Artículos de la Asociación de la Competencia de la Olimpiada Mundial de Matemáticas
Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 El nombre completo de esta asociación es Asociación de Competición de la Olimpiada Mundial de Matemáticas (el nombre completo de esta asociación es ASSOCIATION MONDIALE DU CONCOURSOLYMPIADES DES MATHEMATIQUES (A.M.C.O.M). La asociación está registrada en Francia. , número de registro W062003484.
Artículo 2 La Asociación de Competencia de la Olimpiada Mundial de Matemáticas es una organización de competencia compuesta por organizaciones voluntarias e individuos de todo el mundo que están comprometidos a cultivar el pensamiento matemático y la educación temprana de los niños para la Olimpiada de Matemáticas. >Artículo 3 El propósito de esta asociación es: servir a los niños pequeños de todo el mundo que estudian matemáticas, como las matemáticas, y aman las matemáticas; servir a las instituciones y personas de todo el mundo que están comprometidas con el cultivo del pensamiento matemático y la educación temprana de los niños; la Olimpiada de Matemáticas para servir a todas las partes del mundo Instituciones e individuos dedicados al intercambio cultural y la formación de calidad de niños y adolescentes
Capítulo 2: Misión de la Asociación
Artículo 4: Construcción; Aprendizaje, intercambio y exhibición internacional de matemáticas para niños de todo el mundo.
Artículo 5: Construir un canal para la enseñanza, el intercambio, la exhibición y la cooperación internacional para instituciones y personas de todo el mundo. mundo que participan en el cultivo del pensamiento matemático y la educación temprana de los niños para la Olimpiada de Matemáticas p>Artículo 6: Estimular el interés en el aprendizaje de las matemáticas entre los niños de todo el mundo y mejorar la amistad y el crecimiento de los niños de todo el mundo. >
Capítulo 3: Contenido del trabajo de la asociación:
Artículo 7. Seguir el principio de ciencia sin fronteras, realizar actividades regionales e internacionales de popularización de las matemáticas para niños, organizar concursos internacionales de matemáticas para niños, y publicar periódicamente libros internacionales de divulgación matemática.
Cuarto. Miembros de la Asociación Capítulo
Artículo 8: Los miembros de la Asociación se dividen en dos categorías: miembros institucionales y individuales.
Artículo 9: Para postularse para unirse a la Asociación, debe cumplir con las siguientes condiciones
El derecho a votar en la asociación. , el derecho a ser elegido y el derecho a votar; el derecho a tener prioridad en la participación en diversas actividades y reuniones organizadas por la Asociación; el derecho a obtener servicios preferenciales de la Asociación en términos de información, materiales, capacitación, consultoría, tecnología, etc.; el derecho a hacer sugerencias, criticar y supervisar; tener derecho a exigir protección cuando se lesionen derechos e intereses legítimos; unirse voluntariamente a la membresía y retirarse libremente; Artículo 12 Los miembros deberán cumplir las siguientes obligaciones:
Reconocer e implementar los estatutos de la asociación, cumplir con las regulaciones y prácticas internacionales pertinentes y las respectivas políticas y leyes nacionales, mantener la reputación y los intereses de la asociación; implementar diversas resoluciones de la asociación, completar el trabajo encomendado por la asociación; proporcionar información sobre diversas actividades de educación matemática a la asociación; guardar secretos como información y materiales que la asociación no divulga al público; Artículo 13 Los Socios que soliciten retirarse de su membresía deberán notificarlo por escrito a la Asociación. Si un miembro no participa en las actividades de la asociación durante un año, se considerará que se ha dado de baja automáticamente.
Artículo 14 Si un miembro viola gravemente los Estatutos Sociales, será removido de la membresía mediante votación de la Junta Directiva o la Junta Directiva Permanente.
Capítulo 5: Constitución y Remoción de la Estructura Organizacional y Responsables
Artículo 15: La máxima autoridad de la Asociación es el Congreso de Socios. Son funciones y atribuciones del Congreso de Socios:
Formular y reformar los estatutos; elegir y remover directores; revisar el informe de trabajo de la junta directiva, estudiar y discutir la política de trabajo de la asociación y otros asuntos importantes. Artículo 16 La Junta Directiva es el órgano ejecutivo del Congreso de Miembros, dirige la Asociación para realizar el trabajo diario durante el período entre sesiones y es responsable ante los representantes de los miembros.
Artículo 17 Son responsabilidades y atribuciones de la Junta Directiva:
Ejecutar las resoluciones del Congreso Miembro; elegir y remover al presidente, vicepresidente y secretario general; para la convocatoria del Congreso de Miembros; informar sobre el estado de sus trabajos al Congreso de Miembros; decidir sobre la admisión o remoción de miembros; decidir sobre el establecimiento de oficinas, sucursales, oficinas de representación y entidades; decidir sobre el nombramiento de secretarios generales adjuntos y directores; de cada organización; dirigir el trabajo de cada organización de la asociación; Desarrollar sistemas de gestión interna; decidir sobre otros asuntos importantes; Artículo 18 La Junta Directiva se reunirá una vez al año; en circunstancias especiales, también podrá celebrarse mediante comunicación;
Artículo 19 El presidente, vicepresidente y secretario general de la asociación deberán cumplir las siguientes condiciones:
Tener mayor influencia en el ámbito de trabajo de la asociación; , vicepresidente, la edad máxima del presidente y del secretario general no excederá los 70 años, y el secretario general pasará gradualmente a un puesto de tiempo completo y gozará de buena salud y podrá trabajar normalmente; no habrá estado sujeto a pena penal y tendrá plena capacidad para la conducta civil; Artículo 20 Si el presidente, vicepresidente y secretario general de la asociación exceden la edad máxima para el cargo, deberán ser votados por la junta directiva e informados a la autoridad de registro y gestión del supervisor de empresas para su aprobación antes de que puedan ocupar el cargo.
Artículo 21 El mandato del presidente, vicepresidente y secretario general de la asociación es de tres años.
Artículo 22 El Presidente de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
Convocar y presidir la Junta Directiva (o Junta Permanente) para inspeccionar el Congreso de Miembros, Junta Directiva ( o Junta Permanente) ) implementación de resoluciones; firma de documentos importantes relevantes en nombre de la Asociación; Artículo 23 El Secretario General de la Asociación ejercerá las siguientes facultades:
Presidir el trabajo diario de la oficina, organizar y ejecutar el plan anual de trabajo; coordinar el trabajo de las distintas sucursales, oficinas de representación y; designar al subsecretario general así como a los principales responsables de cada oficina, sucursal, agencia representativa y agencia de la entidad, someterlos a la Junta Directiva para su revisión y aprobación sobre la contratación de personal de tiempo completo; la oficina, agencia de representación y agencia de la entidad se encargan de otros asuntos diarios.
Capítulo 6 Principios de Gestión y Uso de Activos
Artículo 24 Fuentes de Fondos de la Asociación
Donaciones o actividades dentro del ámbito del negocio Ingresos otros; ingresos legales. Artículo 25 Los fondos de la asociación deben utilizarse para el ámbito empresarial y el desarrollo profesional previstos en estos estatutos y no se distribuirán entre los miembros.
Artículo 26 La Asociación establecerá un estricto sistema de gestión financiera para garantizar que la información contable sea legal, auténtica, exacta y completa.
Artículo 27 Los bienes de esta asociación no serán malversados, divididos privadamente ni malversados por ninguna unidad o individuo.
Capítulo 7 Modificaciones a los Estatutos Sociales
Artículo 28: Las modificaciones a los Estatutos Sociales de la Asociación serán aprobadas por la Junta Directiva y luego informadas al Congreso de Miembros para su revisión.
Capítulo 8 Disposiciones Complementarias
Artículo 29 Este Estatuto Social será votado y aprobado por el Congreso de Miembros.
Artículo 30 El derecho de interpretación de los presentes estatutos corresponde a la junta directiva de la asociación.
Artículo 31 El presente estatuto entrará en vigor a partir de la fecha de aprobación por la autoridad de registro y gestión de la sociedad.