Medidas provisionales para que las agencias de administración de patentes medien en disputas sobre patentes
Capítulo 1 Alcance de la mediación Artículo 1 La agencia de gestión de patentes puede manejar disputas relacionadas con la infracción de patentes. Artículo 2 La autoridad de gestión de patentes podrá mediar en las siguientes disputas o disputas:
(1) Después de la concesión del derecho de patente, en relación con el anuncio de la solicitud de patente de invención o el anuncio de la solicitud de modelo de utilidad o diseño, antes de que se conceda el derecho de patente Disputas sobre tarifas por el uso de invenciones y creaciones;
(2) Disputas sobre si las invenciones y creaciones para las cuales el inventor o diseñador y su unidad afiliada solicitan patentes son invenciones de servicios y creaciones;
(3) ) Disputas sobre si el inventor o diseñador y su unidad afiliada han presentado una solicitud de patente para sus invenciones de servicios;
(4) Disputas sobre la derecho a solicitar patentes;
(5) Acerca de las disputas sobre contratos de licencia de patentes. Artículo 3: Para las disputas o controversias enumeradas en los artículos 1 y 2 de estas Medidas Provisionales, el peticionario podrá solicitar mediación al departamento superior competente o a la agencia de gestión de patentes de la región donde se encuentra ubicada la unidad.
Para disputas por infracción entre departamentos o entre regiones, si las partes solicitan que la autoridad de gestión de patentes se encargue de ello, la autoridad de gestión de patentes en el área donde ocurrió la infracción o la autoridad de gestión de patentes del departamento superior. de la unidad infractora se encargará de ello. Capítulo 2 Tramitación Artículo 4 Para solicitar a la autoridad de administración de patentes que se ocupe de una disputa, se deberá presentar una solicitud y se presentarán copias de la solicitud de acuerdo con el número de personas solicitadas.
La solicitud debe indicar los siguientes asuntos:
(1) El nombre, dirección, nombre del representante y cargo del solicitante;
(2) La persona siendo solicitado El nombre, dirección, nombre del representante y cargo del solicitante;
(3) Razones, hechos y requisitos para solicitar el procesamiento, y lista de pruebas, nombres y direcciones de los testigos;
(4) Prueba de que el peticionario posee o posee derechos de patente. Artículo 5 Después de que la autoridad de administración de patentes acepte una solicitud de procesamiento, enviará una copia de la solicitud a la parte requerida dentro de los diez días posteriores a la recepción de la copia de la solicitud, la parte requerida presentará una declaración de defensa y las pruebas pertinentes dentro de uno. mes. La falta de presentación de una defensa a tiempo o la falta de presentación de una declaración de contestación no afectará el progreso del procesamiento. Artículo 6 Al tramitar disputas, la agencia de administración de patentes realizará investigaciones y estudios, recopilará pruebas y determinará los hechos de la disputa. Al investigar y recopilar pruebas, las unidades pertinentes pueden consultar los expedientes, la información y los comprobantes originales pertinentes.
Las pruebas que involucren secretos de estado deben mantenerse confidenciales. Artículo 7 Al manejar disputas, la agencia de administración de patentes puede invitar a expertos técnicos relevantes para que ayuden según sea necesario. Artículo 8 Al tramitar disputas por infracción, la agencia de gestión de patentes tiene derecho a ordenar al infractor que detenga la infracción y compense las pérdidas. Artículo 9 Una vez que la agencia de administración de patentes haya tramitado una disputa, tomará una decisión, notificará la decisión a las partes pertinentes y presentará una copia de la decisión al tribunal popular intermedio donde esté ubicada la agencia de administración de patentes.
La resolución de trámite deberá expresar las siguientes materias:
(1) El nombre y domicilio del solicitante y de la persona requerida, así como el nombre y cargo de su representante o apoderado. ;
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(2) Motivos y requisitos de la solicitud;
(3) Hechos y motivos de la decisión de trámite;
(4 ) Contenido de la decisión de procesamiento;
(5) Carga de los costos de procesamiento.
La decisión de trámite deberá estar firmada y sellada con el sello oficial del responsable de la agencia de gestión de patentes. Artículo 10 Si la parte interesada no está satisfecha con la decisión de la agencia de gestión de patentes, deberá presentar una demanda ante el Tribunal Popular Intermedio donde se encuentra la agencia de gestión de patentes dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recepción de la decisión. presenta una demanda dentro del plazo y no ejecuta la decisión, la agencia de gestión de patentes puede solicitar al Tribunal Popular que la haga cumplir. Capítulo 3 Mediación Artículo 11 Al mediar en disputas de patentes, la agencia de gestión de patentes determinará los hechos, distinguirá el bien del mal y promoverá el entendimiento mutuo y el acuerdo entre las partes. Artículo 12 Al llevar a cabo la mediación, la agencia de administración de patentes podrá invitar a expertos técnicos pertinentes para que ayuden según sea necesario. Artículo 13: Al mediar en las disputas enumeradas en el Artículo 2(1) de estas Medidas, la autoridad de administración de patentes tiene el derecho de decidir que la unidad o el individuo pagará las tarifas apropiadas dentro de un límite de tiempo específico. Si la parte interesada no está satisfecha con la decisión de la autoridad de administración de patentes, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular. Para otras disputas o disputas enumeradas en este artículo, la mediación y el acuerdo deben ser voluntarios por ambas partes y no pueden ser forzados. El contenido del acuerdo no debe violar leyes, reglamentos administrativos, reglas y políticas, y no debe dañar los intereses del público ni los intereses de otros. Artículo 14 Si se llega a un acuerdo mediante mediación, se proporcionará una carta de mediación.
La carta de mediación deberá indicar:
(1) El nombre y dirección de las partes, el nombre y cargo del representante o agente;
(2 ) ) Los principales hechos y responsabilidades de la disputa;
(3) Contenido del acuerdo.
La carta de mediación deberá estar firmada por las partes, firmada por el responsable de la agencia de gestión de patentes y sellada con el sello oficial. Capítulo 4 Disposiciones complementarias Artículo 15 La agencia de gestión de patentes podrá cobrar honorarios discrecionales por la gestión de disputas sobre patentes. La tarifa estándar no debe exceder el 60% de la estándar para casos similares aceptados por el tribunal popular donde está ubicada la autoridad de gestión de patentes. El importe específico será determinado por cada organismo gestor de patentes. Artículo 16 Una vez concluida la mediación, la agencia de gestión de patentes realizará nuevas visitas de manera enfocada, escuchará las opiniones de las partes, verificará la efectividad de la mediación, resumirá la experiencia y mejorará continuamente la calidad de la mediación en disputas de patentes. .