¿Existe una transcripción de la sentencia pública?
Subjetividad jurídica:
1. Si existe una transcripción del veredicto cuando el veredicto se anuncia públicamente. Hay una transcripción del veredicto cuando el veredicto se anuncia públicamente. El secretario registrará todas las actividades del juicio judicial en una transcripción, firmada por los jueces y el secretario, y la transcripción será leída en el tribunal, o por las partes y otros participantes en el litigio en el tribunal o dentro de los cinco días para la objetividad jurídica:
Artículo 11 de la Ley de Procedimiento Penal: Todos los casos juzgados por los tribunales populares se llevarán a cabo en público, salvo disposición en contrario en esta ley. El acusado tiene derecho a obtener una defensa y el Tribunal Popular tiene la obligación de garantizar que el acusado obtenga una defensa. Artículo 148 El Tribunal Popular pronunciará públicamente sentencias sobre los casos que se conozcan en público o no. Si la sentencia se pronuncia en tribunal, la sentencia se enviará dentro de los diez días; si la sentencia se pronuncia de manera regular, la sentencia se enviará inmediatamente después de que se pronuncie la sentencia; Cuando se dicte sentencia, se deberá informar a las partes de sus derechos de recurso, del plazo para recurrir y del tribunal ante el que podrán recurrir. Cuando se anuncia una sentencia de divorcio, se debe informar a las partes que no podrán volver a casarse antes de que la sentencia entre en vigor legalmente.