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Los investigadores preguntan a los testigos cuántas firmas se necesitan

Para interrogar a los testigos se requieren al menos dos investigadores y se requieren sus firmas.

Se deben preparar las transcripciones del interrogatorio. Al final del interrogatorio, las transcripciones deben entregarse a la persona interrogada para su verificación. A los testigos que no saben leer se les deben leer las transcripciones. Si hay errores u omisiones en la transcripción, el interrogado podrá hacer correcciones o adiciones. Después de la verificación, el interrogado deberá firmar. A los testigos se les debe permitir escribir sus propias declaraciones si así lo desean. Cuando sea necesario, los fiscales también pueden exigir a los testigos que escriban sus testimonios de su propia mano.

Base jurídica

El artículo 192 del "Reglamento de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular" estipula que el interrogatorio de los testigos será realizado por los fiscales. Durante la instrucción habrá por lo menos dos fiscales o procuradores y secretarios.

El artículo 193 del "Reglamento de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular" estipula que el interrogatorio de los testigos puede realizarse en el lugar, en la unidad, residencia o lugar propuesto por el testigo. Cuando sea necesario, también se podrá convocar a testigos para que presten testimonio ante la Fiscalía Popular. Si la investigación se practica en el lugar propuesto por el testigo, se hará constar en el acta.

Los testigos deben ser interrogados individualmente.

Al interrogar a los testigos en el lugar de los hechos, se deben presentar identificaciones de trabajo. Al interrogar a un testigo en su unidad, residencia o lugar propuesto por el testigo, se le presentarán documentos de certificación de la Fiscalía Popular.