propiedad firmado por miembros de la familia es un acto personal y debe implementarse después de la firma, siempre que estén todos firmados, todavía tiene base legal.

Análisis Legal

Una carta acuerdo es un acuerdo en la vida social donde dos o más partes que colaboran, con el fin de proteger sus respectivos derechos e intereses legítimos, llegan a un acuerdo mediante consulta mutua. por ambas partes o por varias partes. Finalmente, materiales escritos firmados. Un acuerdo es un tipo de documento contractual. Es un documento de solicitud legalmente vinculante firmado por dos o más partes después de llegar a un acuerdo mediante negociación para resolver o prevenir disputas, o establecer una determinada relación jurídica y realizar ciertos intereses y deseos comunes. El objetivo de celebrar un acuerdo es fijar mejor institucional e incluso jurídicamente las responsabilidades asumidas por el acuerdo entre las dos partes. Como documento documental vinculante que puede aclarar los derechos y obligaciones de cada uno, el acuerdo es vinculante para ambas partes (o para varias partes). Puede supervisar a ambas partes para que cumplan sus promesas y restrinja el comportamiento imprudente y lamentable. el de un contrato. Los acuerdos orales no son válidos. Hay tres formas de acuerdos escritos, a saber, los términos del contrato, los acuerdos independientes y otras formas escritas como cartas, telegramas, faxes, correos electrónicos, etc. Por tanto, firmar un acuerdo de división de propiedad equivale a firmar un contrato y es jurídicamente vinculante.

Base Legal

Artículo 143 de la “República Popular China y Código Civil” los actos jurídicos civiles son válidos si cumplen las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la Capacidad correspondiente por conducta civil; (2) La manifestación de intención es verdadera; (3) No viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos, y no viola el orden público y las buenas costumbres.

Artículo 144: Son nulos los actos jurídicos civiles realizados por personas sin capacidad para conducta civil.

Artículo 146: Son nulos los actos jurídicos civiles realizados por el actor y la contraparte con falsa intención. La validez de los actos jurídicos civiles encubiertos con falsas intenciones se regulará de conformidad con las disposiciones legales pertinentes.