Colección de citas famosas - Consulta de diccionarios - ¿Qué pasa si no firmo los documentos de detención?

¿Qué pasa si no firmo los documentos de detención?

Ya sea detención administrativa o detención penal, si la persona en cuestión se niega a firmar el documento, la policía grabará en vídeo y recopilará pruebas antes de implementar las medidas pertinentes. La falta de firma de las partes no afectará la aplicación de la ley policial ni el manejo del caso.

Disposiciones legales:

El artículo 33 del “Reglamento de Procedimientos de los Órganos de Seguridad Pública para la Atención de Casos Administrativos” deberá cumplir con las siguientes disposiciones al momento de notificar documentos judiciales:

(1) ) Si se toma una decisión de castigo en el acto de acuerdo con el procedimiento simplificado, la decisión se entregará a la persona sancionada en el acto, y la persona sancionada firmará o tomará sus huellas dactilares en el expediente. ; si el sancionado se niega, la policía popular que lleva el caso tomará la decisión en acta. Debe anotarse en el libro;

(2) Además de lo dispuesto en el primer párrafo de este; párrafo, al tomar decisiones de sanciones administrativas y otras decisiones de procesamiento administrativo, la carta de decisión se entregará a la persona que está siendo manejada en el lugar después del anuncio, y la decisión se entregará a la persona que está siendo manejada con la firma o huella digital del manejador. la carta de decisión adjunta al expediente se tendrá por notificada si el atendido se niega, la policía popular que lleva el caso lo indicará en la carta de decisión adjunta; si el atendido no está presente, el órgano de seguridad pública lo hará saber; La carta de decisión se entregará a la persona procesada dentro de los siete días siguientes a la adopción de la decisión, y la decisión de sanción por gestión de seguridad pública se entregará dentro de los dos días.

La notificación de documentos legales se entregará primero directamente a la persona a notificar; si éste se encuentra ausente, el documento podrá entregarse a su familiar mayor de edad, al responsable de su unidad o la persona en su lugar de residencia. El comité popular (de la aldea) lo recauda en nombre de los aldeanos. Si el destinatario personalmente o en nombre del destinatario se niega a aceptar el documento o se niega a firmar o tomar huellas dactilares, el destinatario podrá invitar a sus vecinos u otros testigos al lugar para explicar la situación, y también podrá dejar constancia de la negativa y dejar el documento. con el destinatario cuando se entrega el documento, el motivo de la denegación y la fecha de entrega se anotan en el documento legal adjunto, y el documento es firmado o se toman las huellas digitales por la persona que lo entregó y el testigo, y se considera que ha sido entregado. sido atendido.

Si no se puede entregar directamente, se encomendará a otros órganos de seguridad pública que lo entreguen en su nombre, o se entregará por correo.

Si aún así no se logra entregar el método de entrega antes mencionado, se podrá entregar mediante anuncio público. El alcance y el método del anuncio deben ser fáciles de conocer para los ciudadanos, y el período del anuncio no debe ser inferior a 60 días.