¿Qué tipo de firma electrónica tiene eficacia jurídica?
Subjetividad jurídica:
Los requisitos para que una firma electrónica tenga validez jurídica incluyen: que la identidad haya sido autentificada efectivamente por un tercero y cumpla con los requisitos de certificación que marca la ley; la firma electrónica puede identificar al firmante y el momento de la firma, es a prueba de manipulaciones y cumple con los requisitos para firmas electrónicas efectivas estipuladas por la ley; el mensaje de datos original puede mantener de manera confiable la integridad del contenido, es a prueba de manipulaciones y cumple con los requisitos; forma original y requisitos de conservación del archivo establecidos por la ley. Objetividad jurídica:
El artículo 143 del Código Civil es válido para los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil (2) La expresión de la intención es verdadera; (3) No violar las disposiciones imperativas de las leyes y reglamentos administrativos, y no violar el orden público y las buenas costumbres. Artículo 469 Las partes pueden celebrar un contrato en forma escrita, oral u otras formas. Son formas escritas los contratos, cartas, telegramas, télex, faxes y otras formas que puedan expresar tangiblemente el contenido de los mismos. Se considerarán escritos los mensajes de datos que puedan expresar tangiblemente el contenido mediante intercambio electrónico de datos, correo electrónico, etc., y que puedan recuperarse en cualquier momento.