Interpretación judicial del derecho de sociedades para retirar capital
Subjetividad jurídica:
Artículo 36 de la “Ley de Sociedades Anónimas” Una vez constituida la sociedad, los accionistas no podrán retirar su capital. Artículo 12 de la "Interpretación Judicial Tercera de la Ley de Sociedades" Artículo 12 Una vez constituida la sociedad, si la sociedad, los accionistas o los acreedores de la sociedad solicitan que la conducta del accionista correspondiente cumpla con una de las siguientes circunstancias y lesione los derechos de la sociedad y intereses, el Tribunal Popular determinará que el accionista ha retirado capital Apoyo: (1) Transferir aportes de capital a la cuenta de la empresa para verificación de capital y luego transferirlos (2) Transferir aportes de capital a través de relaciones ficticias entre acreedor y deuda (3) Hacer. estados financieros falsos para inflar las ganancias para su distribución (4) Utilizar transacciones relacionadas para transferir ganancias. Transferencia de aportes de capital (5) Otros actos de retiro de aportes de capital sin procedimientos legales. Objetividad jurídica:
Artículo 200 de la "Ley de Sociedades": Responsabilidad jurídica por evadir aportes de capital Si los promotores o accionistas de una sociedad evacuan sus aportes de capital después de la constitución de la sociedad, la autoridad de registro mercantil lo ordenará. hacer rectificaciones e imponer sanciones por los aportes de capital evadidos. Multa no menor del 5% ni mayor del 15% del monto.