Cómo realizar el tratamiento contable de las empresas relacionado con las herramientas de mitigación del riesgo de crédito corporativo
P: ¿Cómo deben las empresas llevar a cabo el tratamiento contable cuando realizan negocios relacionados con instrumentos de mitigación del riesgo de crédito? Respuesta: Los instrumentos de mitigación del riesgo de crédito se refieren a contratos de mitigación del riesgo de crédito, certificados de mitigación del riesgo de crédito y otros derivados crediticios para gestionar el crédito. riesgo. Un contrato de mitigación del riesgo de crédito se refiere a un acuerdo alcanzado por ambas partes de la transacción, que acuerda que dentro de un cierto período en el futuro, el comprador de protección crediticia pagará tarifas de protección crediticia al vendedor de protección crediticia de acuerdo con los estándares y métodos acordados. , y el vendedor de protección crediticia pagará al vendedor de protección crediticia la deuda objeto acordada. Un contrato financiero que proporciona al comprador protección contra el riesgo crediticio. Los certificados de mitigación del riesgo de crédito se refieren a certificados de valor negociable creados por instituciones distintas a la entidad en cuestión para brindar protección contra el riesgo de crédito al titular del certificado sobre la deuda en cuestión. El comprador y el vendedor de protección crediticia determinarán si el instrumento de mitigación del riesgo de crédito es un contrato de garantía financiera con base en los términos del contrato del instrumento de mitigación del riesgo de crédito y de conformidad con el principio de fondo sobre la forma, y manejarán las siguientes situaciones respectivamente: (1 ) Es un contrato de garantía financiera Instrumentos de mitigación del riesgo de crédito, excepto para las sociedades de garantía de financiación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la "Interpretación N° 4 de las Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales", los compradores y vendedores de protección crediticia deberán seguir el "Reconocimiento y Medición de Instrumentos Financieros N° 22 de Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales”. El tratamiento contable se realizará de conformidad con lo establecido en los correspondientes contratos de garantía financiera. Entre ellos, las tarifas de protección crediticia pagadas por el comprador de protección crediticia y los ingresos de protección crediticia obtenidos por el vendedor de protección crediticia se amortizarán de forma razonable durante el período del contrato de garantía financiera y se incluirán en las ganancias y pérdidas de cada período. (2) Para otros instrumentos de mitigación de riesgo de crédito que no sean contratos de garantía financiera, el comprador y vendedor de protección crediticia deberán clasificarlos como derivados para su tratamiento contable de conformidad con lo establecido en las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 22 Reconocimiento y Medición de Instrumentos financieros". Un contrato de garantía financiera se refiere a un contrato que requiere que el emisor pague una cantidad específica de compensación al titular del contrato que ha sufrido una pérdida cuando un deudor específico no puede pagar de acuerdo con los términos originales o modificados del instrumento de deuda a su vencimiento.