¿Qué es el Partido Demócrata Progresista?
Artículo 33 Las organizaciones locales de esta asociación son: comités provinciales, comités regionales autónomos y comités municipales provinciales (región autónoma), comités municipales, comités regionales y comités de prefectura autónoma; ; comités de condado, comités de ciudad a nivel de condado y comités de distrito en los municipios provinciales.
Artículo 34 La reunión local de miembros o reunión de representantes de los miembros de la Asociación se celebra cada cinco años, si es necesario, podrá celebrarse con antelación o posponerse con la aprobación de la organización superior.
Los congresos locales de miembros de todos los niveles son convocados por comités del mismo nivel. El número de diputados al congreso y los métodos de selección de ellos serán determinados por la comisión del mismo nivel o por la comisión permanente.
Artículo 35 Las funciones y poderes de las conferencias locales de membresía o congresos miembros en todos los niveles son:
(1) Implementar las resoluciones y tareas del Congreso Nacional, el Comité Central y organizaciones superiores;
(2) Escuchar, revisar y aprobar los informes del comité del mismo nivel;
(3) Discutir y decidir sobre los asuntos importantes del comité; mismo nivel;
(4) Elegir comités de pares.
Artículo 36: La duración de cada comité local en todos sus niveles es de cinco años. Si la reunión de miembros o la reunión de representantes de miembros del mismo nivel se celebra con antelación o se pospone, su mandato también se modificará en consecuencia.
El número de miembros de los comités locales en todos los niveles será propuesto por el comité o comité permanente del nivel superior y presentado a la organización de nivel superior para su aprobación.
El pleno de los comités locales de todos los niveles se celebra una vez al año y es convocado por el comité local o comité permanente. Puede celebrarse con antelación o posponerse cuando sea necesario.
La primera reunión de los nuevos comités locales de todos los niveles está presidida por el coordinador del presidium.
Artículo 37: Los comités locales de todos los niveles dirigirán el trabajo de las organizaciones locales del mismo nivel y representarán a las organizaciones locales del mismo nivel durante el período entre sesiones de la conferencia de miembros o de la conferencia de representantes de miembros.
Las funciones y atribuciones de los comités locales en todos los niveles son:
(1) escuchar, revisar y aprobar los informes del comité o comité permanente del mismo nivel; p>
(2) para discutir Decidir sobre asuntos importantes de la organización al mismo nivel;
(3) Elegir al presidente, vicepresidente y miembros del comité permanente del comité al mismo nivel ;
(4) Cuando sea necesario, con el consentimiento de la organización de nivel superior, puede ajustar los miembros del comité minoritario al mismo nivel.
Artículo 38: Los comités locales de cada nivel tendrán un presidente y varios vicepresidentes, quienes serán elegidos por el pleno del comité del mismo nivel y reportados al organismo de nivel superior para su aprobación. . El mandato del Presidente y del Vicepresidente será el mismo que el de la comisión actual.
Artículo 39: Los comités locales de todos los niveles podrán establecer comités permanentes cuando sea necesario. El Comité Permanente es elegido por el pleno del comité del mismo nivel y tiene el mismo mandato que el comité actual.
La comisión permanente ejercerá las funciones y facultades de la comisión cuando no se encuentre reunido el pleno de la comisión del mismo nivel.
Los presidentes y vicepresidentes de los comités locales de distintos niveles son los presidentes y vicepresidentes de los comités permanentes del mismo nivel.
Los presidentes y vicepresidentes de los comités locales de todos los niveles forman una reunión del presidente para dirigir el trabajo diario del comité. La reunión del director es convocada y presidida por el presidente.
Artículo 40: Los comités locales de todos los niveles podrán nombrar un secretario general según sea necesario, quien será designado por la asamblea de directores y designado por el comité permanente del mismo nivel (si no hay un secretario permanente). comité, el secretario general será nombrado por el comité del mismo nivel) y reportará al siguiente nivel superior de aprobación de la Organización.
Los comités locales de todos los niveles podrán establecer secretarios generales adjuntos y departamentos de trabajo necesarios según sea necesario. Los jefes de cada departamento de trabajo son seleccionados de acuerdo con lo establecido en la Ley del Servidor Público Nacional, y son designados por la Asamblea de Presidentes, y notificados al Comité Permanente del mismo nivel (si no existe Comité Permanente, el comité del se notifica el mismo nivel).
Establecer varios comités especiales según sea necesario. El establecimiento de su organización y la elección de su director serán decididos por el comité permanente del mismo nivel (si no hay comité permanente, la decisión será tomada por el comité del mismo nivel).