Reglamento de Administración y Supervisión de Metrología de Shanghai (revisión de 2010)
Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión y gestión de las mediciones, garantizar la unidad del sistema nacional de unidades de medida y la exactitud y confiabilidad de los valores, promover el desarrollo de la producción, el comercio y la ciencia y la tecnología. y salvaguardar al estado, las entidades legales y los ciudadanos De acuerdo con la "República Popular China y la Ley Nacional de Metrología" y otras leyes y reglamentos pertinentes, y en combinación con la situación real de esta ciudad, se formulan estos reglamentos. Artículo 2 Este Reglamento se aplica a las actividades de metrología y su supervisión y gestión dentro de la región administrativa de esta ciudad.
Las actividades de medición mencionadas en estas regulaciones se refieren al establecimiento de instrumentos estándar de medición, verificación o calibración de instrumentos de medición, fabricación, reparación, venta y uso de instrumentos de medición, uso de unidades de medición y recolección, formación, emisión y nominalizar, publicar datos de mediciones y otras actividades. Artículo 3 La Oficina Municipal de Calidad y Supervisión Técnica de Shanghai (en adelante, la Oficina Municipal de Calidad y Supervisión Técnica) es el departamento administrativo a cargo del trabajo metrológico en esta ciudad y es responsable de la organización e implementación de este Reglamento.
Las oficinas de supervisión técnica y de calidad del distrito y del condado (en adelante, oficinas de supervisión técnica y de calidad del distrito o del condado), bajo el liderazgo de la oficina de supervisión técnica y de calidad municipal, son responsables de la supervisión de las mediciones. y gestión dentro de sus respectivas regiones administrativas según la división de responsabilidades.
El Cuerpo de Inspección y Supervisión Técnica y de Calidad de Shanghai (en adelante, el Cuerpo de Inspección y Supervisión Técnica y de Calidad Municipal), que está bajo la jurisdicción de la Oficina Municipal de Supervisión Técnica y de Calidad, implementa sanciones administrativas. de conformidad con la autorización de este reglamento. Artículo 4: Otros departamentos administrativos pertinentes de esta ciudad coordinarán la implementación de este Reglamento de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 5 Al realizar actividades de medición, se seguirán los principios de estandarización científica y buena fe para garantizar la estabilidad y confiabilidad de los instrumentos de medición y la precisión y coherencia de los datos de medición. Artículo 6 El Gobierno Popular Municipal incorporará el progreso de la ciencia y tecnología metrológica en el plan nacional de desarrollo económico y social, fomentará el desarrollo de la investigación en ciencia y tecnología metrológica, establecerá un sistema de trazabilidad de valores científicos, mejorará un sistema eficiente de transmisión de valores y promoverá el uso de instrumentos de medición avanzados. Capítulo 2 Uso de Unidades de Medida Artículo 7 Las unidades de medida del Sistema Internacional de Unidades y otras unidades de medida seleccionadas por el Estado serán las unidades de medida legales nacionales. Los nombres y símbolos de las unidades de medida legales nacionales se ajustarán a las reglamentaciones nacionales pertinentes. Artículo 8 Quienes se dediquen a las siguientes actividades deberán utilizar unidades de medida legales nacionales:
(1) Elaboración y distribución de documentos oficiales, comunicados e informes estadísticos;
(2) Edición y difusión de programas de radio y televisión, transmisión de Información;
(3) Producir y publicar anuncios y páginas web;
(4) Formular normas, procedimientos y otros documentos técnicos;
p>
(5) Publicación y publicación
(6) Impresión de facturas, boletos y libros de cuentas
(7) Emisión de datos de medición y prueba
;(8) Producción y venta de productos, etiquetado de los productos y preparación de instrucciones de uso del producto;
(9) Otras actividades de medición que requieren el uso de unidades de medida legales nacionales según lo estipulado por el estado. y esta ciudad. Artículo 9: La importación y exportación de bienes, la publicación de libros antiguos y literarios y demás materias que requieran el uso de unidades de medida legales no nacionales se regirán por las normas nacionales pertinentes. Capítulo 3 Supervisión y Gestión de Instrumentos de Medición Artículo 10 La Dirección Municipal de Calidad y Supervisión Técnica deberá, de acuerdo con las necesidades de la construcción económica, el desarrollo social y el progreso científico y tecnológico, formular un plan unificado para el establecimiento de instrumentos patrones de medición públicos en esta ciudad, e implementarlo después de la aprobación del Gobierno Popular Municipal. Artículo 11 Los instrumentos patrón de medición públicos se evaluarán de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.
Los instrumentos estándar de medición públicos de más alto nivel de la ciudad serán evaluados por el Departamento de Administración de Metrología del Consejo de Estado; otros niveles de instrumentos estándar de medición públicos serán evaluados por la Oficina Municipal de Supervisión Técnica y de Calidad. Sólo quienes aprueben la evaluación podrán realizar los servicios obligatorios de verificación o calibración de instrumentos de medida.
Los instrumentos patrón de medición públicos que se hayan puesto en uso después de pasar la evaluación deberán someterse a una verificación obligatoria de los instrumentos de medición de forma regular. Artículo 12 Los siguientes instrumentos estándar de medición solo se pueden utilizar después de aprobar la evaluación organizada por la Oficina Municipal de Calidad y Supervisión Técnica:
(1) Instrumentos estándar de medición utilizados por la agencia de verificación metrológica para la verificación obligatoria;
(2) Instrumentos estándar de medición utilizados por instituciones de medición y calibración para la calibración de mediciones;
(3) Las empresas de fabricación de instrumentos de medición y las empresas de fabricación de productos de embalaje cuantitativos establecen los instrumentos estándar de medición del más alto nivel de la empresa. Artículo 13 Si los instrumentos de medición utilizados en esta ciudad para liquidación comercial, protección de la seguridad, atención médica y sanitaria, vigilancia ambiental, vigilancia administrativa, evaluación judicial, etc. están incluidos en el catálogo de verificación obligatoria, se implementará la verificación obligatoria de los instrumentos de medición.
El catálogo de instrumentos de medición de trabajo sujetos a verificación obligatoria se implementará de acuerdo con la normativa nacional, de no existir normativa nacional, será determinada por la Dirección Municipal de Calidad y Supervisión Técnica en conjunto con las autoridades correspondientes; departamentos y emitidos por la Dirección Municipal de Calidad y Supervisión Técnica. Artículo 14 El diseño, desarrollo, producción y venta de nuevos productos de instrumentos de medición deberá cumplir con los requisitos de los reglamentos de verificación metrológica y las especificaciones técnicas metrológicas.
Esta ciudad fomenta la adopción de estándares internacionales y estándares técnicos avanzados nacionales y extranjeros para el desarrollo de nuevos productos de instrumentos de medición. Artículo 15 Las unidades y las personas que fabrican y reparan instrumentos de medición en esta ciudad deberán pasar la evaluación de la oficina de supervisión técnica y de calidad municipal o distrital o del condado y obtener una "Licencia para fabricar instrumentos de medición" o una "Licencia para reparar instrumentos de medición". Entre ellos, si la fabricación de instrumentos de medición importantes involucra los intereses del país y del público, la Oficina Municipal de Supervisión Técnica y Calidad emitirá una "Licencia para Fabricación de Instrumentos de Medición". El catálogo de gestión de instrumentos de medición importantes será propuesto por la Dirección Municipal de Calidad y Supervisión Técnica y se implementará previa aprobación del Gobierno Popular Municipal.
Los instrumentos de medida reparados para trabajos de medición y facturación deben pasar la verificación obligatoria de los instrumentos de medida antes de que puedan ser entregados para su uso.