Panel colegiado de tres personas, varios jurados
Base Legal
Artículo 14 de la "Ley de Asesores Populares" Cuando los asesores populares participan en un juicio, ya sea que formen un panel colegiado de tres miembros o un panel colegiado de siete miembros, el juez presidente actuará como juez presidente. El artículo 2 de la "Ley de Asesores del Pueblo" estipula que los asesores del pueblo participan en las actividades judiciales del Tribunal Popular de conformidad con la ley y disfrutan de los mismos derechos que los jueces, a menos que la ley disponga lo contrario. Los asesores del pueblo no pueden actuar como jueces presidentes debido a circunstancias "dispuestas de otro modo por la ley". Los jueces tienen más conocimientos jurídicos profesionales que los asesores populares y están más familiarizados con las normas procesales para conocer de los casos. Como juez presidente, el juez puede proporcionar orientación precisa y completa y obligaciones de recordatorio a los miembros del jurado no profesionales del derecho, lo que contribuye a garantizar mejor el buen progreso del juicio y la eficacia y calidad del juicio.